- El derecho
natural. - La declaración
universal de los derechos del hombre. - La declaración
universal de los derechos del hombre y el derecho
natural - Conclusión
- Bibliografia
El tema a desarrollar en el presente trabajo es la
Declaración Universal de los Derechos del Hombre y el
Derecho
Natural, pero antes de iniciar con su estudio, analizaremos
de manera separada cada uno de estos conceptos.
Primeramente, comenzaremos con una breve introducción acerca del Derecho Natural,
pues para comprender porqué se relaciona con los Derechos
del Hombre es necesario averiguar en que consiste esta disciplina.
Así, veremos que el Derecho Natural es aquel inherente a
la persona humana,
aquel emana de la naturaleza misma
del hombre, y que por esta razón no es creado por los
órganos de Estado,
según lo sostienen los iusnaturalistas, quienes
además lo consideran anterior y superior a las leyes estatales,
las cuales lo reconocen y protegen. Es decir, que este Derecho se
encuentra formado por normas que rigen
a todos los hombres por su simple calidad de ser
humano, por su pertenencia a la raza humana.
Ahora bien, también en este trabajo se
proporciona un preámbulo acerca de la Declaración
Universal de los Derechos del Hombre, aprobada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas
el 10 de Diciembre de 1948, en Francia,
analizando someramente los treinta artículos que la
conforman.
Después de la Segunda Guerra
Mundial (1939-1945) la comunidad
internacional consideraba que era necesario un documento
reconocido en el ámbito universal para proteger al hombre,
al ser humano, en su calidad de persona; así la
Declaración Universal de los Derechos del Hombre fue
concebida precisamente para este propósito: La
protección
de los derechos de todos los hombres del planeta, sin
hacer ninguna distinción entre ellos por la raza, el
idioma, la religión,
etc.
Este documento tiene un gran prestigio a nivel mundial,
ha inspirado a muchos tratados en
materia de
Derechos
Humanos, y su principal objetivo es el
mantenimiento
de la paz y la seguridad
internacionales.
Por lo que se refiere al nexo que existe entre el
Derecho Natural y la Declaración Universal de los Derechos
del Hombre, ésta establece aquellos derechos que le deben
ser reconocidos al hombre para que alcance su respetabilidad como
persona y su desarrollo
dentro de la comunidad; y tales derechos son inherentes al
individuo, al ser humano, son superiores y anteriores a las leyes
estatales, por lo tanto los derechos humanos son los derechos
naturales del hombre, pues como se verá en este trabajo,
el Derecho Natural es el fundamento ideológico de la
Declaración Universal.
Los derechos consignados en la Declaración
Universal pertenecen a todas las personas, sin importar su
sexo, edad,
posición social, creencia religión, etc., son
inherentes a la idea de dignidad del hombre, por lo tanto no
pueden perderse ni transferirse por propia voluntad.
Y por último, en este trabajo analizaremos los
derechos que otorga la Declaración Universal, positivos y
negativos, la obligación que tiene el Estados en
relación con los mismos, y cómo se encuentran
redactados y establecidos en ese documento mundial, que a pesar
de tener cerca de 54 años de haberse aprobado
continúa siendo un ejemplo para los demás
instrumentos internacionales de la materia.
La expresión Derecho Natural hace referencia a
una corriente de pensamiento
jurídico presente por más de 25 siglos. Su idea
fundamental es la tesis de la
existencia de un Derecho anterior a cualquier norma
jurídica positiva, es decir, de origen humano, denominado
precisamente Derecho Natural.
El concepto de
Derecho Natural está unido a otros conceptos
jurídicos tales como Derechos Humanos, naturaleza humana,
valores
jurídicos, justicia y
bien común. Más que una tesis, constituye un
sistema de
pensamiento que ha sido compartido por múltiples juristas
o filósofos, incluso con planteamientos
diversos y hasta contradictorios.
Cuando se habla de Derecho Natural, se hace
alusión al derecho propio o inherente a la naturaleza
humana, que no es creado deliberadamente por un órgano
gubernamental, sino que está constituido por criterios y
principios
rectores de la conducta humana,
que los partidarios de esta corriente consideran como eternos e
inmutables; además no está representado por un
conjunto unitario y sistemático de normas, que exista en
algún lugar concreto y
cuya validez todos reconozcan. "Se formula en postulados ideales,
absolutos y universales, que tienen la pretensión de ser
intrínsecamente válidos, o sea que valen por
sí mismos. Para los iusnaturalistas es un derecho modelo, que
busca la auténtica justicia".
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