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Régimen comercial: El mercantilismo




Enviado por leo



    Introducción

    Nos hemos propuesto con este trabajo investigar y
    profundizar conocimientos sobre el "mercantilismo". Este régimen
    económico imperó durante los siglos XVI y XVII en
    Europa y fue
    aplicado, por consiguiente, en América.

    Nuestro estudio tiene como fin último el llegar a
    estudiar y, por sobre todo, comprender un término que es
    de uso corriente en estos días: "globalización". Para ello, tendremos que
    analizar los principales regímenes económicos que
    se sucedieron antes de nuestros días.

    Por lo expuesto anteriormente queda claro que el estudio
    del mercantilismo
    y las reformas borbónicas no son un fin en sí
    mismos sino, más bien, un paso hacia la comprensión
    de un tema de mayor actualidad y trascendencia.

    Estructura.

    Introducción.

    Estructura. *

    Tratados de Utrecht *

    Mercantilismo

    Definición

    Implementación

    El Monopolio
    Mercantilista

    El contrabando

    Corsarios y piratas

    LAS REFORMAS BORBONICAS.

    Los Nuevos Organismos de Gobierno.

    La Reorganización Administrativa.

    La Real Ordenanza de Intendentes (1782).

    Organización Económica de América
    durante el siglo XVIII

    La nueva Orientación
    Económica.

    El Reglamento de Comercio
    Libre de 1778.

    Las Reformas Económicas y la Real
    Hacienda.

    EL VIRREINATO DEL RIO DE LA PLATA.

    Creación de nuestro Virreinato
    (1777).

    Organización Política y
    Administrativa del Virreinato.

    La Creación de la Real Audiencia de Buenos
    Aires.

    La Organización Militar.

    Las Milicias.

    Conclusión Final.

    Indice y Tablas.

    Bibliografía.

    Tratados de Utrecht

    Los Tratados de
    Utrecht son un conjunto de acuerdos a los que llegaron los
    países europeos después de la guerra de
    Sucesión española (1701-1714), y que fueron
    firmados desde 1713 hasta 1715.

    En 1705 las potencias en litigio dieron muestras de
    agotamiento e iniciaron contactos que llevaron definitivamente a
    la paz, a partir del ascenso del archiduque Carlos al trono
    imperial como Carlos VI, en abril de 1711, y el consiguiente
    cambio de
    actitud de la
    diplomacia inglesa. Los Preliminares de Londres (octubre de 1711)
    plantearon las líneas maestras de los futuros tratados. La
    Convención de Fontainebleau (agosto de 1712) propuso un
    armisticio general; los contendientes, excluida Austria, se
    dispusieron entonces para la paz definitiva, que implicaba el
    reconocimiento de Felipe V como rey de España.

    El 11 de abril de 1713, Francia
    firmó en Utrecht una serie de convenios con Gran
    Bretaña, Portugal, las Provincias Unidas, Saboya y Prusia.
    España
    lo hizo en los meses siguientes, también de manera
    bilateral. Austria continuó la guerra; el
    agotamiento económico y militar le obligó a zanjar
    su contienda con los Borbones el 6 de marzo de 1714, en
    Rastadt.

    Utrecht planteó un nuevo orden europeo regido por
    la 'balanza de poderes', un sistema de
    contraposición de fuerzas antagónicas, destinado a
    asegurar la paz mediante el equilibrio
    militar. El conjunto de pactos, concluidos según principios de
    inspiración inglesa, va a traducirse en la
    hegemonía de Gran Bretaña. El hecho real de esta
    hegemonía es más claro en las líneas
    generales que en las numerosísimas cláusulas de los
    acuerdos, que constituyen su fundamento jurídico
    internacional.

    Principales
    Artículos y
    Tratados.

    Tratado

    Artículos

    Disposiciones

    De Utrecht

    Paz entre Inglaterra y Francia

     

    Promesa de Felipe V de no entrometerse en los
    problemas de la sucesión
    inglesa.

     

    Libertad de comercio
    a los súbditos de ambas colonias. No se puede dar
    licencia a otros países de navegar, comerciar e
    introducir negros y mercaderías en las colonias
    españolas.

     

    12º

    Libre introducción de negros para Inglaterra por 30 años, en igualdad
    de condiciones que los franceses lo
    hacían.

     

    15º

    Inglaterra permite a España pescar en Terranova

     

    17º

    Si algún súbdito comete algo
    indebido no quebranta la paz.(Esto es por los corsarios y
    piratas).

    De Madrid

    4º al 7º

    Libertad de comercio
    en los dominios españoles para los ingleses, sin
    registro ni
    control.
    Las mercancías no pagan impuestos.

    Libre navegación inglesa en colonias
    americanas.

    Libre transporte de mercaderías entre
    colonias españolas.

    Asiento Negrero

     

    Se funda la campaña de introducción
    de negros llamada Asiento, en el cual podían
    introducir 100.000 negros por año.

    Entrada de un navío de 300 toneladas para
    poder
    vender en América.

    Este tratado logra consolidar el vínculo
    entre España e Inglaterra y excluye a Francia
    del comercio
    de ultramar.

    Mediante estos tratados Inglaterra se
    aseguró la renuncia de Felipe V al derecho de la corona
    francesa.

    Mercantilismo.

    Definición.

    El Mercantilismo
    es una doctrina de pensamiento
    económico que prevaleció en Europa durante
    los siglos XVI, XVII y XVIII y promulgaba que el Estado debe
    ejercer un férreo control sobre la
    industria y el
    comercio para
    aumentar el poder de la
    nación al lograr que las exportaciones
    superen el valor de las
    importaciones. El
    mercantilismo
    no era en realidad una doctrina formal y consistente, sino un
    conjunto de firmes creencias, entre las que cabe destacar la idea
    de que era preferible exportar a terceros que importar bienes o
    comerciar dentro del propio país; la convicción de
    que la riqueza de una nación depende sobre todo de la
    acumulación de oro y plata; y el supuesto de que la
    intervención pública de la economía es
    justificada si está dirigida a lograr los objetivos
    anteriores. Los planteamientos mercantilistas sobre política
    económica se fueron desarrollando con la
    aparición de modernas naciones Estado; se
    había intentado suprimir las barreras internas al comercio
    establecidas en la edad media,
    que permitían cobrar tributo a los bienes con la
    imposición de aranceles o
    tarifas en cada ciudad o cada río que atravesaban. Se
    fomentó el crecimiento de las industrias porque
    permitían a los gobiernos obtener ingresos mediante
    el cobro de impuestos que a
    su vez le permitían costear los gastos militares.
    Asimismo la explotación de las colonias era un método
    considerado legítimo para obtener metales preciosos y materias
    primas para sus industrias.

    El
    mercantilismo
    tuvo gran éxito al estimular el crecimiento de la industria,
    pero también provocó fuertes reacciones en contra
    de sus postulados. La utilización de las colonias como
    proveedoras de recursos y su
    exclusión de los circuitos
    comerciales dieron lugar, entre otras razones, a acontecimientos
    como la guerra de la
    independencia
    estadounidense, porque los colonos pretendían obtener con
    libertad su
    propio bienestar económico. Al mismo tiempo, las
    industrias
    europeas que se habían desarrollado con el sistema
    mercantilista crecieron lo suficiente como para poder
    funcionar sin la protección del Estado. Poco a
    poco se fue desarrollando la doctrina del librecambio. Los
    economistas afirmaban que la reglamentación gubernamental
    sólo se podía justificar si estaba encaminada a
    asegurar el libre mercado, ya que
    la riqueza nacional era la suma de todas las riquezas
    individuales y el bienestar de todos se podía alcanzar con
    más facilidad si los individuos podían buscar su
    propio beneficio sin limitaciones. Este nuevo planteamiento se
    reflejaba sobre todo en el libro "La
    riqueza de las naciones" (1776) del economista escocés
    Adam
    Smith.

    El sistema de
    librecambio, que prevaleció durante el siglo XIX,
    empezó a perder fuerza a
    principio del siglo XX, al replantearse los elementos
    filosóficos del mercantilismo que originaron el
    neomercantilismo. Se volvieron a imponer fuertes aranceles a la
    importación, por razones políticas
    y estratégicas y se fomentó la autarquía
    económica como sistema
    contrapuesto a la interdependencia comercial de los
    países. Esta tendencia volvió a cambiar de signo
    más tarde, pero fue asociada con el nacionalismo y
    la competencia
    estratégica que provocaron, entre otras causas, la I
    Guerra
    Mundial, demostrando de esta forma que el mercantilismo
    tenía una fuerte base política.

    Implementación.

    Las flotas y los
    galeones.

    En los
    primeros tiempos se organizaban expediciones sueltas que enviaba
    cada armador o comerciante; pero el contrabando y los piratas
    obligaron a las autoridades a formar flotas compuestas por
    varias naves artilladas que navegaban juntas. A partir de 1573
    este sistema de
    "flotas y galeones" se volvió obligatorio y oficial y todo
    navío debía ir o regresar de México
    formando parte de la flota bajo pena de severas
    sanciones.

    Cada año se equipaban en Sevilla dos flotas: una
    con destino a Veracruz (México),
    denominada flota de "Nueva España" y la otra a Portobelo (Panamá),
    llamada de "Tierra
    Firme"
    de la que se desvinculaban algunas naves para
    Cartagena y Caracas: una Quinada Real les servía de
    protección.

    La flota de Tierra Firme marchaban directamente
    de España a Santo Domingo, licenciaba allí los
    barcos que se dirigían a Río de Hacha. Venezuela,
    Margarita, etc. Y seguía con los demás hasta
    Cartagena y Santa Marta.

    De allí, al cabo de un mes, se dirigían a
    Portobelo, desde donde los productos eran
    transportados por tierra hasta
    Panamá,
    y de allí embarcados para el Callao, donde se separaban
    los destinados a
    Chile. Los que debían ser enviados al
    Alto Perú, eran transportados a lomo de mula, o en
    carretas, hasta Potosí.

    Los comerciantes del Río de la Plata iban a
    proveerse a Potosí, pasando por Jujuy, Salta y
    Córdoba. Los productos
    llegan así a Buenos Aires
    después de larga peregrinación, muy recargados
    sobre su valor
    primitivo.

    Poco tiempo
    después de la llegada de los galeones, los comerciantes de
    la América
    del Sur llevaban sus productos a
    Portobelo, para ser cambiados allí por los
    artículos manufacturados. En este último puerto la
    flota esperaba las mercaderías, que a lomo de mula
    atravesaban el istmo de Panamá,
    punto en donde la Armada del Mar del Sur había
    dejado los productos
    recogidos en Valparaíso, Callao y Guayaquil.

    Portobelo era, pues, el emporio del comercio
    sudamericano. Ambos convoyes cargados con esmeraldas de Nueva
    Granada, perlas de Margarita, tabaco, cacao,
    etc. de Venezuela,
    minerales de
    Nicaragua, metales preciosos del
    Perú y de Méjico y sus respectivas flotas
    defensoras, volvían a Cádiz.

    El cargamento de los buques se efectuaba en
    España, por comerciantes de Sevilla y Cádiz, con la
    intervención de la Casa de Contratación, la
    que indicaba qué artículos y qué cantidad
    debían embarcarse; los productos que
    de retorno debían llevar y las escalas que tenían
    que hacer.

    Las
    Ferias

    En Portobelo, Panamá y
    Potosí se efectuaban ferias anuales que duraban de
    30 a 40 días y allí se llevaban los productos de
    las minas, la vainilla, el palo de campeche, quinina, cueros,
    sebos y cereales para cambiarlos por productos procedentes de
    España.

    El Monopolio
    Mercantilista.

    A menudo se ha llamado a este sistema monopolio
    comercial
    , desvinculándolo totalmente de las teorías
    económicas vigentes y juzgándolo desde puntos de
    vista parciales o deficientes.

    Fue monopolio en el sentido de que España
    era el único vendedor y el único comprador,
    según lo pedían las doctrinas estatistas de los
    teóricos del mercantilismo.

    Contra ese único comprador y vendedor
    protestaban los países con mercantilismo de flotas y
    fletes, como Inglaterra y
    Holanda. Pero Inglaterra era también cerradamente
    monopolista, ya que según el Acta de
    Navegación de Cromwell, todo el comercio vino a quedar en
    manos de los ingleses y en barcos de esa nacionalidad.

    El mercantilismo inglés
    y el francés dieron excelentes resultados en sus
    respectivos países.

    Para
    España.

    Ventajas: el sistema le
    permitió un efectivo contralor del comercio con los reinos
    de Indias, gracias al sistema de flotas y al régimen de
    puerto único.

    Inconvenientes: aguzó el ingenio y
    la apetencia de los contrabandistas, no sólo ingleses y
    holandeses, sino también españoles. Incluso las
    autoridades se mezclaron con el contrabando, que resultó
    siempre un magnífico negocio en perjuicio de la
    Corona.

    Para
    América

    Inconvenientes:
    restringió mucho el comercio, encareció
    enormemente los precios y
    fomentó el descontento.

    Ventajas: Tales restricciones involucraron
    una ventaja no bien apreciada. La necesidad avivó
    el ingenio de los americanos: como las mercaderías eran
    costosas, estos prefirieron elaborarlas en el
    país.

    De ese modo, las ciudades del Interior hicieron surgir
    una abundante industria
    manufacturada.

    En ese sentido, el monopolio
    encarecedor fue la mejor incentivación y la mejor defensa
    de los telares, obrajes, ingenios, talleres, molinos y
    viñedos, crecidos a la sombra de la necesidad.

    El
    contrabando.

    El régimen español de los siglos XVI y
    XVII y la prohibición impuesta a los extranjeros de
    comerciar con las posesiones americanas, trajeron como
    consecuencia el contrabando o comercio clandestino que no
    pagaba derechos
    aduaneros, violaba y defraudaba al fisco.

    Los ingleses, portugueses y holandeses
    introducían toda clase de géneros; aun los mismos
    concesionarios de las flotas entregándose con descaro al
    contrabando.

    Por razones políticas
    España permitió que Francia
    pudiera comercializar con el Perú, permiso aprovechado por
    los franceses para introducir en Lima toda clase de
    mercaderías.

    En el Río de la Plata, muchas veces las
    embarcaciones procedentes de Sevilla se detenían en el
    Brasil, para
    cargar allí los géneros e introducirlos luego en
    Buenos
    Aires.

    Otras veces las naves penetraban en el estuario del
    Río de la Plata y pasaban a los barcos españoles su
    cargamento, en retorno de los frutos del país que
    éstos cargaban clandestinamente.

    La Colonia del Sacramento y Las Antillas, fueron los dos
    focos principales del contrabando con Hispanoamérica.
    Estas posesiones españolas fueron utilizadas por
    Inglaterra, Francia,
    Holanda y Portugal para arruinar el comercio de
    España.

    A efectos de cortar todos estos abusos del contrabando,
    los comerciantes de Cádiz fueron autorizados para enviar
    buques de registro
    sueltos
    con lo que se suprimió el sistema de galeones.
    Esta medida fue utilísima para el Río de la Plata
    que pudo obtener los artículos europeos en más
    abundancia y menor precio.

    Corsarios y piratas.

    Los corsarios y piratas, generalmente ingleses,
    franceses y holandeses, se organizaron para atacar las flotas
    españolas y apoderarse de las riquezas y
    mercaderías que transportaban.

    Los corsarios actuaban cuando su país
    mantenía guerra con
    España. El botín capturado se repartía
    correspondiendo una parte al Estado. Sus
    actividades cesaban al declararse la paz.

    Los piratas operaban en todo tiempo, por
    cuenta y riesgo propio y
    se distribuían entre sí el producto. Su
    centro estaba en la isla Tortugas, al norte de Haití,
    desde donde se enseñorearon durante los siglos XVII y
    XVIII del mar de las Antillas.

    LAS REFORMAS BORBONICAS.

    Los
    Nuevos Organismos de
    Gobierno.

    La tendencia a la centralización política y
    administrativa se manifestó claramente durante el siglo
    XVI bajo Carlos I y Felipe II; pero estos monarcas
    consideraban que el "oficio de rey" debía respetar el
    derecho y los fueros.

    La monarquía francesa suponía que el rey
    estaba sobre el derecho en virtud de su origen divino, lo
    que dio lugar a un absolutismo
    doctrinario cuya consecuencia inmediata fue la supresión
    de los organismos consultivos intermedios, que fueron
    reemplazados por secretarias o ministerios.

    El siglo XVIII marcó la rápida
    declinación
    de las tradicionales instituciones
    americanas y del propio Consejo de Indias. Los Cabildos perdieron
    buena parte de las prerrogativas.

    La Secretaría
    del Despacho Universal de Indias.

    Se manifestó principalmente a través de la
    creación de las "Secretarías" o "Ministerios", que
    reemplazaron poco a poco a los Consejos.

    En 1714, Felipe V, organizó la
    Secretaría del Despacho Universal de Marina e Indias, que
    tenía autoridad
    sobre todos los asuntos americanos. Posteriormente se crearon
    nuevas Secretarías, como la de Gracia y Justicia,
    Hacienda, guerra,
    Comercio y Navegación, etc.

    El Real y Supremo Consejo de Indias perdió
    casi todas sus atribuciones, éstas pasaron a las
    Secretarías y a los funcionarios
    metropolitanos.

    Muchos de estos funcionarios fueron mal vistos en
    Indias.

    La
    Reorganización Administrativa.

    La división de América
    en virreinatos, capitanías generales y gobernaciones
    implantada a mediados del siglo XVI se mantuvo casi sin
    alteraciones hasta el siglo XVIII.

    Con todo razón, los Borbones resolvieron
    implantar un nuevo esquema administrativo que respondiera
    a la realidad de este siglo y tambien a los problemas
    internacionales derivados de la política
    expansionista asumida por Inglaterra a partir del tratado de
    Utrecht.

    El Virreinato de
    Nueva Granada (1739).

    En
    1717 Felipe V creó el Virreinato de Nueva Granada,
    con capital en la
    ciudad de Santa Fe de Bogotá y quedó
    establecido definitivamente en el año 1739.
    Comprendía Colombia,
    Panamá,
    Ecuador y parte
    del Perú. Más tarde se creó la Presidencia
    de Quito con una administración independiente.

    La Capitanía
    General de
    Venezuela
    (1773).

    En 1773, Carlos III creó la
    Capitanía de Venezuela,
    designando a la ciudad de Caracas como sede de gobierno del
    Capitán General. Quince años más tarde se
    constituyó la Real Audiencia y posteriormente se
    nombró un arzobispo.

    El Virreinato del
    Río de la Plata (1777).

    Motivos militares movieron a Carlos III a nombrar
    a don Pedro de Cevallos Virrey del Río de la Plata
    en 1776. Al año siguiente fue constituído
    oficialmente el Virreinato del Río de la
    Plata.

    La Capitanía
    General de
    Chile
    (1778).

    Carlos III transformó a
    Chile, que era
    una Gobernación, en Capitanía General (1778). El
    corregimiento de Cuyo dada su ubicación geográfica
    al este de los Andes, fue incorporado al virreinato del
    Río de la Plata.

    La Real
    Ordenanza de Intendentes (1782).

    Los Borbones implantaron en América el
    título de Intendente que no pertenecía a la
    administración política
    española sino que era una creación francesa
    ideada mucho años antes por el cardenal de
    Richelieu.

    Esa creación está ligada al gobierno
    absolutista e indica un claro proceso de
    centralización, que era precisamente la meta que se
    proponía Carlos III.

    La Real Ordenanza promulgada en 1782, dio a los
    Intendentes importantes atribuciones en las cuatro ramas del
    gobierno:
    policía, justicia,
    hacienda y guerra.

    1. Policía: por función de
      Policía debe entenderse muchas de las actuales funciones del
      Poder
      Ejecutivo, singularmente aquellas que están
      relacionadas con la industria,
      el comercio, las obras públicas, etc. El
      gobernador-intendente intervenía en el levantamiento de
      planos, en la edificación, construcción de carreteras, acequias,
      puentes; el control de
      la moneda, de las pesas y medidas; en el castigo de vagabundos;
      en el fomento y explotación de la ganadería y de
      la agricultura.
    2. Justicia: el intendente
      podía reveer la sentencia de los alcaldes de primer y
      segundo voto. De su sentencia cabía apelación
      ante la audiencia correspondiente.
    3. Hacienda: su función era: recaudar las
      rentas y tributos. La
      creación de los intendentes se debió
      fundamentalmente al deseo de asegurar un eficaz manejo de los
      derechos de
      rentas reales.
    4. Guerra: el intendente no tenía mando
      directo de tropas, pero podía administrar los fondos de
      las fuerzas armadas de su jurisdicción, como todo lo
      referente al alojamiento, pago de sueldos y aprovisionamiento
      de los soldados.

    Organización Económica de
    América durante el siglo XVIII

    La
    nueva Orientación
    Económica.

    Durante el siglo XVIII, nuevas teorías
    económicas reemplazan al Mercantilismo. Nace la
    FISIOCRACIA. Los Borbones españoles adhirieron a este
    movimiento de
    inspiración francesa, que tenía dos principios:

    1. La riqueza de un país se basa en la
      explotación racional de la
      tierra.
    2. El Estado
      debía intervenir lo menos posible en lo
      económico, dejando libre juego a las
      leyes de la
      naturaleza.

    Después de una gira por Europa, efectuada
    por encargo de Fernando VI, el irlandés Bernardo
    Ward
    publicó su famosa obra "Proyecto
    Económico"
    , en la que aconsejaba la adopción
    de medidas liberales en el orden industrial y
    comercial.

    Poco a poco se fue operando la evolución. Los reyes comprendieron la
    necesidad de fomentar la agricultura y
    el comercio local, suprimiendo las medidas restrictivas que
    dificultaban el intercambio de las mismas.

    Ante el peligro de que resultare comercialmente
    eliminada a España, Felipe V firmó, en 1720,
    un "Proyecto para los
    galeones y flotas del Perú y Nueva España y para
    navíos de registro y
    avisos, que navegaren a ambos reinos".

    Al no obtenerse los beneficios esperados, el sistema de
    flotas fue suprimido en 1740.

    Se adoptó entonces el sistema de los buques de
    registro,

    con destino a cualquier puerto americano.

    Una Real Cédula dada el 16 de Octubre de 1765
    puso fin al régimen de puerto único,
    disponiendo que Cádiz, Sevilla, Alicante, Málaga,
    Cartagena, Barcelona, Santander, La Coruña y Gijón
    podrían comerciar con los de La Habana, Santo Domingo,
    Puerto Rico,
    Margarita y Trinidad.

    El
    Reglamento de Comercio Libre de 1778.

    Debe tenerse presente que el tan comentado
    régimen de "flotas y galeones" nunca fue aplicado
    rígidamente, porque a menudo los monarcas concedieron
    permisos aislados o temporarios al margen de dicho sistema.
    Merced a estas franquicias,
    el Río de la Plata tuvo frecuentes relaciones comerciales
    directas con España. Por Buenos Aires
    entraban mercaderías que eran luego vendidas en el
    interior, como no se hacía diferencia entre las llegadas
    legalmente y las introducidas de contrabando, se
    estableció, como un intento de contralor, la Aduana Seca de
    Córdoba
    en 1622.

    De
    acuerdo con las nuevas concepciones económicas, don
    Carlos III promulgó en 1778 un "Reglamento para el
    comercio Libre de España e Indias" el cual tenía 55
    artículos, entre los cuales se establecía lo
    siguiente:

    • Trece puertos españoles, además de los
      de Mallorca y Canarias, podrían comercializar en
      adelante con América (art. 4º).
    • Veinticuatro puerto americanos – entre ellos Buenos Aires-
      podrían comercializar con los de la Península
      (art. 5º).
    • En los puertos mayores, los productos
      españoles pagaban un impuesto correspondiente al
      3% de su valor; los
      productos extranjeros un 7% (arts. 16º y
      17º).
    • Ciertos productos españoles fueron
      eximidos de impuestos, con
      el objeto de que su precio les
      permitiera competir con los extranjeros (art.
      22º)

    Comercio de
    Esclavos.

    A principios del
    siglo XVIII, por el tratado de Utrecht, Inglaterra obtuvo se le
    reconociera el privilegio del comercio negrero en las Indias por
    espacio de 30 años. A partir del 24 de noviembre de 1791
    quedó establecida la libre internación de negros,
    permitiéndose la introducción de instrumentos de
    labranza y la entrada de extranjeros en los puertos para esta
    clase de comercio.

    Comercio con colonias
    extranjeras.

    En el mismo sentido que las disposiciones del comercio
    libre, pocos años después la Real Orden del 4 de
    marzo de 1795 autorizó el comercio con las Colonias
    extranjeras bajo las siguientes condiciones:

    • Podían conducirse de Buenos Aires a las
      Colonias extranjeras los frutos y producciones que no fueran de
      retorno para España;
    • No podían introducirse géneros y
      efectos similares a los producidos en España, pero
      sí negros, azúcar, café y
      algodón;
    • Su introducción no sufría
      gravámenes impositivos.

    Las
    Reformas Económicas y la Real
    Hacienda.

    Las radicales innovaciones establecidas en el orden
    comercial exigieron una renovación del
    régimen de la Real Hacienda. Los nuevos organismos
    administrativos fueron establecidos sucesivamente:

    • El Tribunal de Cuentas o
      Contaduría Mayor,
      que llevaba la contabilidad
      de las entradas y salidas de fondos, fue establecido en Buenos
      Aires en 1767.
    • La Superintendencia General de la Real
      Hacienda,
      la más alta autoridad en
      cuestiones de finanzas,
      establecida en 1778; diez años después fue
      suprimida, pasando sus atribuciones al virrey.
    • La Junta de la Real Hacienda fue erigida en
      1784 y fiscalizaba la gestión financiera de la Intendencia y de
      los Cabildos.

    Las Aduanas y los
    Resguardos.

    Para percibir el almojarifazgo y otros impuestos
    funcionaban en los puertos las aduanas; también
    solía haberlas en el interior, recibiendo entonces el
    nombre de Aduana Seca. Integraban estas administraciones
    financieras, además del administrador
    general, un vista, un alcaide, un contador, varios oficiales de
    contaduría, etc. funcionarios todos nombrados por la
    Metrópoli.

    • El 7 de febrero de 1622, a pedido de los comerciantes
      limeños, se fundó en Córdoba una
      Aduana seca que
      recargaba con un 50% los géneros introducidos en el
      interior desde Buenos Aires.
    • Para evitar eficazmente el contrabando, se
      creó en 1779 el Resguardo, especie de
      Gendarmería Nacional, cuerpo formado por oficiales y
      tropa, encargado de fiscalizar las riberas y salidas
      terrestres.

    El Progreso de Buenos
    Aires.

    Las medidas económicas adoptadas por los
    Borbones, tendientes todas a dar mayor fluidez al
    comercio, transformaron totalmente a Buenos Aires.

    La ciudad comenzó a crecer con la pujanza propia
    de un puerto que centralizaba todo el comercio del virreinato
    como un intermediario insustituible.

    Es necesario tener en cuenta que toda medida favorable a
    la libertad de
    comercio, generalmente alabada sin serio análisis, contribuyó siempre a
    aumentar las ganancias de los comerciantes intermediarios del
    puerto.

    Sin embargo, la crítica serena ha demostrado que
    estas medidas, cuando más favorecían a Buenos
    Aires, tanto más perjudicaban al interior del
    país.

    En efecto, las mercaderías del exterior
    comenzaron a inundar el virreinato, con grave perjuicio de las
    que se fabricaban en él.

    EL VIRREINATO DEL RIO DE LA
    PLATA.

    Creación de nuestro Virreinato
    (1777).

    La
    organización política y
    administrativa dada por Carlos I y Felipe II a
    América apenas varió durante dos siglos.
    Prácticamente todo se concentraba en torno de
    México y de Lima.

    Las nuevas teorías
    acerca del Estado, las
    concepciones del Despotismo Ilustrado, las necesidades
    estratégicas y las doctrinas económicas en boga,
    hicieron que se produjeran notables modificaciones en
    la
    organización política y administrativa de
    América durante el siglo XVIII.

    En 1776, don Carlos III, movido por las urgencias
    de las necesidades estratégicas, nombró Virrey del
    Río de la Plata a don Pedro de Cevallos.

    Con todo, es necesario notar que la idea de crear un
    virreinato que abarcara estas regiones no era nueva, sino
    conocida, discutida y aprobada desde tiempo
    atrás. Pero el carácter militar del nuevo
    virreinato queda claramente marcado si se tiene en cuenta que el
    primer virrey no vino precisamente acompañado de
    jurisconsultos y magistrados, sino con 9000 soldados que fueron
    prontamente empleados de los menesteres de la guerra.

    Extensión del
    Virreinato.

    El Virreinato del Río de la Plata abarcaba desde
    los 15º de latitud hasta el extremo sur del continente y
    encerraba dentro de sus límites a las actuales
    repúblicas de Argentina,
    Uruguay,
    Paraguay y
    Bolivia,

    así como una parte del Brasil y de
    Chile.

    La incorporación del Alto Perú se
    debió a la necesidad de dar al Río de la Plata una
    mayor solvencia económica basada en las minas de
    aquella región,
    lo que no dejó de provocar
    amargos resentimientos en Lima.

    Las Instrucciones del
    Virrey Ceballos.

    En noviembre de 1776, Cevallos partió desde el
    puerto de Cádiz, provisto de instrucciones que lo
    autorizaban a recuperar los territorios de la Corona
    Española usurpados por los lusitanos. Aunque se dejaba a
    su criterio el plan que
    debía seguir, se le especificaba la reconquista de
    Río Grande, de la isla de Santa Catalina y de la Colonia
    del Sacramento.

    Carlos III iniciaba así una firme
    política exterior respecto de estas tierras, realmente
    opuesta a la que había guiado la mano que había
    firmado el Tratado de Permuta en 1750.

    Organización Política y
    Administrativa del Virreinato.

    Al aplicarse la Real Ordenanza de Intendentes en 1782
    – reajustada en 1788 – el Virreinato del Río
    de la Plata adquirió la constitución política y
    administrativa que había de conservar hasta
    1810.

    Todo el territorio quedó dividido en ocho
    intendencias y en cuatro gobernaciones militares
    subordinadas.

    1. Intendencia de Buenos Aires: comprendía
      las actuales provincias de Buenos Aires, La Pampa, toda la
      Patagonia,
      las de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Formosa y parte
      del Chaco.
    2. Intendencia de Córdoba del
      Tucumán,
      formada por las provincias de
      Córdoba, La Rioja, San Luis, Mendoza y San
      Juan.
    3. Intendencia de Salta del Tucumán, que
      abarcaba Santiago del Estero, Tucumán, Catamarca, Salta
      y Jujuy.
    4. Intendencia del Paraguay,
      que comprendía el territorio de la antigua
      gobernación del mismo nombre.
    5. Intendencia de Potosí, que abarcaba el
      sur del Alto Perú y tenía salida hacia el
      Pacífico.
    6. Intendencia de Cochabamba, en el centro del
      Alto Perú.
    7. Intendencia de La Paz, entre el Titicaca y el
      macizo andino.

      Los Cuatro
      Gobiernos Fronterizos.

      La Real Ordenanza de Intendentes de 1782,
      además de sus intendencias autónomas
      creó, en lasa zonas fronterizas con el Brasil,
      Gobernaciones político-militares subordinadas
      al gobierno central.

    8. Presidencia de Charcas, era la más
      pequeña de todas y su autoridad
      superior llevaba el título de Presidente, por serlo de
      la Audiencia que allí había.
    9. Gobierno Militar de Montevideo,
      comprendía un territorio que rodeaba la ciudad y plaza
      fuerte del mismo nombre.
    10. Gobierno Militar de las Misiones,
      comprendía una buena franja al norte y sur de nuestra
      actual provincia de Misiones y una treintena de
      pueblos.
    11. Gobierno Militar de Moxos, al norte de la
      Intendencia de Cochabamba.
    12. Gobierno Militar de Chiquitos,
      comprendía aproximadamente el Chaco
      paraguayo-boliviano.

    Estos gobiernos estaban subordinados directamente
    a la autoridad
    central, que los proveía de los recursos
    militares necesarios dada su condición de
    fronterizos.

    La
    Creación de la Real Audiencia de Buenos
    Aires.

    Buenos Aires había tenido una Real
    Audiencia
    entre los años 1661 y 1671. Tuvo una
    existencia breve "por falta de trabajo".

    Salvo ese lapso de diez años, todo asunto
    concerniente a la Real Audiencia era dirigido al de
    Charcas.

    En cuanto se creó el virreinato se
    consideró de absoluta necesidad la erección de una
    Audiencia en Buenos Aires.

    Los informes de
    Cevallos decidieron al Rey establecer en Buenos Aires una Real
    Audiencia, con cuatro oidores presididos por el virrey (1783). Se
    le asignó jurisdicción sobre las intendencias de
    Buenos Aires, Córdoba del Tucumán, Salta del
    Tucumán y Paraguay.

    La
    Organización
    Militar.

    La defensa militar, tanto terrestre como
    marítima, del inmenso territorio americano, estuvo a
    cargo, en un comienzo, de una Junta de Guerra,
    función que pasó más tarde a los respectivos
    Ministerios de Guerra y Marina, creado por los
    Borbones.

    En un principio, la seguridad se
    limitó a las ciudades y sus alrededores, así como a
    lo largo de algunas costas; más tarde se establecieron
    "líneas de fronteras" mediante el emplazamiento de
    fortines que delimitaban el dominio
    español del indígena.

    Estas guarniciones permanentes eran defendidas por
    cuerpos de caballería – blandengues –armados
    de lanza y carabina.

    La defensa territorial americana estaba confiada
    a los cuerpos de veteranos o de línea procedentes
    de España, así como también a las milicias
    locales.

    En las ciudades principales había un comandante
    de armas y otras
    autoridades militares de menor categoría.

    La defensa marítima la realizaban flotas
    de pesados galeones. Tres grandes armadas zarpaban de la
    Península y escoltaban a los buques mercantes que
    venían a América hispánica: la del Mar del
    Norte, la del Mar del Sur y la de Barlovento, que patrullaba las
    cercanías de las islas de las Antillas y protegía
    la flota que surcaba los mares de las regiones.

    Existían además, en los principales
    puertos americanos, flotillas locales, encargadas de
    patrullar las costas circunvecinas.

    Las
    Milicias.

    A mediados del siglo XVIII se organizaron importantes
    contingentes de milicias que reemplazaron las fuerzas
    improvisadas que combatían contra la indiada.

    Las milicias sufrieron profundas reformas en 1801 con la
    sanción del "Reglamento para milicias disciplinadas de
    Infantería y Caballería del Virreinato de Buenos
    Aires". Por él se establecía el número de
    batallones de milicias, la obligación de anotarse todos
    los varones entre los 15 y 45 años para elegir entre ellos
    los que formarían los cuerpos, los exentos de prestar este
    servicio, las
    concentraciones, las prácticas que realizarían las
    tropas, la provisión de vestuario, la designación
    de jefes y oficiales y el goce del fuero militar.

    Estas milicias auxiliadas por los cuerpos de
    línea tuvieron ocasión de demostrar su
    valentía y su eficiencia en
    ocasión de las invasiones inglesas.

    Conclusión Final.

    Tras un arduo y exhaustivo trabajo de investigación hemos llegado a algunas
    conclusiones que nos permiten observar las características más destacadas del
    sistema económico que imperó entre los siglos XV y
    XVIII.

    En efecto, El MERCANTILISMO fue un conjunto de
    ideas económicas o más especificamente
    político-económicas. Tendía al
    fortalecimiento de los nuevos estados nacionales de Europa, mediante
    la creciente intervención gubernamental en la economía y el
    exagerado nacionalismo
    en las relaciones entre los distintos países.

    El Mercantilismo no es un sistema
    homogéneo, pues presenta muchas variantes según los
    países en que imperó y a través de los tres
    siglos en que tuvo vigencia. Con todo, pueden señalarse
    algunos rasgos característicos:

    1. Importancia preponderantes dada a los metales
      preciosos que el Estado
      debía procurar acrecentar al máximo.
    2. Para alcanzar tal objetivo
      había que tratar de obtener una Balanza Comercial
      Favorable
      , fomentando especialmente la exportación de artículos
      industrializados y restringiendo su
      importación.
    3. Esto significaba, a su vez, el estímulo de las
      industrias
      de elaboración, para el consumo
      interno y para las ventas al
      exterior. Así se formaron las primeras
      Manufacturas, establecimientos de magnitud mucho mayor
      que los talleres de artesanía corrientes hasta
      entonces.
    4. Conveniencia de la adquisición de colonias
      como fuentes de
      materias primas (y eventualmente de metales
      preciosos) y mercados de
      los bienes
      elaborados en la metrópoli.

    La aplicación de estas ideas contribuyó,
    especialmente, al progreso de Francia e
    Inglaterra.

     

     

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