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Eutanasia II




Enviado por guillermobecco



    (Trabajo monográfico)

    INTRODUCCION

    Es indudable, a nuestra manera de ver, que el
    primordial derecho que puede asistir hoy a todo ser humano es el
    de la vida, pero cuando se ve afectado por unas condiciones de
    salud
    lamentables, que llevan a quien las padece a verse en una
    situación en la cual se ve recluido en una unidad de
    cuidados intensivos, de la cual no se sabe si saldrá,
    donde su existencia esta en la cuerda floja, donde puede existir
    una salida irreversible, donde la existencia dependerá en
    el futuro de medios
    extraordinarios, conectado a maquinas como el
    respirador artificial, cabe preguntarse si se esta cuidando la
    vida o prolongando la agonía que nos puede llevar a
    la muerte. En
    un momento así… ¿EUTANASIA?.
    Reflexionemos a partir de la siguiente lectura.

    Etimológicamente "eutanasia"
    significa: buena muerte, dulce,
    libre de sufrimientos. La empleo por
    primera vez Francisco Bacon en el siglo
    XVII.

    La eutanasia
    moderna en los pueblos primitivos era sobre todo cuestión
    de estomago: se dirigía a la supresión de bocas
    inútiles.

    EUTANASIA…SIGNIFICADOS
    DIVERSOS

    En general, eutanasia significa el hecho
    de provocar una muerte
    fácil y sin dolores a un paciente que está
    próximo a morir por causa de una enfermedad terminal
    .
    El mismo paciente puede inducirse la muerte sin
    el
    conocimiento ni la cooperación de otras personas.
    Puede también ser provocada por otros a petición
    del enfermo o con su consentimiento. En todos estos casos se
    habla de eutanasia
    voluntaria. Si se causa la muerte
    contra la voluntad del paciente o sin su conocimiento,
    hablamos entonces de eutanasia
    involuntaria.

    Estos medios con los
    cuales se causa la muerte
    pueden coincidir todos en una intervención positiva, por
    ejemplo, en una sobredosis de píldoras conciliadoras del
    sueño o en otra clase de medicinas, o una inyección
    de cloruro de potasio, que causa de inmediato la muerte. A
    veces se usa el término dar una muerte piadosa
    para esta clase de intervención. Con todo, lo normal es
    que se le llame eutanasia positiva, activa, o directa. En
    cambio se
    llama eutanasia negativa, pasiva o indirecta a la omisión
    de un tratamiento eficaz, o sea, al hecho de no prolongar el
    proceso de
    morir por medio de máquinas o aparatos que mantienen la
    vida al paciente, como por ejemplo, el respirador artificial. Las
    definiciones son útiles pero no hay que darles demasiada
    importancia ya que ellas no resuelven por sí mismas los
    problemas
    morales a que se refieren.

    Queda el problema de sí existe o no
    diferencia, desde el punto de vista moral, entre
    la omisión y la realización de un acto. ¿La
    omisión de un tratamiento puede equivaler al hecho de dar
    muerte a un
    paciente? ¿Desconectar el respirador ocasiona directamente
    la muerte del
    enfermo? ¿El descuido de poner a un paciente bajo el
    control de un
    aparato y dejarlo morir, difiere moralmente de retirarle el
    aparato? ¿Cuál es aquí la diferencia
    moral entre
    acción y omisión, entre omisión e
    intervención? ¿El paciente o el doctor están
    obligados a impedir la muerte cuanto sea posible? ¿Y por
    qué medios? Vamos
    a examinar todos estos problemas.

    La eutanasia involuntaria, positiva o activa,
    ¿podrá alguna ve justificarse? Un ejemplo de
    eutanasia involuntaria positiva fue la orden del tristemente
    célebre A. Hitler quien
    estableció la eutanasia eugenésica en
    octubre de 1939. (Por engaño, tal orden fue predatada con
    fecha 1 de septiembre de 1939, como si hubiera estado en
    conexión con el comienzo de la campaña militar
    contra Polonia) Más de 80 mil pacientes mentales de
    Alemania y
    Australia, epilépticos, débiles mentales y personas
    deformes, fueron ejecutados en cámaras de gas entre 1940 y
    1941. En un comienzo la ley se
    refirió en forma exclusiva a los niños
    pequeños, pero luego se elevó la
    edad.

    Otro ejemplo de eutanasia involuntaria activa
    lo tenemos en Napoleón. En 1779 se dice que pidió a
    su médico militar aplicar la eutanasia a soldados
    infectados con enfermedades contagiosas
    para frenar su expansión.

    En la eutanasia voluntaria positiva no se le
    impone al paciente la muerte, sino más bien, este se la
    busca. En el fondo, esta clase de eutanasia es un suicidio o la
    cooperación con otros que lo comenten. Sin embargo, se
    trata de una clase especial de suicidio, ya que
    se comente tan sólo con miras a poner fin a dolores
    intolerables o una vida "inútil". Este tipo de suicidio fue
    defendido por algunos filósofos en la antigüedad y
    practicado en algunos países. Sócrates
    sostuvo que el hombre era
    propiedad de
    los dioses y que sería injusticia destruir esta propiedad. Sin
    embargo, la necesidad imperiosa de morir, da a entender el
    permiso de los dioses para poner fin a la propia
    vida.

    ¿Está permitido omitir o rehusar
    tratamientos inútiles que ya no curan una enfermedad y que
    se limitan a…

    Una legislación acerca de la "Muerte
    Natural", en que se reconoce el derecho a morir de un paciente
    terminal, bajo condiciones legales cuidadosamente determinadas,
    Otros 17 Estados se encuentran deliberando sobre la posibilidad
    de hacer otro tanto para la fecha actual, 1987,
    prácticamente ya todos los Estados Unidos
    han legislado en favor de la "Muerte Natural"(. 7he New York
    Times Febrero 5 de. 1978.)

    El objetivo que
    se proponen estas leyes es el de
    defender el derecho del paciente a morir. ¿Sí
    alcanzan este objetivo?
    Parece cierto pero sólo en forma limitada. El derecho
    de¡ paciente se encuentra restringido por el requisito de
    escribir un documento, que debe ser renovado de tiempo en
    tiempo de
    acuerdo con diversas estipulaciones (en California, por
    ejemplo, cada cinco años) para que conserve su validez.
    ¿Cuántas personas se van a imponer la molestia de
    escribir y de renovar tal documento para salvaguardar el
    derecho
    natural, que ya poseen sin necesidad de legislación
    alguna? En California en 1978 se distribuyeron más de
    100 mil formularios
    sobre el Derecho a Morir. Pero de acuerdo con el informe de
    una Asociación Médica de California tales
    formularios
    no se usan con mucha frecuencia. Ya avanzado el año
    1977, un sondeo hecho a 112 médicos, que pidieron un
    total de más de 11 mil copias, reveló que
    sólo se utilizaron 6720. Todo paciente crítico
    hospitalizado sin un documento -Esta es mi Voluntad", ajustado
    a la ley, corre el
    riesgo de
    que lo sometan a tratamientos inútiles que prolongan su
    proceso de
    morir. Los médicos tratantes, afectados por demandas de
    "mala práctica·" con seguridad se
    negarán a no comenzar o a interrumpir un tratamiento
    innecesario ante la ausencia de un documento legal que los
    protegiera.

    La preocupación principal de cualquier
    legislación sobre la Muerte Natural debiera ser afirmar,
    de manera práctica, el derecho
    natural de cualquier persona a no
    ser sometida a tratamientos inútiles. El Estado no
    nos concede este derecho. Hablando con más propiedad,
    él debe venir en defensa de tal derecho, ya que lo
    tenemos en virtud de nuestra propia naturaleza.
    Richard A. Mac Cormick y André E. Hellegers sugirieron
    que tal ley debiera
    especificar la obligación de todo médico a
    registrar una enfermedad mortal con un personal
    apropiado del hospital, que tendría el derecho a
    verificar el asunto. "Un paciente capaz podría entonces
    exigir por escrito que no se le apliquen tratamientos
    extraordinarios. En el caso de un paciente que no estuviera en
    condiciones de hacerlo, por la edad o por las circunstancias,
    la familia
    podría redactar un documento semejante con la solicitud.
    Una vez que se haya escrito esta la legislación
    podría determinar que el médico tratante no
    estaría sujeto a demanda
    civil o penal por omisión o interrupción del
    tratamiento"

    ( RICHARD A. McCORMICK and ANDRE F- HELLEGERS,
    "Legislation and the Living WiLL- América
    , marzo 12,1977. p. 213.)

    El moralista Mc Cormick en un artículo
    escrito en 1981 suavizó su posición referente a la
    legislación sobre "Esta es mi Voluntad" porque "un
    impresionante número de médicos, abogados y
    legisladores siguen creyendo que la afirmación de una
    persona no es
    válida sin el respaldo de la ley". Soy de
    parecer que las principales objeciones contra la
    legislación acerca del Derecho a Morir * están
    todavía en pie. El propósito de tal
    legislación, afirmar el derecho
    natural de un paciente terminal a morir en paz, es
    recomendable y moralmente justa. Con todo, este objetivo no se
    alcanza con facilidad, porque las leyes exigen un
    documento legal, una voluntad expresa, antes de que se tome la
    decisión de no aplicar las técnicas para mantener
    la vida. Una futura legislación debiera, tener en cuenta
    esta dificultad de tal suerte que pueda alcanzarse de manera
    fácil el fin tan laudable de las leyes que
    defienden el derecho a morir con dignidad. Robert M. Veatch
    redactó tal proyecto de
    ley, basado en
    el derecho
    natural del paciente terminal a rehusar un tratamiento que
    pro-

    longue la vida23.

    ¿Es lícito dejar morir a un
    paciente, incapaz de tomar decisiones, no aplicándole o
    suspendiéndole un tratamiento
    inútil?

    Si un paciente terminal, en buenas
    condiciones mentales, puede lícitamente rehusar un
    tratamiento inútil, las personas responsables de un
    paciente inepto mentalmente deben poseer tal derecho. En el
    caso de menores de edad, la práctica médica
    reconoce el derecho de los padres, a rehusar un tratamiento
    inútil. Sin embargo, se ha dado un buen número de
    casos en los que el hospital ha rechazado la decisión de
    los padres y. ha recurrido a los jueces para obtener la
    autorización de un tratamiento. El caso de Karen Ann
    Quinlan cautivó atención
    mundial.

    La señorita Quinlan, de 21 años,
    sufrió un colapso (por sobredosis de una mezcla de
    drogas y
    alcohol) y
    quedó en estado de coma
    el 15 de abril de 1975. No recuperó su estado de
    conciencia y fue
    mantenida en vida mediante un aparato respirador y alimentación
    intravenosa por muchos meses. Dado que no se veía
    esperanza de su recuperación, sus padres solicitaron al
    hospital que retirara el respirador. Rehusada la solicitud por
    los médicos de la señorita Quinlan, los padres
    recurrieron al juez y te solicitaron autorización para
    retirar el respirador. El Juez Muir, Jr.., de la Corte Superior
    de New Jersey, el 10 de noviembre de 1975
    negó

    la solicitud del padre de Karen. Este hizo
    apelación a la Corte Suprema de New Jersey, la cual el 1
    de abril de 1976 falló por unanimidad en el sentido de que
    podía retirarse el respirador. Se suspendió tal
    aparato pero Karen continuó respirando por su cuenta sin
    lograr salir de su estado de
    coma. Continuó así por largos y penosos años
    para sus padres (Karen murió finalmente en
    1986).

    Surgen dos preguntas con
    respecto a la eutanasia involuntaria

    1 ra).- ¿Según la moral, es
    lícito, tratándose de un paciente terminal,
    mentalmente incapaz, no aplicarle un tratamiento inútil
    o suspendérselo, retirándole aparatos, o como se
    suele decir,"desconectándolo?"

    2da). – ¿Quién es la persona
    autorizada para tomar tal
    decisión?

    Se sigue de nuestras consideraciones
    anteriores que es moralmente lícito permitir que todo
    paciente, en tales condiciones, muera. Contradice a la naturaleza
    racional aplicar medios
    inútiles. En un Mensaje de Su Santidad Pío XII,
    dirigido a un grupo de
    anestesiólogos el 24 de noviembre de 1957 hizo
    énfasis en el derecho que asiste a todo ser humano de
    morir dignamente. Se valió de los términos
    utilizados entonces de medios
    ordinarios y extraordinarios, y enseñó con
    acierto que no existe obligación de usar medios
    extraordinarios para conservar la vida

    El 5 de mayo de 1980 la Santa Sede
    promulgó un Documento con el título:
    Declaración sobre la Eutanasia. Aquí se repite la
    doctrina tradicional de la Iglesia
    Católica expuesta por Pío XII y luego la aplica a
    las condiciones actuales. Allí se
    afirma:

    "No se puede imponer a nadie la
    obligación de recurrir a un tipo de tratamiento que,
    aunque ya esté en uso, todavía no está
    libre de peligro o es demasiado costoso. Su rechazo no equivale
    al suicidio;
    significa más bien o simple aceptación de la
    condición humana, o deseo de evitar la puesta en
    práctica de un procedimiento
    médico desproporcionado a los resultados que se
    podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer
    gastos
    excesivamente pesados a la familia o
    a la comunidad
    "

    ¿Quién está autorizado
    para tomar la decisión de dejar morir a un enfermo
    terminal sin que se prolongue innecesariamente su proceso de
    morir? De acuerdo con el orden de la naturaleza, tal
    derecho corresponde a aquellos que tienen el deber de velar por
    tal persona. Tales
    son los miembros de la familia,
    los padres, cónyuges, hijos y parientes cercanos. Tal
    derecho no pertenece a las autoridades públicas, ya que
    los ciudadanos no son propiedad
    del Estado. De
    acuerdo con el principio de subsidiaridad las autoridades
    públicas poseen tal derecho y tal deber sólo
    cuando no existen miembros o deudos competentes de la familia
    que ejerciten este derecho.

    El derecho de los padres para suspender un
    tratamiento en el caso de menores de edad es en general
    reconocido por las leyes en
    Norteamérica. Con todo, parece que no existe una política clara con
    respecto a los adultos, mentalmente incapaces. La Corte Suprema
    de Massachusetts, en su decisión de¡ 28 de noviembre
    de 1977, refiriéndose al caso de Joseph Saikewicz
    afirmó que el Tribunal del Testamento posee dicha autoridad . Un
    decreto tal, si fuera a ser reconocido en toda ' la Nación
    (USA) privaría las familias y a aquellos que velan
    directamente por el enfermo, de su derecho
    natural a tomar esta decisión. La Corte se
    affogaría un derecho que no tiene y además
    estaría en incapacidad de ejercitarlo. Se están
    presentando a diario tantos casos semejantes que las cortes se
    van a ver demasiado recargadas. Entretanto todos los pacientes
    terminales van a estar sujetos a la tortura de verse sometidos a
    aparatos que les prolonguen la vida
    indignamente.

    La Corte Suprema de Massachusetts
    aclaró más adelante que no se requería una
    orden de la corte para todos los casos. Pero insistió en
    que, en última instancia, la validez legal de una
    decisión hecha en nombre de un paciente termina¡
    sólo podía ser juzgada por las cortes. Para
    evitar la necesidad de recurrir a las cortes, la
    legislación sobre la "Muerte Natural" redactada con
    esmero, debiera proteger en forma clara el derecho natural de
    la familia y
    de todos aquellos que se encargan directamente del
    moribundo.

    La sentencia que afirma que la eutanasia pasiva
    o sea el retiro o suspensión de un tratamiento
    inútil, es moralmente lícita, se ataca desde dos
    frentes: los defensores de la eutanasia argumentan que la pasiva
    no difiere de la activa. No cuenta si una persona muere a
    consecuencia de una inyección mortal o por la
    desconexión del respirador. En ambos casos se produce la
    muerte. Si la moral y la
    ley justifican la eutanasia pasiva, siguen argumentando, entonces
    se justifica también la eutanasia activa y debiera
    legalizarse. Algunos opositores de la eutanasia, equiparando de
    la misma manera las dos clases de eutanasia, sostienen la
    posición contraria. Dado que no existe diferencia entre la
    eutanasia activa y la pasiva, ambas son inmorales y ambas deben
    ser proscritas por la ley. Por tanto, un paciente moribundo debe
    mantenerse forma indefinida bajo el control de
    aparatos que le den vida artificial

    Debemos a nuestros hermanos, los seres
    humanos, el ser sinceros con ellos, en todo momento, pero en
    especial cuando se están aproximando al fin de su
    peregrinación terrena. Nosotros mismos no queremos para
    nosotros nada menos que una sincera compasión en los
    últimos momentos de nuestra vida.

    En resumen; la Eutanasia se
    clasifica según
    :

    • Su
      finalidad:

    Eutanasia eugénica: por razones de
    "higiene racial",
    libera a la sociedad de los
    enfermos que son una carga.

    Eutanasia piadosa: es la que se practica
    con el fin de aliviar los dolores y sufrimientos a un
    enfermo.

    • Sus
      medios:

    Eutanasia positiva: es aquella en que el
    agente de manera directa y positiva actúa sobre la persona
    enferma provocándole la muerte.

    Eutanasia negativa: el agente deja de
    hacer algo que permite proseguir con la vida del
    paciente.

    • Sus
      intenciones:

    Eutanasia directa: cuando en la
    intención del agente existe el deseo de provocar la muerte
    directamente del enfermo.

    Eutanasia indirecta: consiste en la
    muerte no querida en su intención que sobreviene a causa
    de los efectos secundarios del tratamiento paliativo del
    dolor.

    • Su
      voluntariedad:

    Eutanasia voluntaria: es la que solicita el
    paciente de palabra o por escrito.

    Eutanasia involuntaria: es la que se
    aplica a los pacientes sin su
    consentimiento.

    LA EUTANASIA
    A LO LARGO DE LA HISTORIA

    "Quedan autorizados para disponer cuanto sea
    necesario, a fin de que los enfermos considerables incurables, a
    tenor de los conocimientos actuales, se los pueda eliminar
    físicamente para poner fin a sus sufrimientos." Adolf
    Hitler

    No solo él ha defendido una postura
    frente a la eutanasia; miremos las posiciones de diferentes
    corrientes del pensamiento
    respecto de este tema:

    Para el Jusnaturalismo, la
    obligación por cuestión divina de respetar la vida
    en toda circunstancia, existe una prohibición estricta
    sustentada en leyes naturales
    de disponer por cuenta propia de la vida.

    Juan Pablo II, en su encíclica "El
    Evangelio de la Vida"
    define la Eutanasia como:
    "Adueñarse de la muerte, procurándola de modo
    anticipado y poniendo así fin "dulcemente" a la propia
    vida o a la de otro". Y se considera esto como una "cultura de la
    muerte" que se ve en las sociedades del
    bienestar, caracterizadas por una mentalidad eficientista, que va
    en contra de los ancianos y los más débiles,
    caracterizadas como algo gravoso e insoportable, aisladas por la
    familia y la
    sociedad,
    según lo cual una vida inhábil no tiene ya valor alguno.
    Y vuelve a definir la Eutanasia como una "acción o una
    omisión que por su naturaleza y en
    la intención causa la muerte, con el fin de eliminar
    cualquier dolor "situada en la intención y los métodos
    usados".

    En términos de una teoría
    utilitarista
    de los derechos, la eutanasia se nos
    muestra como
    una opción más práctica en el caso de que se
    nos presente una existencia marcada por el dolor y sin
    posibilidades de felicidad. Desde esta perspectiva, la eutanasia
    es buena dados los dolores que se le quitan a quien los
    está sufriendo, se disminuyen los daños a la
    sociedad y se
    termina con una "carga" para la familia.

    En la Utopía de
    Tomás Moro, aparece el concepto
    médico y moral de la
    Eutanasia: "…Cuando a estos males incurables se añaden
    sufrimientos atroces, los magistrados y sacerdotes, se presentan
    al paciente para exhortarle tratan de hacerle ver que está
    ya privado de los bienes y
    funciones
    vitales…y puesto que la vida es un puro tormento, no debe dudar
    en aceptar la muerte, no debe dudar en liberarse a sí
    mismo o permitir que otros le liberen… esto es, la muerte no le
    apartará de las dulzuras de vida sino del suplicio y se
    realiza una obra …piadosa y santa…este tipo de muerte se
    considera algo honorable" Aquí se ve: una atención
    esmerada a los enfermos, una enfermedad intolerable, que legitima
    la muerte voluntaria y la eutanasia en utopía , tiene en
    cuenta los derechos de la persona:
    responsabilidad moral,
    libertad, los
    sacerdotes son intérpretes de la
    divinidad.

    Hume, critica la posición
    eminentemente moralista del suicidio y de
    paso la eutanasia así: "nuestro horror a la muerte es tan
    grande que cuando ésta se presenta bajo cualquier otra
    forma distinta de la que un hombre se
    había esforzado en reconciliar con su imaginación,
    adquiere nuevos aspectos aterradores y resulta abrumadora para
    sus pocas fuerzas. Y cuando las amenazas de la
    superstición se añaden a esta natural timidez, no
    es extraño que consigan privar a los hombres de todo
    poder sobre
    sus vidas" y va en contra de un determinismo al decir que " si el
    disponer de la vida humana fuera algo reservado exclusivamente al
    todopoderoso, y fuese un infringimiento del derecho divino el que
    los hombres dispusieran de sus propias vidas, tan criminal
    sería el que un hombre actuara
    para conservar la vida, como el que decidiese
    destruirla."

    Finalmente justifica la eutanasia en
    términos prácticos al decir que : " una vez que se
    admite que la edad, la enfermedad o la desgracia pueden convertir
    la vida en una carga y hacer de ella algo peor que la
    aniquilación. Creo que ningún hombre ha
    renunciado a la vida si esta mereciera conservarse." Quien se
    retira de la vida no le produce daño a la sociedad , a lo
    sumo deja de producirle un bien .

    En términos de Kant, a él
    no le importa la singularidad, el suicidio es malo, al contrario
    de Hume, por que viola deberes para conmigo mismo, el respeto por
    nosotros mismos. Frente a la eutanasia tiene en cuenta es la
    potencialidad de ese ser humano que se quita la vida, las
    posibilidades de desarrollo de
    sus capacidades. La vida no vale por sí misma, sino en
    función de un proyecto de vida
    ligado con una libertad y una
    autonomía, ésta se justifica si permite la base
    material para una vida digna.

    POSICIONES
    QUE PRETENDEN JUSTIFICAN LA
    EUTANASIA…

    Se suelen presentar las siguientes razones en
    pro de la eutanasia voluntaria positiva:

    1.-La vida de una persona que sufre de una
    enfermedad terminal ha venido a ser inútil para su
    familia, para
    la sociedad y para
    el mismo paciente. Una persona sana no debe cometer suicidio
    porque tiene muchos deberes para con su familia, la
    sociedad y su propio desarrollo.
    Por el contrario, una persona que sufre de una enfermedad
    terminal no tiene ya más deberes que cumplir,
    sencillamente porque se encuentra en incapacidad de hacer algo
    por sí misma o por los demás. Nadie saca
    ningún provecho de que su vida continúe, cargada
    como está con el peso del sufrimiento. Por tanto es
    razonable afirmar que tal persona se encuentra justificada para
    poner fina a su propia vida, por su cuenta o con la ayuda de los
    demás.

    2.-Cuando uno se encuentra ante dos males,
    tiene que escoger el mal menor. La prolongación de un
    sufrimiento inútil es un mal mayor que el procurarse una
    muerte inmediata, que de todas maneras pronto iría a
    sobrevenir.

    3.-Resulta inhumano e insensato conservar en
    vida a un paciente terminal cuando él ya no quiere vivir
    más, y una simple inyección podría poner fin
    a su lamentable estado, sin dolor.

    4.-Una persona que no cree en Dios puede
    razonablemente concluir que el hombre es
    el dueño de su propia vida. En consecuencia, puede decidir
    libremente poner fin a su propia vida, por su cuenta o con la
    ayuda de otros, cuando ya no tiene más deberes que cumplir
    con respecto a su familia y a la
    sociedad.

    5.-La libertad del
    hombre para
    obrar no debe cohibirse a menos que haya razones convincentes de
    que su libertad entra
    en conflicto con
    los derechos de los
    demás. Ahora bien, no puede demostrarse tal conflicto en
    el caso del enfermo terminal. Por tanto tal persona tiene el
    derecho a morir como ella escoja.

    6.-La eutanasia voluntaria positiva es un acto
    de delicadeza para con la propia familia y para con la sociedad,
    ya que el enfermo terminal decide no seguir siendo oneroso para
    ellos prolongando su enfermedad, con los consiguientes costos y todo
    el trabajo de
    cuidar a un paciente enfermo de gravedad. Es mejor liberar los
    escasos recursos
    médicos y financieros para que se empleen en curar a
    aquellas personas que pueden llevar una vida
    útil.

    7.-Los creyentes sostenemos que Dios nos dio la
    vida. De aquí no se sigue que no podamos intervenir en
    ella, ya que Dios nos hizo sus admiradores. Es sensato, por
    tanto, pensar que Dios no quiere que suframos innecesariamente
    cuando podemos de manera fácil poner fin a nuestra
    desgracia.

    POSICIONES
    QUE NO JUSTIFICAN EUTANASIA

    1.- La tradición occidental y la
    filosofía teísta se han manifestado contra la
    muerte directa de uno mismo, sea solo, sea con la ayuda de los
    demás. La razón principal en favor de esta
    posición es el que Dios pose el dominio directo
    sobre la vida humana. Somos administradores de nuestra propia
    vida pero no sus propietarios. Así como no podemos
    decidir el comienzo de nuestra propia vida, tampoco nos es
    lícito determinar su final.

    Aunque este argumento es válido con
    base en una filosofía teísta, quizás no
    convenza a todo mundo, tal vez ni siquiera a los creyentes.
    ¿Podría aducirse otra
    razón?

    2.- A través de toda esta obra hemos
    venido usando la naturaleza
    humana racional como el criterio de moralidad. Hemos
    justificado la intervención en nuestra naturaleza cuando
    es posible probar que una tal intervención es razonable
    y sirve para promover nuestra dignidad humana.
    Preguntémonos ahora: ¿es la eutanasia voluntaria
    positiva una intervención razonable en nuestra
    naturaleza? ¿ Constituye dicha eutanasia un factor
    humanizante o deshumanizante para el individuo implicado y para
    la sociedad?

    . ¿Qué razón puede aducir
    una persona a su médico para solicitarle que ponga fin a
    su vida? Tal razón puede ser la liberación del
    dolor, ya que el hombre
    posee un deseo natural de vivir y, precisamente, de vivir sin
    dolor y sin desgracia. Pero no resulta prudente ni sabio cortar
    el dolor poniendo fin a la vida. Sería una
    intervención más razonable tratar de aliviar el
    dolor más bien que matar al paciente. Por fortuna la
    medicina moderna
    es muy eficaz para calmar el dolor. Supuesto que es posible
    mitigar el dolor, parece ser más digno del hombre hacer
    esto que administrar al paciente una inyección
    mortal.

    3.- Cuando hablamos de eutanasia voluntaria
    se presume que el paciente solicita libremente la muerte.
    Para evitar cualquier engaño o mala
    interpretación, la solicitud del enfermo debe
    obtenerse por escrito y con la firma en presencia de
    testigos. ¿Se encuentra un paciente, debilitado por
    una enfermedad terminal, de hecho en capacidad de valorar su
    propia situación y de hacer una petición con
    una mente lúcida? ¿Cómo pueden los
    testigos dar testimonio de que el enfermo hizo la solicitud
    de su propia muerte con mente sana y recta? Por tanto, existe
    el problema de la libertad
    en la toma de decisión ¿Se pueden eliminar las
    presiones?. La posibilidad de abuso no es imaginaria sino muy
    real, dados los encontrados intereses financieros y de otros
    órdenes, de la familia del paciente y de la
    sociedad.

    4.- Además, debe determinarse el
    tiempo
    exacto para la aplicación de la inyección mortal.
    Esto se parece mucho a una ejecución. La mayoría
    de los países acabaron con la pena de
    muerte porque es una forma muy inhumana de castigo. Es cosa
    cruel anunciara una persona la hora exacta de su
    muerte.

    ¿Queremos ahora nosotros introducir de
    nuevo dicha ejecución por medio de la inyección
    en forma masiva? Como dijimos antes, muchos Estados
    norteamericanos han aprobado leyes que determinan la
    ejecución de la pena de
    muerte por medio de una inyección. Admitiendo que
    existe una diferencia entre ejecutar a un criminal y 91 dar la
    muerte a un enfermo, con todo las deshumanizantes y
    horripilantes circunstancias de la ejecución y de la
    eutanasia son las mismas.

    1 5.- ¿Además, quién va a
    aplicar la inyección mortal? ¿Van los
    médicos a aceptar el papel de
    administrar la muerte en vez de la curación?'. Para quien
    va a aplicar la inyección no se requiere que sea
    médico, ya que el sencillo procedimiento
    puede ser aprendido por cualquiera, ¿ Va entonces a
    existir una nueva profesión cuya tarea va a consistir- en
    dar la muerte, exactamente igual a los ejecutores de la pena de muerte
    que reciben una paga por su"servicio"

    6.- No faltará quien diga que esta
    descripción de la eutanasia es exagerada o hasta
    sarcástica. No pensariamos así. No puede pasarse
    por alto la realización concreta de la eutanasia.
    Teniendo en cuenta todas las circunstancias' ,la eutanasia
    voluntaria positiva es dehumanizante. No es un, "morir con
    dignidad" La posibilidad de abusos relacionados con la
    legalización de la eutanasia podría aumentar el
    temor de los ancianos de que una enfermedad grave es una
    ocasión que se presenta a la familia o a las autoridades
    para despacharlos de este mundo. Está mucho más
    en conformidad con la dignidad humana dejar que la naturaleza
    siga su curso y aceptar la muerte cuando venga a través
    de factores que no caen bajo el control
    humano.

    POSICION DE
    LA IGLESIA
    CATOLICA

    Apéndice
    II

    SAGRADA CONGREGACION PARA LA
    DOCTRINA DE LA FE

    DECLARACION SOBRE LA
    EUTANASIA

    INTRODUCCION

    Los derechos y valores
    inherentes a la persona humana ocupan un puesto importante en la
    problemática contemporánea. A este respecto, el
    Concilio Ecuménico Vaticano 11 ha reafirmado solemnemente
    la dignidad excelente de la persona humana y de modo particular
    su derecho a la vida. Por ello ha denunciado los crímenes
    contra la vida, como
    «h<xnicí

    dios de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia
    y el mismo suicidio deliberado» (Cons. Past. Gaudium et
    spes, n. 27).

    La S. Congregación para la Doctrina de
    la Fe, que recientemente ha recordado la doctrina católica
    acerca del aborto procurado
    juzga oportuno proponer ahora la enseñanza de la Iglesia sobre
    el problema de la eutanasia.

    En efecto, aunque continúen siendo
    siempre válidos los principios
    enunciados en este terreno por los últimos
    Pontífices, los progresos de la medicina han
    hecho aparecer, en los recientes años, nuevos aspectos M
    problema de la eutanasia que deben ser precisados ulteriormente
    en su contenido ético.

    En la sociedad actual, en la que no raramente
    son cuestionados 1os mismos valores
    fundamentales de la vida humana, la modificación de
    cultura
    influye en el modo de considerar el sufrimiento y la muerte;
    medicina ha
    aumentado su capacidad de curar y de prolongar la vida en
    determinadas condiciones que a veces ponen problemas de
    carácter moral. Por
    ello los hombres que viven en tal ambiente se
    interrogan con angustia acerca del significado de la ancianidad
    prolongada y de muerte, preguntándose consiguientemente
    si tienen el derecho de procurarse a sí mismos o a sus
    semejantes la «muerte dulce», que serviría
    para abreviar el dolor y sería, según ellos,
    más conforme con la dignidad
    humana.

    Diversas Conferencias Episcopales han
    preguntando al respecto esta S. Congregación para la
    Doctrina de la Fe, la cual, tras haber pedido el parecer de
    personas expertas acerca de los varios aspectos de eutanasia,
    quiere responder con esta Declaración a las peticiones
    de k obispos, para ayudarles a orientar rectamente a los fieles
    y ofrecerles elementos de reflexión que puedan presentar
    a las autoridades civiles propósito de este
    gravísimo problema.

    La materia
    propuesta en este documento concierne ante todo a k que ponen
    su fe y esperanza en Cristo, el cual mediante su vida, muerte
    resurrección ha dado un nuevo significado a la
    existencia y sobre todo la muerte del cristiano, según
    las palabras de San Pablo: «pues si vivimos para el
    Señor vivimos; y si morimos, morimos para el
    Señor. En fin, se que vivamos, sea que muramos, del
    Señor somos» (Rom. 14, 8; Fil 1,
    20).

    Por lo que se refiere a quienes profesan
    otras religiones,
    mucho admitirán con nosotros que la fe – si la
    condividen – en un Dios creador Providente y Señor de la
    vida confiere un valor
    eminente a toda persona humana y garantiza su respeto.

    Confiamos, sin embargo, en que esta
    Declaración recogerá el consenso de tantos
    hombres de buena voluntad los cuales, por encima do diferencias
    filosóficas o ideológicas, tienen una viva
    conciencia
    de la derechos de
    la persona humana. Tales derechos, por lo
    demás, han sido proclamados frecuentemente en el curso
    de los últimos años en declaraciones de Congresos
    Internacionales (a); y tratándose de derechos
    fundamentales de cada persona humana, es evidente que no se
    puede recurrir 2 argumentos sacados del pluralismo
    político o de la libertad religiosa para negarles
    valor
    universal.

    . (a)Recuérdese en particular la
    recomendación 779 (1976). referentes a los derechos de
    los enfermos y de los moribundos de la Asamblea Parlamentaria
    del Consejo de Europa en su
    XXVII sesión ordinaria. CL SIPECA. 1977, pp.
    14-.

    VALOR DE LA VIDA
    HUMANA

    La vida humana es el fundamento de todos los
    bienes, la
    fuente y condición necesaria de toda actividad humana y
    de toda convivencia social. Si la mayor parte de los hombres
    creen que la vida tiene un carácter sacro y que nadie
    puede disponer de ella a capricho, los creyentes ven a la vez
    en ella un don del amor de
    Dios, que son llamados a conservar y hacer fructificar. De esta
    última consideración brotan las siguientes
    consecuencias:

    1. Nadie puede atentar contra la vida de un hombre
    inocente sin oponerse al amor de Dios
    hacia él, sin violar un derecho fundamental,
    irrenunciable e inalienable, sin cometer, por ello, un crimen
    de extrema gravedad.(b)

    2. Todo hombre tiene el deber de conformar su
    vida con el designio de Dios. Esta le ha sido encomendada como
    un bien que debe dar sus frutos ya aquí en la tierra,
    pero que encuentra su plena perfección solamente en la
    vida eterna.

    3. La muerte voluntaria o sea el suicidio es,
    por consiguiente, tan inaceptable como el homicidio;
    semejante acción constituye en efecto, por parte del
    hombre, el rechazo de la soberanía de Dios y de su designio de
    amor.
    Además, el suicidio es a menudo un rechazo del amor hacia
    sí mismo, una negación de la natural
    aspiración a la vida, una renuncia frente a los deberes
    de justicia y
    caridad hacia el prójimo, hacia las diversas comunidades
    y hacia la sociedad entera, aunque a veces intervengan, como se
    sabe, factores psicológicos que, pueden atenuar o
    incluso quitar la responsabilidad.

    Se deberá, sin embargo, distinguir
    bien del suicidio aquel sacrificio con el que, por una causa
    superior -como la gloria de Dios, la salvación de las
    almas o el servicio a
    los hermanos – se ofrece o se pone en peligro la propia
    vida.

    LA
    EUTANASIA

    Para tratar de manera adecuada el problema de
    la eutanasia, conviene ante todo precisar el
    vocabulario.

    .(b). Se dejan completamente de lado las
    cuestiones de la pena de
    muerte y de la guerra que
    exigirían consideraciones especificas, ajenas al tema de
    esta Declaración.

    Etimológicamente la palabra
    eutanasia significaba en la antigüedad una muerte
    dulce sin sufrimientos atroces. Hoy no nos referimos tanto al
    significado original de¡ término, cuanto más
    bien a la intervención de la medicina
    encaminada a atenuar los dolores de la enfermedad y de la
    agonía, a veces incluso con el riesgo de
    suprimir prematuramente la vida.

    Además el término es usado, en
    sentido más estricto, con el significado de «causar
    la muerte por piedad», con el fin de eliminar radicalmente
    los últimos sufrimientos o de evitar a los niños
    subnormales, a los enfermos mentales o a los incurables i la
    prolongación de una vida desdichada,

    quizás por muchos años que
    podría imponer cargas demasiado pesadas a las familias o a
    la sociedad.

    Es pues necesario decir claramente en
    qué sentido se toma el término en este
    documento.

    Por eutanasia se entiende una acción o
    una omisión que por su naturaleza, o en la
    intención, causa la muerte, con el fin de eliminar
    cualquier dolor. La eutanasia se sitúa pues en el nivel
    de las intenciones o de los métodos
    usados.

    Ahora bien, es necesario reafirmar con toda
    firmeza que nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser
    humano inocente, sea feto o embrión, niño o
    adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie
    además puede pedir este gesto homicida para sí
    mismo o para otros confiados a su responsabilidad, ni puede consentirlo
    explícita o implícitamente. Ninguna autoridad
    puede legítimamente imponerlo ni permitirlo. Se trata en
    efecto de una violación de la ley divina, de una ofensa
    a la dignidad de la persona humana, de un crimen contra la
    vida, de un atentado contra la humanidad.

    Podría también verificarse que
    el dolor prolongado e insoportable, razones de tipo afectivo u
    otros motivos diversos, induzcan a alguien a pensar que puede
    legítimamente pedir la muerte o procurarla k otros.
    Aunque en casos de ese género la responsabilidad personal pueda
    estar disminuida o incluso no existir, sin embargo el error de
    juicio de la conciencia
    -aunque fuera incluso de buena fe – no modifica la naturaleza
    de¡ acto homicida, que en sí sigue siendo siempre
    inadmisible. Las súplicas de los enfermos muy graves que
    alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas como
    expresión de una verdadera voluntad de eutanasia; estas
    en efecto son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia
    y de afecto. Además de los cuidados médicos, lo
    que necesita el enfermo es el amor, el
    calor humano
    y sobrenatural, con el que pueden y deben rodearlo todos
    aquellos que están cercanos, padres e hijos,
    médicos y enfermeros.

    EL CRISTIANO ANTE EL SUFRIMIENTO Y EL USO
    DE LOS ANALGESICOS

    La muerte no sobreviene siempre en condiciones
    dramáticas, al final de sufrimientos insoportables. No
    debe pensarse únicamente en los casos extremos. Numerosos
    testimonios concordes hacen pensar que la misma naturaleza
    facilita en el momento de la muerte una separación que
    sería terriblemente dolorosa para un hombre en plena
    salud. Por lo
    cual una enfermedad prolongada, una ancianidad avanzada, una
    situación de soledad y de abandono, pueden determinar
    tales condiciones psicológicas que faciliten la
    aceptación de la muerte.

    Sin embargo se debe reconocer que la muerte
    precedida o acompañada a menudo de sufrimientos atroces y
    prolongados es un acontecimiento que naturalmente angustia el
    corazón
    del. hombre.

    El dolor físico es ciertamente un
    elemento inevitable de la condición humana; a nivel
    biológico, constituye un signo cuya utilidad es
    innegable; pero puesto que atañe a la vida
    psicológica de¡ hombre, a menudo supera su utilidad
    biológica y por ello puede asumir una dimensión tal
    que suscite el deseo de eliminarlo a cualquier precio.

    Sin embargo, según la doctrina
    cristiana, el dolor, sobre todo el de los últimos momentos
    de la vida, asume un significado particular en el plan
    salvífico de Dios; en efecto, es una participación
    en la Pasión de Cristo y una unión con el
    sacrificio redentor que El ha ofrecido en obediencia a la
    voluntad del Padre. No debe pues maravillar si algunos cristianos
    desean moderar el uso de los analgésicos, para aceptar
    voluntariamente al menos una parte de sus sufrimientos y
    asociarse así de modo consciente a los sufrimientos de
    Cristo crucificado (ef Mi 27, 34). No sería sin embargo
    prudente imponer como norma general un comportamiento
    heroico determinado. Al contrario, la prudencia humana y
    cristiana sugiere para la mayor parte de los enfermos el uso de
    las medicinas que sean adecuadas para aliviar o suprimir el
    dolor, aunque de ello se deriven, como efectos secundarios,
    entorpecimiento o menor lucidez. En cuanto a las personas que no
    están en condiciones de expresarse, se podrá
    razonablemente presumir que desean tomar tales calmantes y
    suministrárseles según los consejos del
    médico.

    Pero el uso intensivo de analgésicos no
    está exento de dificultades, ya que el fenómeno de
    acostumbrarse a ellos obliga generalmente a aumentar la dosis
    para mantener su eficacia. Es
    conveniente recordar una declaración de Pío XII que
    conserva aún toda su validez. Un grupo de
    médicos le había planteado esta pregunta: «
    ¿La supresión de¡ dolor y de la conciencia por
    medio de narcóticos— está permitida al
    médico y al

    paciente por la religión y la moral
    (incluso cuando la muerte se aproxima o cuando se prevé
    que el uso de narcóticos abreviará la
    vida)?». El Papa respondió: «Si no hay otros
    medios y si, en tales circunstancias, ello no impide el
    cumplimiento de otros deberes religiosos y morales:
    Sí». En este caso, en efecto, está claro que
    la muerte no es querida o buscada de ningún modo, por
    más que se corra el riesgo por una
    causa razonable: simplemente se intenta mitigar el dolor de
    manera eficaz, usando a tal fin los analgésicos a
    disposición de la medicina.

    Los analgésicos que producen la
    pérdida de la conciencia en los
    enfermos, merecen en cambio una
    consideración particular. Es sumamente importante, en
    efecto, que los hombres no sólo puedan satisfacer sus
    deberes morales y sus obligaciones
    familiares, sino también y sobre todo que puedan
    prepararse con plena conciencia al encuentro con Cristo. Por
    esto, Pío XII advierte que «no es lícito
    privar al moribundo de la conciencia propia sin grave
    motivo».

    EL USO PROPORCIONADO DE LOS MEDIOS
    TERAPÉUTICOS

    Es muy importante hoy día proteger, en
    el momento de la muerte, la dignidad de la persona humana y la
    concepción cristiana de la vida contra un tecnicismo que
    corre el riesgo de hacerse
    abusivo. De hecho algunos hablan de «derecho a morir
    expresión que no designa el derecho de procurarse o
    hacerse procurar la muerte como se quiere, sino el derecho de
    morir con toda serenidad, con dignidad humana y cristiana. Desde
    este punto de vista, el uso de los medios terapéuticos
    puede plantear a veces algunos problemas.

    En muchos casos, la complejidad de las
    situaciones puede ser tal que haga surgir dudas sobre el modo de
    aplicar los principios de
    la moral.
    Tomar decisiones corresponderá en último análisis a la conciencia M enfermo o de las
    personas cualificadas para hablar en su nombre, o incluso de los
    médicos, a la luz de las
    obligaciones
    morales y de los distintos aspectos M caso.

    Cada uno tiene el deber de curarse y de hacerse
    curar. Los que tienen a su cuidado los enfermos deben prestarles
    su servicio con
    toda diligencia y suministrarles los remedios que consideren
    necesarios o útiles.

    ¿Pero se deberá recurrir, en
    todas las circunstancias, a toda clase de remedios
    posibles?

    Hasta ahora los moralistas respondían
    que no se está obligado nunca al uso de los medios
    «extraordinarios». Hoy en cambio, tal
    respuesta, siempre válida en principio, puede parecer tal
    vez menos clara tanto por la imprecisión M término
    como por los rápidos progresos de la terapia. Debido a
    esto, algunos prefieren hablar de medios
    «proporcionados» y «desproporcionados».
    En cada caso, se podrán valorar bien los medios poniendo
    en comparación el tipo de terapia, el grado de dificultad
    y de riesgo que
    comporta, los gastos necesarios
    y las posibilidades de aplicación con el resultado que se
    puede esperar de todo ello, teniendo en cuenta las condiciones
    del enfermo y sus fuerzas físicas y
    morales.

    Para facilitar la aplicación de estos
    principios
    generales se pueden añadir las siguientes
    puntualizaciones:

    – A falta de otros remedios, es lícito
    recurrir, con el consentimiento de¡ enfermo, a los medios
    puestos a disposición por la medicina más avanzada,
    aunque estén todavía en fase experimenta¡ y
    no estén libres de todo riesgo. Aceptándolos, el
    enfermo podrá dar así ejemplo de generosidad para
    el bien de la humanidad.

    – Es también lícito interrumpir
    la aplicación de tales medios, cuando les resultados
    defraudan las esperanzas puestas en ellos. Pero, al tomar una tal
    decisión, deberá tenerse en cuenta el justo deseo M
    enfermo y de sus familiares, así como el parecer de
    médicos verdaderamente competentes; estos podrán
    sin duda juzgar mejor que otra persona si el empleo de
    instrumentos y personal es
    desproporcionado a los resultados previsibles, y si las
    técnicas empleadas imponen al paciente sufrimientos y
    molestias mayores que los beneficios que se pueden obtener de los
    mismos.

    Es siempre lícito contentarse con los
    medios normales que la medicina puede ofrecer. No se puede, por
    lo tanto, imponer a nadie la obligación de recurrir a un
    tipo de cura que, aunque ya esté en uso, todavía no
    está libre de peligro o es demasiado costosa. Su rechazo
    no equivale al suicidio: significa más bien o simple
    aceptación de la condición humana, o deseo de
    evitar la puesta en práctica de un dispositivo
    médico desproporcionado a los resultados que se
    podrían esperar, o bien una voluntad de no imponer
    gastos
    excesivamente pesados a la familia o la
    colectividad.

    – Ante la inminencia de una muerte
    inevitable, a pesar de los medios empleados, es lícito
    en conciencia tomar la decisión de renunciar a unos
    tratamientos que procurarían únicamente una
    prolongación precaria y penosa de la existencia, sin
    interrumpir sin embargo las curas normales debidas al enfermo
    en casos similares. Por esto, el médico no tiene motivo
    de angustia, como si no hubiera prestado asistencia a una
    persona en peligro.

    CONCLUSION

    Las normas
    contenidas en la presente Declaración están
    inspiradas por un profundo deseo de servir al hombre
    según el designio del Creador.

    Si por una parte la vida es un don de Dios,
    por otra la muerte es ineludible es necesario, por lo tanto,
    que nosotros, sin prevenir en modo alguno la hora de la muerte,
    sepamos aceptarla con plena conciencia de nuestra responsabilidad y con toda dignidad. Es verdad,
    en efecto, que la muerte pone fin a nuestra existencia
    terrenal, pero, al mismo tiempo, abre
    camino a la vida inmortal. Por eso, todos los hombres deben
    prepara para este acontecimiento a la luz de los
    valores
    humanos, y los cristianos más aún a la
    luz de su
    fe.

    Los que se dedican al cuidado de la salud pública no
    omitan nada fin de poner al servicio de
    los enfermos y moribundos toda su competencia; y
    acuérdense también de prestarles el consuelo
    todavía más necesario de una inmensa bondad y de
    una caridad ardiente. Tal servio prestado a los hombres es
    también un servicio
    prestado al mismo Señor que ha dicho: «… Cuantas
    veces hicisteis eso a uno de estos mis hermanos menores, a
    mí me lo hicisteis» (Mi
    25,40)

    El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en el
    transcurso de una Audiencia concedida al infrascripto Cardenal
    Prefecto, ha aprobado esta Declaración, decidida en
    reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y
    ha ordenado su publicación.

    Roma, desde la Sede de la Sagrada
    Congregación para la Doctrir de: la Fe, 5 de mayo de
    1980.

    Posición de la
    Iglesia en
    Argentina:


    A) Muerte digna en
    Diputados

    Cautela de la Iglesia ante
    la iniciativa

    Curas y médicos católicos no
    rechazan el proyecto
    parlamentario, pero tienen algunas
    objeciones.

    La Iglesia mira con prudencia el proyecto de ley
    sobre la llamada

    "muerte digna", según la cual un enfermo
    terminal puede decidir que se le suspenda el tratamiento que lo
    mantiene con vida. Fuentes

    eclesiásticas encuentran positivo el
    hecho de acabar con lo que

    algunos denominan "encarnizamiento
    terapéutico"; es decir, mantener al pa ciente con vida a
    través de tratamientos excesivamente dolorosos y
    prolongados.

    "Hay que proteger al enfermo de los excesivos
    cuidados del sistema

    sanitario", señaló
    monseñor Héctor Aguer, obispo auxiliar de Buenos Aires, al
    ser consultado por La Nación.

    Muerte digna y
    eutanasia

    Asimismo, obispos y sacerdotes coinciden en
    señalar la diferencia

    esencial entre la muerte digna y la eutanasia,
    un sistema
    rechazado

    en casi todas las legislaciones del mundo y
    contra el cual la

    Iglesia sostiene, desde el Papa hasta el
    más remoto párroco, su

    firme oposición.

    En la eutanasia, el destino del enfermo no
    está en sus propias

    manos, sino en las del médico, quien se
    encarga de subir o bajar su

    pulgar y decidir así la continuidad de
    la vida del paciente,

    recordaron allegados a la
    Iglesia.

    Aunque la Iglesia mira con buenos ojos la
    muerte digna, Aguer objeta el hecho de que el proyecto de ley
    estipule que sólo el enfermo

    pueda decidir su deseo de interrumpir el
    tratamiento, y que no se

    admita la opinión de su familia. "Creo
    que no se le puede pedir a un paciente terminal que evalúe
    con claridad y estabilidad afectiva la

    decisión de discontinuar el
    tratamiento", aseguró.

    Los médicos católicos
    asienten

    El profesor Rubén Revello, master en
    bioética por la Universidad del
    Sacro Coure, de Milán, y perito de la Conferencia
    Episcopal, se

    manifestó conforme con la
    intervención de un juez en el caso de una persona incapaz.
    Además, dijo que le parece cruel que el médico
    esté obligado a comunicarle al paciente que tiene una
    enfermedad terminal, según establece el dictamen por
    mayoría de los legisladores.

    El dolor visto por los
    especialistas

    Comité de bioética:
    profesionales de distintas disciplinas se

    esfuerzan por curar el dolor espiritual de los
    enfermos.

    "Es fundamental que se empiece a tener en
    cuenta que el ser humano tiene que vivir dignamente hasta su
    última hora", asegura Ignacio

    Maglio, abogado miembro del Comité de
    Bioética del Hospital
    Muñiz.

    Un sacerdote, un abogado, médicos y
    enfermeros conforman ese comité interdisciplinario que se
    encarga de brindar cuidados paliativos a

    los enfermos terminales. Su función es
    justamente que los pacientes

    vivan su agonía de la mejor forma
    posible.

    A pesar de ver con aprobación que se
    permita al enfermo terminal

    decidir si continúa o no con los
    tratamientos que puedan causarle

    dolor, Maglio remarca que es fundamental
    acompañar al paciente,

    cuidarlo más allá de que no se lo
    pueda curar.

    "El dolor espiritual es mucho más
    insoportable que el físico. Muchos

    mueren infelices y abandonados; eso es lo que
    hay que tratar de

    evitar", comentó.

    Morir con angustia

    En un establecimiento como el Muñiz,
    donde se internan la mayor

    parte de los enfermos de Sida, los
    médicos deben enfrentarse con

    situaciones críticas a
    diario.

    Adriana Basombrío, médica
    infectóloga, afirma que la angustia es
    la

    sensación que invade a la mayoría
    de los pacientes que ve morir.

    "Cada vez que pasa una cosa así, es
    señal de que estamos haciendo

    algo mal", dice.

    Las actitudes del
    enfermo terminal en el momento más crítico pueden
    ser muy distintas: "Algunos saben que la muerte es inminente,
    pero

    no se rinden, otros dicen que no quieren sufrir
    más, que los ayudes

    a morir", dice
    Basombrío.

    En tanto, Olga Camargo, enfermera de la sala de
    Inmunodeprimidos, asegura que hay momentos en que el profesional
    se queda sin palabras. "Cuando el que se da cuenta que no se va a
    salvar, con

    todo su dolor, te toma de la mano y te ruega
    que lo dejes morir, es

    algo horrible, una de la cosas que más
    me cuesta asumir".

    Cuando se habla de muerte digna se cae muchas
    veces en el error de confundirla con la eutanasia. Maglio remarca
    que hay grandes

    diferencias entre una y otra. "La muerte digna
    apunta a controlar el dolor físico y espiritual del
    enfermo y lograr que termine sus días de la forma
    más pacífica posible.

    "En cambio, si se
    habla de provocar la muerte, nos acercamos a
    lo

    que es la eutanasia. Por eso, es importante que
    se respete la

    autonomía de los pacientes, pero no
    tiene que ser total. Si no

    caeríamos en el suicidio asistido del
    doctor Kervorkian", afirmó.

    Según Maglio, lo que debe definir la ley
    es aquello que se entiende

    por dignidad. Una definición adecuada
    tendría que abarcar, desde su punto de vista, tres cosas:
    eliminar el dolor físico, espiritual
    y

    social; ayudar al paciente a relacionarse con
    su entorno; y

    posibilitar que tome decisiones adecuadas desde
    su propio ser.

    "La forma de lograrlo es mediante el fomento de
    los cuidados

    paliativos. Deberían formarse equipos
    que puedan atender a los

    enfermos en sus casas y permitir que los
    familiares puedan tomar

    licencias en sus trabajos para cuidarlos,
    así los últimos días
    serán

    realmente dignas",
    señaló.

    Martín Rodríguez
    Yebra

    Controversia entre los
    especialistas

    Opiniones: distintas reacciones provocó
    entre los médicos

    consultados el proyecto sobre muerte
    digna.

    Especialistas en diversas áreas fueron
    consultados por La Nación

    acerca del proyecto de ley sobre muerte digna,
    el cual aboga por el

    derecho de cualquier enfermo terminal a decidir
    la suspensión del

    tratamiento médico para evitar el
    ensañamiento terapéutico.

    "Dios es el único que puede disponer
    sobre la vida y la muerte. El

    hombre no puede quebrar el orden de los ciclos
    naturales", dijo la

    licenciada en psicología
    Eloísa Abello, especialista en
    pacientes

    terminales.

    Además, señaló la
    importancia de hablar sobre la muerte, que deje de ser un
    tabú en la sociedad. "La muerte es parte de la vida y es
    una

    decisión interna no externa; por lo
    tanto, esta ley no aumentaría

    los casos de personas que quieren poner fin a
    su existencia",

    consideró la
    licenciada.

    Uno de los interrogantes que plantea el
    proyecto es cómo

    compatibilizar el juramento médico, por
    el cual todo profesional de

    la salud está obligado a
    prestar asistencia al enfermo hasta
    último

    momento, con el derecho del paciente -que
    protege esta ley- de

    interrumpir el
    tratamiento.

    "Toda persona tiene derecho a una vida y a una
    muerte digna, pero el médico tiene un juramento por el
    cual debe asistir al enfermo. Creo

    que no se puede legislar sobre un tema tan
    delicado que se enmarca en la libertad de conciencia entre el
    paciente y su médico",

    respondió el doctor Manuel Luis
    Martí, miembro del Comité de Ética del
    Hospital de Clínicas.

    Asimismo, destacó: "El pofesional debe
    encontrar un equilibrio
    entre el ensañamiento terapéutico, que sería
    una asistencia en exceso, y

    la eutanasia que sería por
    defecto.

    Para el doctor Jorge Mazzinghi, especialista en
    derecho de familia,

    "es legítimo que una persona decida no
    someterse al ensañamiento

    terapéutico, pero hay que diferenciar
    bien entre esto y la

    interrupción artificial de la
    vida".

    En el caso de enfermos incapaces de decidir, el
    proyecto prevé que

    un juez asuma la representación legal.
    Al respecto, Mazzinghi opinó

    que la intervención judicial en
    cuestiones tan íntimas como la

    interrupción del tratamiento
    médico en enfermos terminales es

    peligrosa porque supone la intromisión
    en la intimidad de la

    persona. Además, el doctor Mazzinghi
    indicó que antes que decidir un juez debiera hacerlo la
    familia del enfermo terminal.

    El proyecto en su artículo tercero
    prevé la intervención de un

    psiquiatra de un establecimiento oficial para
    estimar que la

    decisión de interrumpir el tratamiento
    fue tomada en forma libre por

    el enfermo. Para el psiquiatra y psicoterapeuta
    Daniel Coifman "el

    ser humano tiene la capacidad para tomar la
    decisión de interrumpir su tratamiento y morir de una
    forma digna; si alguien va a morir sufre menos al poder tomar
    decisiones y no sentirse víctima de
    un

    sistema que no le permite
    elegir".

    POSICION DEL
    ESTADO

    Antes que puntos claros , o conclusiones,
    respecto al tema, lo que tenemos es una innumerable lista de
    aspectos sin resolver que, creemos, deben tenerse en cuenta,
    aunque de por sí, de acuerdo con la definición dada
    más atrás, se podría aprobar o reglamentar
    este derecho. Aunque de por sí, en un país como el
    nuestro, podría ser causa más de perjuicios que de
    beneficios, dado que no están dadas las condiciones de
    conciencia, de legislación, y de cubrimiento necesarias
    para que se pueda tener de alguna manera en
    cuenta.

    Si se aprobara la Eutanasia por parte de un
    Estado, se deberían tener en cuenta aspectos como los
    siguientes:

    1.El testamento en Vida (o testamento vital) :
    Un testamento vital es un documento en el que el interesado
    expresa sus voluntad sobre las atenciones médicas que
    desea recibir caso de padecer una enfermedad irreversible o
    terminal que le haya llevado a un estado que le impida expresarse
    por sí mismo. Puede realizar su propio testamento vital
    personalizado, con las indicaciones y razonamientos que considere
    pertinentes. De este tipo de documentos
    existen muy variadas versiones, existen fundaciones en muchos
    países que asesoran a cualquier persona sobre este
    aspecto, de acuerdo con las leyes vigentes en cada país.
    Los argumentos que podrían estar a favor de ello pueden
    ser: El promedio de esperanza de vida ha aumentado enormemente en
    los países más prósperos. (y aún en
    países menos prósperos, como el nuestro) Ello nos
    beneficia mientras gozamos de un buen estado de salud. Pero los avances
    médicos, que han supuesto una gran mejora para la salud,
    pueden servir también para alargar el proceso de la
    muerte. En teoría,
    se necesita nuestro consentimiento para que se nos administre un
    tratamiento, pero la mayoría de la gente acepta
    automáticamente lo que el médico le suministra. Hay
    quien pasa meses, incluso años, con una calidad de
    vida tan pobre que llega a desear vehementemente morir. Lo
    que la mayoría de la gente desea En todos aquellos lugares
    en que se han realizado encuestas, la
    mayoría de la gente piensa que se debería permitir
    que los médicos pudiesen ayudar a morir a un paciente
    incurable si el paciente lo solicita . En la mayoría de
    los países en los que un médico lleva a cabo esta
    ayuda puede acusársele de homicidio, en
    Colombia, se
    llama homicidio por
    piedad y tiene cárcel de 6 meses a tres años. (Ley
    2241 art. 3261. Código. Penal Colombiano) 2.Se
    debería tener en cuenta el derecho a la intimidad, como lo
    consagra el artículo 15 de la Constitución de 1991. Y a la hora de
    legislar sobre la Eutanasia, habría de considerarse este
    derecho relacionado. 3.Tener en cuenta, el derecho a la libre
    disposición del cuerpo, como lo reconoce el derecho
    consuetudinario y reconocerle, así mismo, la posibilidad
    de la autonomía sobre su vida al ser humano. 4.Deben
    tenerse en cuenta o aplicarse los mismos principios a un
    paciente mentalmente capacitado que a otro afectado de muerte
    cerebral, en estado vegetativo persistente, o en estado grave e
    irreversible de demencia? Esto por que podría caerse a
    través de esto en una "eutanasia social" donde los
    desechables pueden ser eliminados muy suavemente, sin condenas
    morales y desconociéndoles de alguna manera sus más
    elementales derechos. 5.La aplicación continuada de medios
    extraordinarios para alargar la vida (o la agonía?) es una
    violación de los derechos constitucionales del paciente (o
    quien lo represente) sería ir contra la dignidad de la
    persona y contra su intimidad. 6.Si se hablase de pacientes
    mentalmente incapacitados para tomar una decisión de este
    tipo, ésta debe apoyarse en el principio de
    subrogación para proteger los derechos de
    autodeterminación y el bienestar del afectado
    directamente. Sin embargo, aquí podría caerse en el
    horroroso camino de decidir quien y como vive alguien al poder plantear
    la ley que si una persona no puede volver a tener una existencia
    "normal" consciente, íntegra y útil (en los mejores
    términos del utilitarismo) , significaría que
    sólo una vida "normal, íntegra y útil" es
    digna de protección legal. Serían los riesgos de las
    personas de determinada edad, o los llamados desechables.
    Más aún la pérdida de confianza en el
    médico o personal de la
    salud. A esto se contrapone que el simple hecho de que las
    funciones del
    paciente sean limitadas o que el pronóstico médico
    sea negativo, no implica que pueda disfrutar de lo que le queda
    de vida, ni que todos tengamos que ser homogéneos. 7.Se
    debe tener en cuenta el interés
    del paciente, cuando éste no haya decidido algo en
    condiciones de vida normales anteriores, en el interés
    del paciente, se hallarían implícitos aspectos como
    la calidad de la
    vida y la edad. 8.Sería aconsejable que los hospitales
    tuviesen comisiones éticas a la hora de tener que tomar
    decisiones de ésta índole, para aconsejar a los
    pacientes, si se puede, a los familiares y a los médicos y
    puedan establecer directrices hospitalarias sobre el trato a los
    moribundos. Idealmente, sería aconsejable que estas
    comisiones fueran interdisciplinarias, con médicos,
    abogados, psicólogos, enfermeras y sacerdotes entre otros.
    9.Al prolongarse inútilmente la agonía de una
    persona, se pone a la familia en situaciones que podrían
    llamarse inhumanas, se pueden destacar, en el país, los
    costos de tener
    una persona en unidad de cuidados intensivos, que
    fácilmente ascienden a $1.500.000.oo diarios, costos que
    difícilmente pueden sufragar familias de escasos recursos, (que
    entre otras, son el 60 % de la población colombiana, según datos optimistas)
    estos gastos, dan, por
    lo general, al traste con la economía familiar, no
    son difíciles de encontrar situaciones en las que la
    familia queda en la ruina por destinar todos los recursos
    disponibles en la atención de quien irremediablemente iba
    a morir. Definitivamente, en este país enfermarse es un
    lujo costoso. 10.El ejemplo anterior lo que nos muestra es una
    realidad tangible en nuestro país, donde la
    práctica de la medicina se ha deshumanizado como producto de
    una sociedad de economía capitalista
    salvaje, donde, prima el capital sobre
    la vida. 11.En muchos casos se alude que mantener una persona
    "que de todas formas se iba a morir" supondría una carga
    social y económica para la sociedad mantener con vida a
    esos seres tan deficientes. Hemos considerado que así como
    se dedican grandes presupuestos
    para la guerra interna
    en el país, se deben dedicar mínimos recursos para
    atender a estos desafortunados y darles un resto de vida digna o
    un camino hacia la muerte más digno. Pero que sea el estado
    quien atienda estas necesidades. 12.Si se legisla sobre la
    eutanasia (cosa no fácil de lograr), ésta
    legislación debe ser lo suficientemente amplia y clara
    para que quepa la posibilidad de que cada caso (por ejemplo el de
    la persona que padece una enfermedad incurable, dolorosa e
    irreversible; o el del cuadripléjico lucido a quien ya no
    le importa vivir) presenta sus propias y peculiares dificultades.
    Por otro lado, el estado
    "debe alentar a los individuos para que tomen decisiones con
    respecto a su futuro por sí mismos y de la mejor manera
    que puedan" (para que éstos decidan sobre su futuro
    autónomamente).

    Posición de la
    legislatura Argentina: (ver punto
    A)

    Derecho a morir: no hubo
    consenso

    Diputados: las divergencias sobre el
    proyecto llevaron a la

    Cámara alta a devolver el proyecto a
    la comisión respectiva.

    Un nuevo tropiezo tuvo en la Cámara de
    Diputados el proyecto de ley del régimen de los derechos
    de los enfermos terminales de interrumpir toda asistencia
    médica que signifique padecimiento, conocido como "muerte
    digna".

    La iniciativa ya había tenido dos
    postergaciones en su definición.

    Hace 15 días, cuando el cuerpo no
    consiguió quórum para sesionar oner que el proyecto
    vuelva a la comisión respectiva para

    reanalizarlo. Y así
    ocurrió.

    Se frustró ayer la media
    sanción de muerte digna

    A comisión: la diputada Zuccardi
    (Frepaso) impulsó el regreso; el

    proyecto fue criticado de innecesario,
    peligroso y confuso; será

    reformulado.

    La Cámara de Diputados no pudo dar ayer
    media sanción al proyecto de ley del régimen de los
    derechos de los enfermos terminales,
    más

    conocido como "muerte digna". Inesperadamente,
    la mayoría de los

    legisladores modificó su postura
    favorable a la iniciativa, de la

    semana última, y el cuerpo votó
    la vuelta a comisión de la

    propuesta.

    Las divergencias surgieron dentro mismo de las
    bancadas

    legislativas. Cristina Zuccardi de Flammarique
    (Frepaso-Mendoza)

    resultó la impulsora del regreso del
    proyecto a la Comisión de

    Salud.

    A lo largo de la discusión, su
    moción fue logrando el respaldo de

    otros pares como Antonio Erman González
    (PJ-Capital),
    Elisa Carrió (UCR-Chaco), Víctor Peláez
    (UCR-Neuquén), José David Ruiz Palacios
    (Acción Chaqueña), Rafael Bulacio (Fuerza
    Republicana-Tucumán), María Cristina Guzmán
    (Popular Jujeña), Nicolás
    Garay

    (Liberal-Corrientes), Juan Pablo Cafiero
    (Frepaso-Buenos Aires)
    y

    Juan Carlos Olima (PAIS-Capital),
    entre otros.

    El proyecto fue impulsado por los
    justicialistas Carlos Raúl Alvarez

    (Buenos Aires) y
    José Manuel Corchuelo Blasco (Chubut). Si bien la UCR
    presentó un dictamen de minoría -votarían
    favorablemente en

    general- varios radicales terminaron rechazando
    totalmente la

    propuesta.

    En el PJ, Erman González torció
    varias voluntades.

    La iniciativa establece que toda persona que
    padezca una enfermedad irreversible, incurable o terminal, o haya
    sufrido un accidente que la coloque en esa situación,
    informada fehacientemente, podrá oponerse a los
    tratamientos clínicos y quirúrgicos cuando ellos
    sean extraordinarios o desproporcionados y produzcan dolor o
    sufrimiento. Para esta conflictiva decisión, se fija un
    conjunto de requisitos, entre los cuales sobresale la plena
    capacidad mental del paciente para decidir, aunque se habilita a
    terceros para autorizar la interrupción de los
    tratamientos. La iniciativa prohibe expresamente, además,
    el ejercicio de la eutanasia. Durante el debate, el
    dictámen de mayoría tuvo el apoyo de las peronistas
    Silvia Martínez (Buenos Aires) y
    Gioconda Perrini (Tucumán) y del radical José
    Gabriel Dumon (Buenos Aires).
    Las principales objeciones al proyecto fueron las
    siguientes:

    La ley es innecesaria, porque ese derecho del
    paciente está legislado en el artículo 19, inciso
    3, de la ley 17.132, del ejercicio de la medicina, y está
    previsto en la Constitución
    Nacional.

    Es peligrosa, en virtud de los sistemas de
    medicina capitada (PAMI y obras sociales) obtienen ganancias
    pecuniarias con el no uso de los servicios. Se
    podría encubrir e inducir, por lo tanto, a que aquellos
    con menos recursos deban
    tomar decisiones sobre su muerte en relación a los
    costos de los
    sistemas de
    salud. Es confusa, por cuanto, según coincidieron los
    legisladores disidentes, se presta a dobles
    interpretaciones.

    Mientras Rodolfo Gazia (PJ-La Pampa) y Marcelo
    Stubrin (UCR-Capital)
    confiaron al cronista del diario
    La Nación
    su intención de "darle otra ronda de consultas" a la
    muerte digna, en el recinto Cristina Zuccardi negociaba la vuelta
    a comisión de la iniciativa con Corchuelo Blasco y con el
    jefe del bloque de la UCR, Federico Storani. En un clima de fracaso
    del proyecto, Corchuelo Blasco admitió que era
    preferible

    "no someterlo al riesgo". Storani y su
    correligionaria María del Carmen Banzas de Moreau (Buenos
    Aires) aprobaron el pase a comisión. En tanto, Alberto
    Natale (Demoprogresista-Santa Fe) entreveía jocosamente
    una "digna muerte para la muerte digna".

    La frepasista Cristina Zucardi bregó
    desde el comienzo por el "pase a comisión de una ley
    innecesaria, porque los derechos de los pacientes ya está
    legislado; se pretende, en realidad, proteger a los
    médicos de su responsabilidad".

    Erman González (PJ) propuso "que en vez
    de legislar para facilitar la muerte, el Congreso legisle para
    una vida digna". Para Peláez (UCR), "no existen las
    muertes dignas o indignas, aunque estas son más bien las
    del PAMI y por falta de atención
    adecuada".

    Por su parte, Ruiz Palacios (Acción
    Chaqueña) criticó "la intención de legislar
    sobre aspectos que hacen a la intimidad misma, como la dignidad y
    la muerte". La radical Carrió dijo que "para determinados
    estamentos sociales y culturales esto ya está legislado,
    pero a los pobres se los puede inducir a decidir su muerte por
    una cuestión de" costos".
    Según Bulacio, se trataba también de una norma
    "innecesaria", en tanto que Cafiero (Frepaso) sostuvo que "se
    habilitará una forma de eutanasia que afectará a
    sectores de menores recursos.

    OPINIONES EN OTROS
    PAISES

    Nunca el derecho a morir, por muy controvertido
    que sea, puede convertirse en el deber de morir. Siempre es mejor
    intentar eliminar el sufrimiento humano que eliminar al ser
    humano que sufre. Recurrir a los cuidados paliativos sobre
    enfermos terminales, aseguran una muerte digna para el ser
    humano.

    Una vez que los médicos renuncian al
    juramento Hipocrático, por el que deben defender la vida
    desde el momento de su concepción hasta su
    extinción natural, los límites de la
    actuación ético-médica se desdibujan. Esta
    es la conclusión a la que han llegado los representantes
    de la asociación holandesa "Grito por la vida", el mayor
    grupo de
    presión de este país contra la eutanasia y el
    aborto.

    EL ESPEJISMO DE LA
    EUTANASIA

    Los veinte años de
    autodeterminación para la eutanasia en Holanda y el
    peligro de los abusos que en nombre de una "buena, feliz e
    indolora muerte" se hacen con enfermos terminales es el espejo en
    el que parece que han de reflejarse el resto de países
    que, como España, no
    se han definido legalmente y de forma concluyente sobre este
    tema. Sólo los Países Bajos y Uruguay han
    traspasado esa frontera con leyes permisivas al respecto. La
    legalización de estas prácticas no afecta
    únicamente a una ética
    confesional particular, sino también al Estado, por su
    responsabilidad sobre la protección de la vida y el
    respeto a los
    derechos
    humanos.

    Cuando se establece un principio de
    selección sin límite, los resultados en la misma
    sociedad pueden llegar a ser desastrosos, por muy humanitarias
    que parezcan a primera vista las causas que se aducen para llevar
    a cabo estas "muertes médicamente asistidas", eufemismo
    utilizado para encubrir la ayuda al
    suicidio.

    Impresionante es la existencia en Holanda de un
    "pasaporte a la muerte" que autoriza la práctica de la
    eutanasia sobre el titular, pero más increíble
    resulta que muchos holandeses se vean obligados a llevar otro
    "pasaporte a la vida", que ya se conoce como "tarjeta no me
    matéis", por el miedo de caer enfermos y no tener la mente
    clara para poder
    decidir.

    ELIMINAR EL SUFRIMIENTO DEL
    HOMBRE Y NO AL HOMBRE QUE SUFRE

    Los múltiples casos documentados de
    muertes involuntarias ponen de manifiesto que no todo está
    bajo control, y que
    muchos enfermos a los que se les adelantó su final
    biológico nunca firmaron una autorización expresa
    para ello. La eutanasia infantil es el ejemplo más claro
    de la indefensión a la que se enfrentan niños
    nacidos con disminuciones físicas. Nunca el derecho a
    morir, por muy controvertido que sea, puede convertirse en el
    deber de morir. Los que apoyan la eutanasia afirman que esta
    medida se basa en la autodeterminación y la
    elección particular del paciente; sin embargo con lo que
    no cuentan es que el 1% de muertes producidas en este país
    en 1990 fueron provocadas por drogas
    mortales administradas sin su consentimiento. Esta estadística holandesa está recogida
    en el informe
    Remmelink, auspiciado por el Gobierno.

    Una alternativa importante a esta dolorosa
    situación por la que pasa tanto el enfermo como su familia
    es recurrir a los cuidados paliativos, que aseguran una muerte
    digna, y tener clara la postura de oposición al
    encarnizamiento terapéutico. No se prohíbe utilizar
    medicamentos para calmar los dolores, aunque eso suponga
    un

    acortamiento de la vida del paciente, ni existe
    ninguna obligación de prolongar a través de medios
    técnicos situaciones que conducen irremediablemente a la
    muerte. Los motivos de esperanza son muchos, y no se puede negar
    la evidencia: es siempre mejor intentar eliminar el sufrimiento
    humano que eliminar al ser humano que
    sufre.

    En Colombia esta
    prohibida, como en la mayor parte del mundo, la denominada
    eutanasia activa o que una persona concurra al medico para que le
    aplique una inyección letal.

    La eutanasia pasiva en la que la persona puede
    suspender un tratamiento o no recibirlo, no estaba reglamentada.
    Sin embargo existe un articulo que penaliza con hasta tres
    años de prisión a quien realizare un homicidio por
    piedad para poner fin a los sufrimientos. Este articulo
    seguirá en el Código, pero se le adjuntara otro que
    dice que no hay responsabilidad si el deceso se produjera en caso
    de enfermedad terminal o por autorización de la
    persona.

    CONCLUSIONES
    FINALES

    Es verdad que, cuando se habla de eutanasia,
    suavizamos el termino con un lenguaje
    afectivo para purificarlo de toda su carga negativa. No se quiere
    matar por capricho, por egoísmo o por simple utilidad, sino
    que se justifica como un gesto de cariño y
    compasión humanitaria, para eludir un desenlace
    trágico y doloroso. La buena intención pretende
    quitar el carácter de violencia e
    injusticia que todo atentado contra la vida encierra, como si
    tales sentimientos pudieran modificar el significado profundo de
    la acción.

    Podríamos decir que si la ultima
    alternativa para escapar de una muerte terrible, insoportable y
    angustiosa fuera el empleo de la
    eutanasia, la condena de esta ultima se haría harto
    difícil. Resultaría monstruoso dejar morir a una
    persona en medio de dolores intolerables sabiendo que no existe
    ninguna posibilidad de salvación. Un espectáculo
    que se haría igual de irresistible para cualquiera que lo
    presenciara.

    Para facilitar una muerte serena y dulce, a la
    que todos tienen derecho, no es preciso llegar a tanto. Con los
    principios
    dados anteriormente se consigue obtener esa misma finalidad, pero
    dentro de un espacio ético y sin invadir la frontera que
    delimita un derecho intangible: el respeto a la
    vida
    .

    La fuerza de este
    presupuesto esta
    avalada por una conciencia casi universal. Hasta los mismos
    defensores de la eutanasia y los diferente proyectos
    presentados en algunos piases para su legalización civil,
    en algunos casos concretos no se refiere nunca a la eutanasia
    impuesta o involuntaria, sino que exige siempre la previa
    conformidad del sujeto debidamente constatada. La equivocidad del
    termino provoca en muchos lamentables confusiones. Pedir su
    tolerancia
    legal no significa permitir la muerte involuntaria del enfermo.
    Unas veces se trata de reconocer, con una legislación
    adecuada, el derecho del paciente a una muerte digna y sin
    encarnizamientos terapéuticos. En otras se pretende una
    defensa del medico contra posibles denuncias de familiares por
    interrumpir un tratamiento sin sentido o no prolongar
    absurdamente la vida. En algún caso se pide también
    que, aunque la eutanasia sea intolerable, no se la considere
    tampoco como un delito criminal;
    entonces… ¿Sería lícita la eutanasia
    voluntaria?

    Aún existen muchos aspectos
    indeterminados en torno a la
    eutanasia, cabe mencionar algunos como la dignidad humana y la
    autonomía, el no tomar al ser humano desde un punto de
    vista eminentemente biológico, la calidad de la
    vida y la libertad de elección. Sin dejar de tener en
    cuenta la ambigüedad a la que se puede llegar con su
    eventual legalización.

    Sin embargo, la discusión sigue
    abierta…

    BIBLIOGRAFIA

    Andrew Vargas – Bioética –
    Ed. Paulinas

    Eduardo Arcusa – Responsabilidad Medica – Ed.
    Paulinas

    Eduardo Lopez Aspitarte – Etica y Vida – Ed.
    Paulinas

    Sagrada Congregacion para la Doctrina de la Fe
    – Apendice II – Tratado sobre la Eutanasia

    Luis Aldo Ravaioli – Valoración
    ética
    de la eutanasia – Ed. Serviam

    Diario LA NACION (Buenos
    Aires, Argentina)

    Consulta de los articulos de los
    dias:

    Jueves 22 de mayo de 1997

    Domingo 12 de enero de
    1997

    Jueves 14 de noviembre de
    1996

    Viernes 8 de noviembre de
    1996

    Consultas a Internet, mediante el
    explorador Altavista

    Trabajo realizado por*:

    BAENA, CECILIA

    BECCO, GUILLERMO

    FIGUEROA, EDUARDO

    *Pretendimos proporcionar información del tema pero nuestras
    convicciones personales son opuestas totalmente a favorecer la
    eutanasia, la cual debería ser claramente diferenciada de
    la distanasia. Al final de la misma se proporciona
    bibliografía.

    Queremos destacar nuestra condición de
    CATOLICOS y como soldados de Cristo que somos, daremos testimonio
    de ello, ya sea en nuestras vidas o bien en esta monografía
    consultando fuentes de la
    Iglesia Católica.

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