Vocabulario
Adicional
A
A LA PAR
Expresión relativa a los títulos de crédito, especialmente a los emitidos en
serie que se utiliza cuando su valor efectivo
es igual a su valor nominal,
bien sea en el momento de la emisión o posteriormente, en
su negociación.
ABONAR
Anotar en las cuentas las
diferentes partidas que corresponden al haber. Una cuenta se
abona cuando aumenta el pasivo, cuando aumenta el capital o
cuando disminuye el activo. Hacer pagos parciales a cuenta de un
adeudo. Registrar los ingresos
percibidos como una utilidad diferida
o postergada, sin computarla entre los beneficios realizados,
hasta el momento en que el servicio se
presta.
ABRIR LOS LIBROS
Registrar en un libro mayor,
uno o más asientos de diario, relativos a activos, pasivos
o las cuentas de
capital de una
empresa, al
comenzar ésta sus actividades, o después de una
reorganización, o cuando se instala un nuevo sistema contable.
Abrir nuevamente las cuentas de
activo, de pasivo y de capital, al
comenzar un periodo contable, bien sea por un asiento de diario o
traspasando los saldos existentes a una nueva cuenta, al cierre
del periodo inmediatamente precedente, después de haber
cerrado las cuentas.
ABROGAR
Privar totalmente de vigencia una ley, reglamento o
código. Dejar sin efecto una disposición legal que
puede ser expresa, por una disposición específica o
en virtud de un precepto contenido en una disposición
posterior; o puede ser tácita, es decir, resultante de la
incompatibilidad que existe entre las disposiciones de la misma
ley y de la
anterior.
ABSORBER
En contabilidad
se utiliza esta palabra para referirse a la operación
mediante la cual, una o más cuentas se hacen
cargo o reciben el saldo deudor o acreedor de otra o de
otras.
ACCESORIOS
Ingresos
captados por el Gobierno Federal
derivados del incumplimiento de las obligaciones
fiscales por parte de los contribuyentes tales como recargos y
multas. Dicho concepto se ubica
en el Artículo 1, Fracción I, Inciso 10 de la
Ley de
Ingresos de la
Federación, y se integra por los incisos siguientes:
gastos de
ejecución, recargos, sanciones, e indemnizaciones,
(cheques
girados por contribuyentes y no cobrados por las autoridades
fiscales correspondientes).
ACCION
Hecho por medio del cual se ejecutan los proyectos y
actividades de la administración. Se aplica también
para establecer divisiones del trabajo o para distinguir o
diferenciar algunos actos especializados, como son: acción
administrativa, acción política,
acción técnica, y acción de reforma
administrativa, entre otros.
Cada una de las partes en que se considera dividido el capital social
de una sociedad
anónima o de una sociedad en
comandita por acciones.
Título de crédito
que sirve para acreditar y transmitir la calidad y los
derechos de
socio, en esta clase de sociedades.
La acción posee tres valores:
nominal, contable y de mercado.
El valor nominal
es aquél que resulta de dividir el capital social
entre el número de acciones de
la empresa en
un determinado momento.
El valor contable
de una acción es aquél que resulta de dividir el
capital contable entre el número de acciones de
la empresa en
un determinado momento.
El valor de
mercado es
aquél que la oferta y la
demanda
determinan en cierto momento y con cierto volumen de
operaciones.
ACCION ACUMULATIVA
Son los títulos preferentes que dan derecho a un dividendo
mínimo garantizado del cinco por ciento en la inteligencia
de que si en algún ejercicio social no hay utilidades, o
las obtenidas son inferiores a dicho porcentaje, se
cubrirá éste en los años
siguientes.
ACCION BURSATIL O CON LIQUIDEZ
Es aquel título que tiene una amplia aceptación en
el mercado de
valores, registrando un elevado índice de operaciones y
garantizando su liquidez inmediata. La acción más
bursátil es aquélla que registra un mayor
número de operaciones en
bolsa.
ACCION CAMBIARIA
La que se ejercita por falta de aceptación parcial o
total, por carecer de pago parcial o total, o cuando el girado o
el aceptante de una letra de
cambio fueron declarados en estado de
quiebra o de
concurso.
ACCION COMUN U ORDINARIA
Parte proporcional del capital en una empresa que
otorga el derecho al tenedor sobre una parte de las utilidades o
sobre remanentes de los activos de
la empresa una
vez que se haya pagado a los acreedores y a los accionistas
preferentes, en caso de liquidación.
ACCION DE CRECIMIENTO
Es el título a través del cual la empresa suele
reinvertir las utilidades que garantizan el crecimiento y
éste se manifiesta en los precios a que
cotiza en bolsa.
ACCION DE INDUSTRIA O
TRABAJO
No son acciones
propiamente dichas, dado que no forman parte del capital social,
sin embargo se les denomina así a aquéllas que se
otorgan a empleados o funcionarios que trabajan dentro de una
empresa.
Se pueden emitir acciones
especiales de industria o
trabajo, cuando así lo estipulen las escrituras sociales
de la empresa, a
favor de aquellas personas que presten sus servicios a la
sociedad. En
estas acciones se hará constar que son intransferibles y
además todas las normas respecto a
la forma, valor y otras condiciones que les correspondan.
La utilidad a que
dan derecho estas acciones, es adicional a la
participación de utilidades que por ley les
corresponde a los trabajadores.
ACCION DIRECTA
Derecho que tiene el tenedor de una letra de
cambio para exigir a los obligados el pago del importe de la
misma y de los accesorios legales. Se dice que es directa la
acción cambiaria cuando se ejercita contra el aceptante o
sus avales.
ACCION EN TESORERIA
Son los títulos nominativos de una empresa que no
han sido suscritos.
En las sociedades
anónimas de capital fijo, las acciones en tesorería
son aquéllas que no están suscritas al momento de
su constitución, sino que del total del
capital social emitido, únicamente se suscribe el
mínimo legal, el que siempre se mantiene en
depósito en el Instituto para el Depósito de
Valores
(INDEVAL). En las sociedades
anónimas de capital variable también es frecuente
encontrar al capital social autorizado o emitido no suscrito.
Las sociedades
anónimas no pueden adquirir sus propias acciones, salvo
por adjudicación judicial en pago de créditos de la
sociedad. En
tal caso venderá las acciones dentro de tres meses a
partir de la fecha en que legalmente pueden disponer de ellas; si
no lo hiciere en ese plazo, las acciones quedarán
extinguidas y se procederá a la consiguiente
reducción del capital.
ACCION NOMINATIVA
Título que lleva el nombre de su propietario y cuya
propiedad no
puede transferirse sin llenar ciertos requisitos de endoso y
registro. Los
dividendos que paguen las empresas
serán deducibles de impuestos,
sólo si se hacen con cheque
nominativo, correspondiente al titular de la acción.
ACCION PREFERENTE
Son aquéllas que gozan de ciertos privilegios o derechos sobre las
demás acciones que integran el capital social de una
sociedad,
tales beneficios se refieren generalmente a la primacía en
el pago en caso de liquidación o amortización,
cuando ésta ha sido prevista en los estatutos, así
como la percepción
de dividendos que, casi siempre, se limita a un porcentaje
determinado sobre el valor de aportación de esta clase de
documentos.
ACCION VOLATIL
Se denomina así a los títulos cuyo precio en el
mercado sufre
mayor variación que las demás.
Es posible expresar que el mercado de
valores es volátil cuando el índice de
cotizaciones manifiesta variaciones acentuadas.
ACCIONES AL PORTADOR
Aquéllas que no expresan el nombre de su propietario y
cuya cesión se verifica por la sola transmisión del
título.
Dichos títulos son negociables sin necesidad de endoso, y
transferibles mediante su simple entrega, como se hace con los
bonos que
contienen cupones (bonos al
portador), los certificados o títulos de acciones llevan
también cupones de dividendos, numerados o fechados. En
México
sólo existen acciones nominativas.
ACCIONES AMORTIZABLES
Son los títulos que, de acuerdo con la Ley General de
Sociedades
Mercantiles y la escritura
constitutiva de la empresa, pueden
amortizarse con las utilidades por disposición de la
asamblea de accionistas.
ACCIONES CON VALOR NOMINAL
Aquéllas en que se hace constar numéricamente el
valor de la aportación.
ACCIONES CONVERTIBLES
Son las acciones preferentes que nacen con un privilegio especial
por ejemplo, al constituirse la sociedad "X" las
acciones serie "B", preferentes, gozarán de dividendo
acumulativo, pero al finalizar el décimo ejercicio social
se convertirán en acciones ordinarias.
ACCIONES DE APORTACION RETENIDAS EN PRENDA
Son cuentas de orden que tienen como finalidad registrar a valor
nominal, el importe de las acciones que debe retener la sociedad
en calidad de
depósito, durante dos años, cuando hayan sido
cubiertas en especie.
ACCIONES DE GOCE
Las que se emiten en sustitución de las amortizadas, para
hacer constar una participación en las utilidades de la
compañía.
ACCIONES DE LIBRE SUSCRIPCION
Es el mecanismo tradicional al que han acudido los inversionistas
extranjeros para adquirir valores de
empresas
mexicanas. Las acciones de libre suscripción o serie "B",
de acuerdo con la regulación vigente, no tienen
restricciones para ser adquiridas por extranjeros. Las acciones
de libre suscripción ofrecen a los inversionistas
extranjeros los mismos derechos de propiedad y
corporativos que a los ciudadanos mexicanos.
ACCIONES DE VOTO ILIMITADO (ORDINARIAS O COMUNES)
Aquéllas que no tienen limitación alguna para votar
en todos los asuntos que atañen a la sociedad. Sus
propietarios son los que administran la sociedad.
ACCIONES DE VOTO LIMITADO (PREFERENTES)
Aquéllas que sólo tienen derecho a votar en ciertos
asuntos de la sociedad, determinados en el contrato
correspondiente. Como compensación las acciones de voto
limitado, casi siempre son preferentes o bien tienen derecho a un
dividendo acumulativo o superior al de las acciones comunes.
ACCIONES DESERTAS
Son las acciones cuyo importe no ha sido exhibido en los plazos y
condiciones que fijan los estatutos de la sociedad.
ACCIONES ENDOSADAS
Se dice de las nominativas, cuya propiedad se
ha transferido por medio de endoso.
ACCIONES GARANTIZADAS
Títulos comunes o preferentes cuyos dividendos son
garantizados por otra sociedad.
ACCIONES LIBERADAS
Son aquéllas que han sido pagadas
totalmente.
ACCIONES PARTICIPANTES
Son títulos preferentes que participan de un dividendo
fijo y un dividendo extraordinario.
ACCIONES READQUIRIDAS
Son los títulos cuya propiedad ha
revertido la compañía emisora después de su
readquisición, donación o liquidación de una
deuda. Si las acciones readquiridas se conservan en vigor, es
decir, si los certificados no se cancelan se conocen con el
nombre de acciones de tesorería. Si los certificados se
readquieren de acuerdo con un plan de rescate,
como en el caso de ciertos tipos de acciones preferentes, se
considera que la cancelación ocurrió
simultáneamente con el acto de readquisición,
soslayándose la categoría de "tesorería", y
entonces se dice que las acciones están "retiradas".
ACCIONES SIN VALOR NOMINAL
Aquéllas que no expresan el monto de la aportación
y simplemente establecen la parte proporcional que representan en
el capital de la sociedad.
ACCIONES SUSCRITAS
Son los títulos que representan una parte del capital
social y cuyo importe han pagado los accionistas o se han
obligado a pagar los accionistas.
ACCIONISTA
Es el propietario legal de una o más acciones de capital
social (o en acciones) de una compañía. Los
accionistas asisten a las asambleas anuales ordinarias o
extraordinarias, u otorgan poderes para votar en estas asambleas
a otras personas. Los accionistas tienen facultades para
autorizar o ratificar a instancias de la dirección, realizar enmiendas a la escritura de
constitución de la sociedad, proponer
enmiendas a los estatutos, a menos que el control sobre los
estatutos se haya transferido al consejo de administración, una fusión o
una consolidación con otra compañía;
autorizar la venta de una
parte importante del activo o del negocio; la disolución
de la compañía; gravámenes determinados
sobre las acciones; elección o remoción de los
directores; aprobación de los actos de los directores y de
la gerencia
durante el ejercicio social inmediato anterior.
ACEPTACION
Letra de
cambio con promesa de pago que hace el girador de la misma y
que, por lo general, se indica mediante la inscripción en
la cara posterior del propio documento de la palabra de "acepto"
o "aceptamos", seguida de la fecha, el lugar de pago y la firma
del aceptante. Cualesquier palabra que indique la
intención del librado de aceptar o pagar la letra es en
este caso suficiente. El efecto de la aceptación es hacer
que la letra sea equivalente a un pagaré,
con el aceptante como librador y el girador como endosante.
ACEPTACION BANCARIA
Son letras de cambio giradas
por una empresa en favor de un banco, son
cotizadas por las casas de bolsa en términos de tasas de
descuento y las operaciones se
realizan por conducto de la Bolsa Mexicana de Valores y las
mesas de dinero de los
bancos, su
rendimiento se sitúa entre los CETES (Certificados de
Tesorería) y el papel
comercial.
ACEPTACION COMERCIAL
La letra de
cambio aceptada en pago de ciertas y determinadas
mercancías o servicios
comerciales que han sido suministrados al aceptante.
ACEPTANTE O PAGADOR
El que accede y por lo tanto se obliga a pagar una letra de
cambio contra él.
ACRECENTAMIENTO
Suma que se agrega al principal o a los ingresos de un
fondo, como resultado de un plan de
acumulación, que es distinto del aumento por
plusvalía e incremento. En un fondo para pensiones, por
ejemplo, un acrecentamiento puede provenir de las contribuciones
de una nómina
de sueldos o de los productos
recibidos de las inversiones
del propio fondo. Es el aumento en el valor económico por
cualquier causa, como por ejemplo, el crecimiento de los
árboles de un bosque, el añejamiento de los vinos,
el aumento de los rebaños, etc.
ACREDITADO
En lenguaje
jurídico, él que recibe un préstamo o una
apertura de crédito.
ACREDITANTE
En lenguaje
jurídico, él que hace una apertura de crédito, él que concede un crédito
o un préstamo.
ACREDITAR
Abonar una partida en un libro de
contabilidad.
Dar testimonio en documento fehaciente de que una persona tiene
facultades para desempeñar una comisión, encargo
diplomático, oficial, comercial o de cualquier otro
género.
ACREEDOR
Toda persona física o moral que
tiene derecho a exigir de otra una prestación cualquiera.
Toda persona física o moral que en
un negocio entrega valores,
efectos, mercancías, derechos o bienes de
cualquier clase y recibe en cambio una
promesa de pago o un crédito que establezca o aumente un
saldo a su favor.
Aquél que tiene crédito a su favor, es decir, que
se le debe. Dentro del mecanismo de la partida doble, es
acreedora la cuenta que entrega y da salida a algo o bien
aquélla que acumula o registra un beneficio.
ACREEDOR COMUN
Recibe esta clasificación el acreedor que en un concurso
civil o en una quiebra carece
de privilegios en relación con el crédito.
ACREEDOR GARANTIZADO
Persona cuyos
derechos sobre
otra están protegidos con garantía adicional o con
una hipoteca u otro embargo preventivo; si la protección
es amplia, los derechos se consideran "totalmente garantizados",
si la protección no es completa, se dice que los derechos
están "parcialmente garantizados".
ACREEDOR PREFERENTE O PRIVILEGIADO
Persona cuyos
derechos sobre otra, particularmente en el caso de insolvencia o
de quiebra,
tienen precedencia sobre los derechos de otros acreedores. Como
ejemplo de acreedores preferentes pueden citarse a los
trabajadores respecto a sus salarios y al
fisco por los impuestos que
pudieran resultar a cargo de la empresa.
ACREEDORES DIVERSOS
Cuenta colectiva cuyo saldo representa el monto total de adeudos
a favor de varias personas cuyos créditos no aparezcan en
otra forma en la contabilidad.
Son las personas o negocios a
quienes se debe por un concepto distinto
de la compra de mercancías o servicios.
ACREEDORES OFICIALES
Organismos u organizaciones
públicas o internacionales a las que les adeuda un
gobierno,
incluye: a) los préstamos de organismos internacionales
(préstamos multilaterales), es decir, préstamos y
créditos del Banco Mundial,
los bancos regionales
de desarrollo y
otros organismos multilaterales e intergubernamentales; y b) los
préstamos otorgados por gobiernos (préstamos
bilaterales), es decir, préstamos de gobiernos y sus
organismos (incluidos los bancos centrales)
y préstamos de organismos públicos
autónomos.
ACREEDORES PRIVADOS
Personas físicas o morales a las cuales se les adeuda,
incluye los préstamos de: a) proveedores,
es decir, créditos de fabricantes, exportadores u otros
proveedores de
mercancías; b) mercados
financieros, es decir préstamos de bancos privados y
otras instituciones
financieras privadas y los bonos emitidos
por el gobierno y
colocados en el sector privado; y c) otras fuentes, es
decir, los pasivos externos correspondientes a bienes
nacionalizados y deudas sin clasificar contraidas frente a
acreedores privados.
ACREEDORES SOLIDARIOS
Son los que participan solidariamente en la titularidad de un
crédito, encontrándose facultados para exigir de
todos los deudores solidarios o de cualquiera de ellos el pago
total o parcial de la deuda.
ACTA
Documento en que se da constancia de los hechos, acuerdos y
decisiones efectuadas en la celebración de una
reunión, y que es redactada por la persona autorizada para
hacerlo.
ACTA CIRCUNSTANCIADA
Documento mediante el cual consta la destrucción de la
documentación contable generada por las dependencias y
entidades, previa autorización de la Unidad de Contabilidad
Gubernamental e Informes sobre
la Gestión
Pública de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.
ACTA CONSTITUTIVA
Documento o constancia notarial en la que se registran los
datos
referentes a la formación de una sociedad o
agrupación. Se especifican bases, fines, integrantes de la
agrupación, funciones
específicas de cada uno, firmas autentificadas y
demás información fundamental de la sociedad que
se constituye.
ACTAS, LIBROS
DE
El libro que de
acuerdo con la legislación mercantil deben llevar algunas
sociedades,
especialmente las compañías por acciones, para
asentar en él las actas de las sesiones de su consejo de
administración, y de sus asambleas de
accionistas. Cualquier libro donde se
asienten las actas correspondientes a determinados hechos o
juntas. Algunas compañías acostumbran llevar
libro de actas
especiales para asentar las resoluciones de las diversas
"comisiones" de su consejo, por ejemplo: "libro de actas de la
comisión ejecutiva", "libro de actas de la comisión
de operaciones",
"libro de actas de la comisión de régimen
interior". Otras empresas
también llevan un libro de actas de "inspección
oficial", donde se levantan las correspondientes a las visitas de
inspección que les practican diversas dependencias del
gobierno.
ACTIVIDAD
Es el conjunto de acciones que se llevan a cabo para cumplir las
metas de un programa o
subprograma de operación, que consiste en la
ejecución de ciertos procesos o
tareas (mediante la utilización de los recursos
humanos, materiales,
técnicos, y financieros asignados a la actividad con un
costo
determinado), y que queda a cargo de una entidad administrativa
de nivel intermedio o bajo.
Es una categoría programática cuya producción es intermedia, y por tanto, es
condición de uno o varios productos
terminales. La actividad es la acción presupuestaria de
mínimo nivel e indivisible a los propósitos de la
asignación formal de recursos.
ACTIVIDAD ECONOMICA
Conjunto de acciones que tienen por objeto la producción, distribución y consumo de
bienes y
servicios
generados para satisfacer las necesidades materiales y
sociales.
ACTIVIDAD FINANCIERA
Es el conjunto de operaciones que se efectúan en el
mercado de
oferentes y demandantes de recursos
financieros, incluyendo aquellas operaciones que intervienen en
la formación del mercado de
dinero y de
capitales.
ACTIVIDAD INSTITUCIONAL
Conjunto de operaciones que realizan las unidades responsables o
ejecutoras de los recursos
públicos para cumplir con su "misión".
Su ejecución conduce directamente a la producción de un bien o la
prestación de un servicio para
atender a un usuario o "cliente".
ACTIVIDAD PUBLICA CENTRAL
Conjunto de acciones realizadas por las dependencias
administrativas integradas por: la Presidencia de la
República, las Secretarías de Estado, los
Departamentos Administrativos que determine el Titular del
Ejecutivo Federal, los Organos Autónomos, la
Procuraduría General de la República y los Poderes
Legislativo y Judicial.
ACTIVIDAD PUBLICA PARAESTATAL
Conjunto de acciones realizadas por los organismos
descentralizados, las empresas de
participación estatal, las sociedades nacionales de
crédito, las instituciones
nacionales de seguros y los
fideicomisos.
ACTIVIDADES EMPRESARIALES
Conjunto de acciones realizadas por empresarios privados en las
diferentes áreas económicas tales como las
comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas,
silvícolas, pesqueras, mineras y de servicios.
ACTIVO
Está formado por todos los valores
propiedad de
la empresa o institución, cuya fuente de financiamiento
originó aumentos en las cuentas pasivas. Conjunto de
bienes y
derechos
reales y personales sobre los que se tiene propiedad.
Término contable-financiero con el que se denomina a los
recursos
económicos bienes
materiales,
créditos y derechos de una persona, sociedad,
corporación, entidad o empresa; son los recursos que se
administran en el desarrollo de
las actividades, independientemente de que sean o no propiedad de
la misma empresa.
ACTIVO AMORTIZABLE
Aquellos bienes o derechos que por agotamiento, por el transcurso
del tiempo o por
otras causas ajenas a la fluctuación de precios en el
mercado, disminuyen constante o periódicamente de valor,
el cual debe reducirse en los libros en la
cantidad correspondiente. En esta clase de activo se incluyen:
yacimientos de minerales,
derechos de autores, concesiones del Estado, los
gastos de
instalación, los de organización, y en general, todos aquellos
bienes o derechos agotables por propia naturaleza y cuya
disminución en valor no puede evitarse por medio de
gastos de
reparación o de conservación como sucede con el
activo fijo de carácter tangible. Los bosques y los montes
madereros comúnmente se incluyen en esta categoría,
aún cuando son susceptibles de conservación
mediante una reforestación adecuada.
ACTIVO CIRCULANTE
Aquellos derechos, bienes materiales o
créditos que están destinados a la operación
mercantil o procedente de ésta, que se tienen en
operación de modo más o menos continuo y que, como
operaciones normales de una negociación pueden venderse, transformarse,
cederse, trocarse por otros, convertirse en efectivo, darse en
pago de cualquier clase de gastos u obligaciones o
ser material de otros tratos semejantes y peculiares de toda
empresa industrial o comercial. Los bienes que forman el "activo
fijo" y el "activo diferido", aún cuando ocasionalmente
pueden ser objeto de alguna de las operaciones señaladas,
no lo son de manera constante dado su origen y finalidad. Se
considera como activo circulante, al activo convertible a
efectivo o que generalmente se espera convertir en efectivo
dentro de los próximos doce meses. Se incluyen bajo este
rubro conceptos tales como: valores negociables e inventarios,
efectivo en caja y bancos, los
documentos y
cuentas por
cobrar, los inventarios de
materias primas, de artículos en proceso de
fabricación y de artículos determinados, las
inversiones en
valores que no tengan por objeto mantener el dominio
administrativo de otras empresas, y otras
partidas semejantes. Préstamos a cargo de funcionarios y
empleados de las empresas, pueden mostrarse en el balance
general formando parte del activo circulante, pero es
conveniente agruparlos separadamente bajo un título
especial.
ACTIVO CONGELADO
Se designan con este nombre aquellas partidas del activo de las
cuales no se puede disponer fácilmente por consistir en
créditos dudosos o venidos a menos; en mercancías o
productos
pasados de moda; en
general en bienes o inversiones
del activo circulante para los cuales no hay mercado. Aunque en
el balance
general no se hace aparecer el nombre de "activo congelado",
es conveniente que el auditor clasifique, señale o
comente, de modo apropiado, el importe de las partidas
correspondientes.
ACTIVO CONSUMIBLE
Activo fijo que tiene una vida útil limitada y está
sujeto a depreciación; cualquier activo fijo,
exceptuando los terrenos, cuyo pago, menos su valor de desecho
estimado, es asignable durante el periodo de uso o utilidad; un
activo de vida limitada. Un activo que disminuye su valor en
razón de manera conmensurable con la extracción o
remoción de producto
natural; por ejemplo, los minerales,
el
petróleo, etc.
ACTIVO CONTINGENTE
Partida de activo cuya existencia, valor y derecho de propiedad
dependen de que ocurra o no un suceso determinado, o de la
ejecución o no de un acto específico; contrasta con
pasivo contingente, derivándose frecuentemente de este
último tipo de pasivo.
ACTIVO CORRIENTE
Efectivo y demás bienes que pueden convertirse en dinero,
venderse o consumirse dentro del término de un año
o dentro del ciclo operacional (el que tenga mayor
duración) sin interferir las operaciones normales del
negocio.
ACTIVO DE ADMINISTRACION
Representa los valores de
operaciones que son de índole presupuestario y en su
mayoría se trata de cuentas de control sobre el
manejo de fondos.
ACTIVO DE BIENES DE INVENTARIO
Representa los bienes muebles e inmuebles que son propiedad del
Gobierno Federal,
destinado al servicio
público.
ACTIVO DE ERARIO
Representa las inversiones
que realiza el gobierno y los bienes que son susceptibles de
enajenación, mismos que se adquieren mediante el ejercicio
de la Ley de Ingresos de la
Federación.
ACTIVO DE LIQUIDEZ INMEDIATA
Existencias en caja y bancos y otras partidas de activo
fácilmente convertibles a efectivo, no asignadas a fines
específicos distintos al pago de una partida de pasivo
circulante, o una inversión fácilmente realizable. El
término mencionado es menos restrictivo que el activo
disponible, y también mucho más restrictivo que
activos
realizables.
ACTIVO DE REALIZACION INMEDIATA
Se refiere al efectivo y en general a cualquier inversión que fácilmente puede ser
convertida en efectivo.
ACTIVO DEVENGADO
Importe del interés,
comisión o los servicios prestados a terceros u otros
conceptos de ingreso no recibido ni vencido, pero sí
ganado, que forma parte frecuentemente de un todo mayor. Cuando
una partida de esta índole se encuentra vencida, si
aún se considera cobrable, se clasifica usualmente como
una cuenta por cobrar.
ACTIVO DIFERIDO
Está integrado por valores cuya recuperabilidad
está condicionada generalmente, por el transcurso del
tiempo, es el
caso de inversiones
realizadas por el negocio y que en un lapso se convertirán
en gastos.
Así, se pueden mencionar los gastos de instalación,
las primas de seguro, etc.
Representa erogaciones que deben ser aplicadas a gastos o
costos de
periodos futuros, por lo que tienen que mostrarse en el balance a
su costo no
devengado, es decir, se acostumbra mostrar únicamente la
cifra neta y no la cantidad original.
La porción de ciertas partidas de gastos que es aplicable
a ejercicios o periodos posteriores a la fecha de un balance
general. En mejores términos, debe designarse con el
nombre de "cargos diferidos"o de "gastos diferidos", ya que no se
trata sino de determinados gastos cuya aplicación se
difiere o pospone por no corresponder al ejercicio que se
concluye. Algunas veces se incluye el "activo congelado" dentro
del "activo diferido", así como otras partidas en activo
cuya realización no puede esperarse sino después de
un tiempo largo.
Por ejemplo: la capitalización de rentas en virtud de un
contrato de
arrendamiento por el cual las rentas pueden ser aplicadas como
tales o bien a cuenta del precio de
compra del inmueble, a opción del arrendatario
respectivo.
Los gastos de organización atendidos anticipadamente y
que se amortizan o difieren en varias anualidades, los
fondos para atender la amortización de bonos, las
reclamaciones tributarias, las cuentas incobrables que deban
amortizarse en varias anualidades y los
depósitos de garantía, son cuentas del activo
diferido.
ACTIVO DISPONIBLE
Bajo este rubro se incluyen: el efectivo en caja, los
depósitos a la vista en instituciones
bancarias, los fondos en tránsito, los documentos de
cobro inmediato, los fondos o recursos de que se puede disponer
inmediatamente, para cubrir las erogaciones ordinarias de los
negocios. Los
fondos separados para algún fin particular, los retenidos
por un fideicomisario como una garantía especial o los
fondos gravados en cualquier forma, no constituyen parte del
activo disponible y deben mostrarse separadamente en el balance
general. El activo disponible debe considerarse como una
subdivisión del activo circulante del cual forma
parte.
ACTIVO EXIGIBLE O REALIZABLE
Comprende valores que se convertirán en dinero en
breve plazo y créditos que no producen directamente
rendimientos, sino que entraron al negocio o se establecieron en
virtud de las transacciones mercantiles. Estos son: documentos por
cobrar, cuentas por
cobrar, clientes, cuentas
personales, clientes por
ventas en
abonos a corto plazo, remesas en camino, intereses devengados no
cobrados, exhibiciones decretadas, acciones, bonos, etc.
ACTIVO FIJO
Las propiedades, bienes materiales o
derechos que en el curso normal de los negocios no
están destinados a la venta, sino que
representan la inversión de capital o patrimonio de
una dependencia o entidad en las cosas usadas o aprovechadas por
ella, de modo periodo, permanente o semi-permanente, en la
producción o en la fabricación de
artículos para venta o la
prestación de servicios a la propia entidad, a su
clientela o al público en general. Por ejemplo: la
maquinaria de las compañías industriales, las
instalaciones y equipos de las empresas de servicios
públicos, los muebles y enseres de las casas comerciales,
el costo de
concesiones y derechos, etc. También se incluyen dentro
del activo fijo las inversiones en acciones, bonos y valores
emitidos por empresas afiliadas. El rubro de "activo fijo" denota
una fijeza de propósito o intención de continuar en
el uso o posesión de los bienes que comprenden; denota
inmovilización al servicio del
negocio. Eventualmente, tales bienes pueden ser vendidos o dados
de baja ya sea porque se considera que no son útiles,
porque sean reemplazados por nuevas instalaciones o por otras
causas similares a las expuestas. Las erogaciones que se hagan
con objeto de mejorar el valor de una propiedad o su eficacia para el
servicio,
pueden considerarse como inversiones fijas. Desde un punto de
vista estrecho, solamente pueden capitalizarse aquellas
erogaciones que tengan por objeto aumentar los ingresos o
disminuir los gastos.
El "activo fijo" se clasifica en tres grupos: a)
"tangible", que comprende las propiedades o bienes susceptibles
de ser tocados, tales como los terrenos, los edificios, la
maquinaria, etc.; b) "intangible", que incluye cosas que no
pueden ser tocadas materialmente, tales como los derechos de
patente, los de vía, el crédito mercantil, el valor
de ciertas concesiones, etc.; y c) las inversiones en
compañías afiliadas.
ACTIVO FINANCIERO
Son aquellos activos que se
caracterizan por estar expresados y ser representativos en moneda
corriente actual. Su monto se fija por contrato y
originan a sus tenedores un aumento o disminución en el
poder de
compra según tengan o no una redituabilidad por encima de
la inflación.
ACTIVO FISICO
Activos que se
caracterizan por poseer un valor intrínseco y están
constituidos por máquinas, equipos, edificios y otros
bienes de inversión, así como por las
existencias acumuladas.
ACTIVO PIGNORADO
Partida de activo depositada en un fideicomiso o
hipotecada para garantizar el cumplimiento de una
obligación o contrato; una
partida de activo pignorada como colateral o hipotecada. Se lleva
en el balance
general bajo subtítulo normal, y si es activo
circulante, se marca
generalmente para mostrar la cantidad y el motivo de su
pignoración.
ACTIVO SEMIFIJO
Se usa para designar aquellos renglones del activo que tienen un
carácter intermedio entre el activo fijo y el circulante.
Especialmente, denota las existencias de efectos que se consumen
en la fabricación sin que formen parte integral de los
productos,
como por ejemplo: los abastecimientos de combustible y
lubricantes, los explosivos en compañías mineras,
los utensilios y piezas para la maquinaria, los envases cuando
pueden ser devueltos por los clientes, etc.
También suelen incluirse dentro de este grupo, aunque
es preferible mostrarlas separadamente, las cuentas deudoras de
empresas afiliadas y las que son a cargo de accionistas,
directores, funcionarios y empleados. En el balance general no se
acostumbra presentar esta clasificación particular sino
los renglones a que se han hecho mención, mismos que se
agrupan, bien sea, en el activo fijo, en el activo circulante, o
se muestran separadamente sin designación especial
alguna.
ACTIVOS INTERNACIONALES NETOS
Es la reserva bruta más los créditos por convenios
con los bancos centrales a más de seis meses, menos los
pasivos con el Fondo Monetario
Internacional (FMI) y los
pasivos a menos de seis meses de convenios con bancos
centrales.
ACTIVOS MONETARIOS
Son aquéllos cuyos montos se fijan, en términos de
unidades monetarias, independientemente de los cambios en el
nivel general de precios.
Originan un aumento o disminución en el poder
adquisitivo de sus poseedores; por lo tanto, el retenerlos puede
generar una utilidad o
pérdida. Entre los principales están: efectivo,
inversiones en valores, cuentas por
cobrar y por pagar, pasivos y dividendos por pagar.
ACTIVOS NO MONETARIOS
Son aquéllos cuyo poder
adquisitivo no varía, ya que independientemente de la
cantidad de unidades monetarias en que estén expresados,
conservan su valor intrínseco ya sea en periodos de
inflación o deflación. Entre los principales
están: inventarios,
inmuebles, maquinaria y equipo, etc.
ACTO ADMINISTRATIVO
Declaración de voluntad de un órgano de la administración
pública, de naturaleza
discrecional, susceptible de crear, con eficacia
particular o general, obligaciones,
facultades, o situaciones jurídicas de naturaleza
administrativa.
ACTO JURIDICO
Expresión de la voluntad humana con capacidad para
provocar efectos jurídicos, conforme a los requisitos
legales establecidos con anterioridad para cada caso.
ACTO LEGISLATIVO
Actuación deliberada del Poder
Legislativo orientada a la creación de derecho positivo;
igualmente, puede caracterizarse en general como acto legislativo
a aquél por el cual se formula una regla general e
impersonal, ya sea que emane del Poder
Ejecutivo o del H. Congreso de la Unión o de la
autoridad con
facultades para hacerlo.
ACTO REGLAMENTARIO
Acto emitido por el Poder
Ejecutivo o una autoridad
administrativa conforme a las normas de un
reglamento, que puede ser ejecutado a través de la
expedición de decretos o acuerdos, por acción
expresa y excepcionalmente por medio de circulares y
oficios.
ACTOS MERCANTILES
CONDICIONADOS
Son las adquisiciones con propósito de lucro, las
operaciones bancarias, y las enajenaciones o alquileres
celebrados para cumplir tal fin.
ACUERDO
Documento suscrito por las autoridades superiores para llevar a
cabo una determinada operación, bien se trate de un pago
que se solicite a la Tesorería de la Federación, o
para efectuar algún movimiento
presupuestario que no signifique salida de fondos.
Es la resolución o disposición tomada sobre
algún asunto por tribunal, órgano de la administración o persona facultada, a fin
de que se ejecute uno o más actos administrativos.
ACUERDO PROGRAMATICO
Concertación de acciones entre dos o más sectores
y/o entidades, adoptadas para la realización de un
programa
determinado, en las cuales se especifican las actividades que
coordinadamente deben darse entre las áreas involucradas
para el cumplimiento de los planes y programas.
ADECUACION COMPENSADA
Ampliación, reducción, adición o
cancelación a las asignaciones o claves presupuestarias
originales de una entidad, que no implica alteración en el
monto total de su presupuesto.
ADECUACION LIQUIDA
Ampliación, reducción, adición o
cancelación a las asignaciones o claves presupuestarias
originales de una entidad que modifican el monto total de su
presupuesto.
ADECUACION PRESUPUESTARIA (AJUSTE PRESUPUESTAL)
Modificación que se realiza durante el ejercicio fiscal a la
estructura
financiera y programática de los presupuestos
aprobados, o ajuste a los calendarios financieros y metas del
presupuesto
autorizado por la H. Cámara de Diputados que se realiza a
través de un documento denominado oficio de
afectación presupuestaria.
ADEMAS
Adeudos de meses anteriores originados por la falta de
disponibilidades de la Tesorería de la Federación,
su pago no requiere autorización, por estar previamente
autorizado.
ADEUDO
Pasivo, deuda. Cantidad que se ha de pagar por concepto de
contribuciones, impuestos o
derechos.
ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES (ADEFAS)
Conjunto de obligaciones
contraidas, devengadas, contabilizadas y autorizadas dentro de
las asignaciones presupuestarias que no fueron liquidadas a la
terminación o cierre del ejercicio fiscal
correspondiente. Compromisos que adquiere el Gobierno FederaL en
un ejercicio fiscal, que se
encuentran devengados al 31 de diciembre del mismo ejercicio,
para ser liquidados durante el año inmediato posterior en
el periodo comprendido del 2 de enero al 31 de marzo; siempre y
cuando se haya informado de su monto y características a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.
ADICION COMPENSADA (AMPLIACION COMPENSADA)
Es la suma a la asignación presupuestaria proveniente de
un aumento o reducción por igual suma a la
asignación de una o varias claves presupuestarias del
mismo ramo, que no altera el total de su presupuesto o de
la entidad.
ADICION LIQUIDA (AMPLIACION LIQUIDA)
Es la creación de una clave presupuestaria no considerada
en el presupuesto
originalmente aprobado, cuya asignación amplía el
monto presupuestario autorizado del ramo o entidad.
ADICION PRESUPUESTARIA
Es la clave presupuestaria con su respectiva asignación,
creada con posterioridad a la autorización del Presupuesto
de Egresos de la Federación, existen dos tipos de
adición: compensada y líquida.
ADJUDICACION
Acto judicial consistente en la atribución como propio a
personas determinadas de una cosa, mueble o inmueble, como
consecuencia de una subasta o partición hereditaria con la
consiguiente entrega de la misma a la persona interesada. En el
ámbito del derecho
internacional público, se entiende por
adjudicación la adquisición de la soberanía sobre un territorio por laudo de
un tribunal arbitral u otro organismo competente de naturaleza
internacional.
Acto administrativo a través del cual la Administración
Pública, una vez cubiertas las formalidades del
procedimiento,
asigna a una persona física o moral un
contrato para
la adquisición de bienes, prestación de servicios o
realización de obras.
ADJUDICACION DE PEDIDOS Y CONTRATOS
Procedimiento
a través del cual las entidades recaban, analizan,
comparan y seleccionan las cotizaciones formuladas por los
proveedores de
bienes y servicios del Gobierno Federal, con el objeto de
formalizar los compromisos para el ejercicio del gasto
público por concepto de
adquisiciones, servicios generales y obras.
ADJUDICACION EN PAGO
Se emplea judicialmente esta expresión cuando se adjudica
el bien de un adeudo, para satisfacer el crédito que
contra él tiene un acreedor.
ADMINISTRACION
Conjunto ordenado y sistematizado de principios,
técnicas y prácticas que tiene como finalidad
apoyar la consecución de los objetivos de
una organización a través de la
provisión de los medios
necesarios para obtener los resultados con la mayor eficiencia,
eficacia y
congruencia; así como la óptima coordinación
y aprovechamiento del personal y los
recursos técnicos, materiales y financieros.
ADMINISTRACION DEL GASTO PUBLICO
Conjunto articulado de procesos que
van desde la planeación
y programación del gasto público,
hasta su ejercicio, control y
evaluación. Abarca los egresos por concepto de gasto
corriente, inversión pública física e
inversión financiera, así como pago de pasivos o
deuda pública contraidos por el Gobierno Federal, los
organismos, empresas y fideicomisos públicos.
ADMINISTRACION FINANCIERA
Técnica que tiene por objeto la obtención de
recursos financieros que requiere una empresa, incluyendo el
control y
adecuado uso de los mismos, así como el control y
protección de los activos de la empresa. Algunos autores
consideran que debe comprender las siguientes actividades:
planificación y control financiero;
administración del capital de
trabajo; inversiones en activo fijo y decisiones sobre
estructura de
capital.
ADMINISTRACION POR OBJETIVOS
Es un enfoque de la administración que se propone el
establecimiento de compromisos entre los supervisores y los
administradores para alcanzar metas específicas de
producción, planeación
y evaluación, conjuntamente con el desarrollo de
sus actividades, a través de un proceso que
comprende todos los niveles de la
organización.
Proceso en
virtud del cual todo el trabajo se
organiza en términos de resultados específicos que
habrán de alcanzarse en un tiempo
determinado, en tal forma que las realizaciones concretas
contribuyan al logro de los objetivos
generales de la empresa.
Método de
dirección, mediante el cual el superior y
el subordinado establecen de acuerdo a unos estándares de
dirección, resultados que sean deseables,
realistas y específicos; y objetivos
concretos, dentro de las principales áreas de responsabilidad, objetivos que
son periódicamente comparados con los resultados
obtenidos.
ADMINISTRACION PRESUPUESTARIA
Rama de la administración
pública que tiene por objeto la programación, organización, aplicación y control
de la recaudación, ejercicio y evaluación
de los fondos públicos.
ADMINISTRACION PUBLICA (SECTOR
PUBLICO, SECTOR GUBERNAMENTAL)
Conjunto de funciones
desempeñadas por órganos de la Federación,
de los estados y municipios, cuya finalidad es satisfacer las
necesidades generales de la población en cuanto a servicios
públicos.
Conjunto ordenado y sistematizado de instituciones
gubernamentales que aplican políticas,
normas,
técnicas, sistemas y
procedimientos
a través de los cuales se racionalizan los recursos para
producir bienes y servicios que demanda la
sociedad en cumplimiento a las atribuciones que las
Constituciones federal y estatales confieren al Gobierno Federal,
Estatal y Municipal.
ADMINISTRACION PUBLICA CENTRAL (SECTOR
CENTRAL)
Conjunto de dependencias administrativas integrado por: la
Presidencia de la República, las Secretarías de
Estado, la
Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los
Departamentos Administrativos que determine el titular del
Ejecutivo Federal.
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Conjunto de órganos que auxilian al Ejecutivo Federal en
la realización de la función administrativa; se
compone de la administración centralizada y paraestatal
que consigna la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal.
ADMINISTRACION PUBLICA PARAESTATAL (SECTOR
PARAESTATAL)
Conjunto de entidades de control presupuestario directo e
indirecto integrado por: los organismos descentralizados, las
empresas de participación estatal, las sociedades
nacionales de crédito, las organizaciones
auxiliares nacionales de crédito, las instituciones
nacionales de seguros y los
fideicomisos.
ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO (AFORES)
Instituciones financieras que se dedican de manera exclusiva,
habitual y profesional a administrar las cuentas individuales de
los trabajadores y a canalizar los recursos de las subcuentas que
las integran en términos de las leyes de seguridad
social, así como administrar sociedades de
inversión especializadas (SIEFORES), las que
producirán rendimientos que se integrarán a las
cuentas individuales de cada trabajador.
ADMINISTRAR
Realizar actos mediante los cuales se orienta el aprovechamiento
de los recursos materiales, humanos, financieros y
técnicos de una organización hacia el cumplimiento de los
objetivos
institucionales.
ADQUISICION
Acto o hecho en virtud del cual una persona obtiene el dominio o
propiedades de un bien o servicio o algún derecho real
sobre éstos. Puede tener efecto a título oneroso o
gratuito; a título singular o universal, por cesión
o herencia.
ADQUISICION DE VALORES
Agrupa las asignaciones destinadas por el Gobierno Federal a la
adquisición de todo tipo de valores fiduciarios, en forma
directa o a través de fondos fideicomitidos, a estados,
municipios y Distrito Federal; a particulares y empresas
privadas, a organismos descentralizados y empresas de
participación estatal, de acuerdo con las políticas
y normas
establecidas al respecto.
ADR'S (AMERICAN DEPOSITARY RECEIPT)
Un ADR es un certificado negociable que representa la propiedad
de un número específico de acciones de una
compañía no estadounidense. Es emitido y controlado
por un banco depositario
(Estados
Unidos) contra las acciones depositadas en otro banco (mexicano).
Se utiliza para facilitar las transacciones de ese tipo de
acciones en los mercados
estadounidenses y agilizar la transferencia de una acción
fuera de los Estados
Unidos.
Un ADR está denominado en dólares, se comercia en
el mercado estadounidense, y es considerado legalmente como un
valor norteamericano.
ADSCRIPCION
Acto o hecho de asignar a una persona al servicio de un puesto, o
ubicar a una unidad administrativa dentro de otra de mayor
jerarquía.
ADUANA
Las aduanas son
oficinas públicas administrativas establecidas en los
lugares de acceso o salida del país, dependientes del
Servicio de Administración Tributaria perteneciente a la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
con facultades para recaudar impuestos y
demás derechos que se hallen a su cargo, fiscalizar la
entrada y salida de mercancías y hacer cumplir las
leyes que a
este ramo se refieren, y las que le son conexas, como las de
salubridad, comunicaciones, migratorias, etc.
AFECTACION
Es la limitación y condiciones que se imponen por la
aplicación de una ley al uso de un predio o un bien
particular o federal, para destinarlos total o parcialmente a
obras de utilidad
pública.
AFECTACION PRESUPUESTARIA
Es el movimiento que
permite adecuar o modificar el presupuesto original autorizado
por la H. Cámara de Diputados, el cual se realiza a
través de un documento denominado "oficio de
afectación presupuestaria". Según el tipo de clave
presupuestaria que afecte, puede ser: automática, es
decir, cuando el traspaso por la entidad es interno; o no
automática, cuando se requiere autorización de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Según el movimiento que
produzca, puede ser: ampliación, reducción o
movimiento
compensado.
AFIANZAR
Dar fianza por alguna persona para seguridad o
resguardo de intereses o caudales.
AFIRMATIVA FICTA (NEGATIVA FICTA)
Decisión normativa de carácter administrativo por
la cual todas las peticiones por escrito de los ciudadanos,
usuarios, empresas o entidades que se hagan a la autoridad
pública, si no se contestan en el plazo que marca la ley o
las disposiciones administrativas se consideran aceptadas,
bastando para ello conservar la copia del acuse de la solicitud
realizada ante la instancia competente. La negativa ficta es la
decisión normativa en el sentido opuesto.
AGENTES ECONOMICOS
Se refiere a la clasificación de las unidades
administrativas, productivas o consumidoras que participan en la
economía;
en Cuentas Nacionales se consideran agentes económicos a
las familias, empresas, gobierno y el exterior. En el caso de las
transferencias, los agentes económicos son: Empresas
Públicas, Empresas Privadas, Organismos Descentralizados,
Productores de Mercancías, Instituciones de Seguridad
Social, Organismos Descentralizados Productores de Servicios
Sociales y Comunales, Instituciones Privadas sin fines de lucro,
Particulares, Estados y Municipios, y el Exterior.
AGREGADOS MONETARIOS
Son los componentes que integran la masa monetaria.
Los cuatro agregados más usuales son:
M1 = Billetes y monedas en poder del
público y la suma de las cuentas de cheques con o
sin intereses.
M2 = M1 + Instrumentos bancarios a corto plazo + aceptaciones
bancarias en moneda nacional y extranjera.
M3 = M2 + Instrumentos no bancarios a corto plazo.
M4 = M3 + Instrumentos a largo plazo + Ficorca.
AHORRO
Es la cantidad monetaria excedente de las personas e
instituciones sobre sus gastos. También se denomina
así a la parte de la renta que después de impuestos no se
consume, en el caso de las personas físicas; ni se
distribuye en el caso de la sociedad.
Es el ingreso no consumido, es decir la diferencia entre el
ingreso y el consumo. En
una economía
abierta debe considerarse el agregado de las transferencias netas
del exterior o la sustracción de las transferencias netas
al exterior. Para una economía cerrada el
ahorro es
igual a la inversión (ahorro e
inversión realizada en contraposición a ahorro e
inversión deseada).
Ahorro
significa "reservar" una capacidad productiva, no empleada en la
producción de bienes de consumo y
dejarla disponible para producir nuevos bienes de
inversión. El ahorro
nacional no consiste en acumular dinero, sino
capital.
Diferencia positiva que resulta de la comparación entre
los ingresos y los gastos de una entidad. Para efectos
presupuestarios existen dos tipos de ahorro: en cuenta corriente
y en cuenta de capital.
El ahorro para el caso del Gobierno Federal se determina antes de
considerar las transferencias corrientes y el pago de
intereses.
AHORRO EN CUENTA CORRIENTE
Diferencia positiva de los ingresos respecto a los gastos en
cuenta corriente que coadyuvan a la generación de recursos
para la formación neta de capital.
AHORRO EN CUENTA DE CAPITAL
Diferencia de ingresos respecto a los gastos en cuenta de
capital.
AHORRO EN LA ECONOMIA
El excedente de los ingresos sobre los gastos de consumo es el
ahorro. Se obtiene a partir del ingreso nacional disponible al
cual se le restan los gastos de consumo final
de las familias, el gobierno general y las instituciones sin
fines de lucro que sirven a los hogares. El ahorro se puede
obtener en términos brutos y netos según sea si se
le adiciona o no el consumo de capital fijo y el excedente de la
nación por transacciones corrientes. El ahorro bruto es
igual a la formación bruta de capital.
AHORRO EXTERNO
Es la cantidad de recursos que requiere la economía nacional
para cubrir el déficit en la cuenta corriente de la
balanza de pagos.
El ahorro externo se compone por la inversión extranjera
directa, los préstamos recibidos por el sector
público y privado no monetario, el cambio en las
reservas internacionales, las transferencias de capital y los
errores u omisiones.
AHORRO FINANCIERO
Diferencia entre el agregado monetario m4 (comprende monedas y
billetes en poder del
público no bancario; cuenta de cheques en
moneda nacional y extranjera e instrumentos de ahorro
líquido y a plazo ofrecidos al público) y los
billetes y monedas que emite el Banco de México
(M0).
AHORRO INTERNO
Cantidad de recursos generados por la economía nacional a
través de la captación del sistema
financiero e impositivo del país destinados al
financiamiento
interno y del saldo corriente de balanza de pagos.
Es la parte del ingreso nacional que no se consume.
Es la diferencia entre el ingreso nacional disponible y el gasto
de consumo final privado y del gobierno.
AJUSTAR UNA CUENTA
Hacer concordar el saldo de una cuenta con el valor real que la
misma represente.
AJUSTE
Asiento contable que se formula para modificar el saldo de dos o
más cuentas que por alguna circunstancia no reflejan la
realidad en un momento determinado.
AJUSTE DE AUDITORIA
Es un asiento contable que corrige un error detectado como
consecuencia de un examen de cuentas practicado por un auditor
interno o externo en una empresa.
AJUSTE DE PERIODOS ANTERIORES
Ganancias o pérdidas de valor sustancial que constituyen
un ajuste sobre las utilidades presentadas en años
anteriores y que están registradas directamente en la
cuenta de utilidades retenidas.
ALCISTA (BURSATIL)
Suele decirse de quien compra valores en la bolsa calculando que
éstos subirán en un plazo corto y que podrá
luego venderlos obteniendo una utilidad. Frecuentemente se aplica
el término a quienes hacen de esa práctica un medio
de especulación.
ALINEACION DE PRECIOS
RELATIVOS
Ajuste concertado para uniformar los precios
relativos de la economía como son salarios
(precio de la
mano de obra), precios de bienes y servicios del sector privado,
precios y tarifas, (precios de los servicos públicos),
tipo de cambio
(precio de la
moneda nacional) y tasas de interés
(precio del
crédito); para ello, se incluyen todas las
mercancías y servicios en proporciones bien calculadas
para la estructuración de un numerario tan especial que
represente en cierta medida un promedio de todas las
mercancías y servicios; es decir, componentes cuyas
variaciones se compensen exactamente y se eliminen mutuamente
frente a cualquier variación en la distribución del ingreso.
ALMACEN, LIBRO DE
Es el registro o el
conjunto de hojas sueltas o tarjetas en el
que se anotan detalladamente los movimientos de entrada y salida
de mercancías y otros artículos. Tales movimientos
pueden asentarse en especie, o en especie y valor a la vez,
según el sistema que se
adopte.
ALMACENES FISCALES
Espacios destinados a almacenar mercancías sujetas al pago
de derechos de importación y que sólo pueden
retirarse al pago de los mismos.
ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO
Instituciones auxiliares de crédito que tienen por objeto
el almacenamiento,
guarda o conservación de bienes o mercancías y la
expedición de certificados de depósito y bonos de
prenda, siendo éstos últimos opcionales, cuando a
solicitud del depositante se emitan como no negociables los
certificados de depósitos. Tendrán también,
los almacenes
generales de depósitos, la posibilidad de realizar las
siguientes actividades: a) transformar las mercancías
depositadas para aumentar su valor, sin variar esencialmente su
naturaleza; b)
transportar mercancías que entren o salgan de su almacén,
siempre que éstas vayan a ser o hayan sido almacenadas en
éste; c) expedir certificados de depósito por
mercancías en tránsito si el depositante y el
acreedor prendario dan su conformidad y corren los riesgos
inherentes, además de asegurar por conducto del almacén
las mercancías.
AMBITO DE COMPETENCIA
Ejercicio de autoridad
jurisdiccional que un órgano practica dentro de un marco
de acción, mismo que determina los límites y
alcances de sus acciones.
AMORTIZACION
Extinción gradual de cualquier deuda durante un periodo de
tiempo; por
ejemplo: la redención de una deuda mediante pagos
consecutivos al acreedor, la extinción gradual
periódica en libros de una
prima de seguros o de una
prima sobre bonos. Una reducción al valor en libros de una
partida de activo fijo; un término genérico para
depreciación, agotamiento, baja en libros, o la
extinción gradual en libros de una partida o grupo de
partidas de activo de vida limitada, bien sea, mediante un
crédito directo, o por medio de una cuenta de
valuación; por tanto, el importe de esta reducción
constituye genéricamente una amortización.
Erogación que se destina al pago o extinción de una
carga o una deuda contraida por la entidad.
Proceso de
cancelación de un empréstito. La extinción
de compromisos a largo y corto plazo.
Dar de baja en libros a una parte o a todo el costo de una
partida de activo; depreciar o agotar.
AMORTIZACION DE ACCIONES
Reintegrar o devolver a un accionista el importe de su
aportación más el superávit proporcional o
menos el déficit proporcional.
AMORTIZACION DE DEUDA DEL SECTOR PUBLICO
Representa la cancelación mediante pago o cualquier forma
por la cual se extinga la obligación principal de los
pasivos contraidos por el Gobierno Federal, los organismos y
empresas y la banca de desarrollo a
favor de otros agentes económicos, residentes o no
residentes, y emitidos en moneda nacional o extranjera.
Erogación que implica el pago total o parcial de un
empréstito de origen interno o externo otorgado al sector
público amparado por un título de crédito,
convenio o contrato. La deuda del sector público,
comúnmente se amortiza en el largo plazo, mediante pagos
periódicos.
AMORTIZACION DEL PASIVO CIRCULANTE (DEUDA FLOTANTE)
Erogación que implica el pago parcial o total de adeudos
contraidos con proveedores de
bienes y/o servicios con vencimientos inferiores a un año,
y que no fueron cubiertos en el ejercicio correspondiente.
AMPARO
Procedimiento
señalado por la Constitución para protegerse de alguna ley
o acto que puede lesionar los intereses de una persona física o moral.
AMPLIACION
A menudo se confunden los términos ampliación y
mejora, para aclarar tal confusión las ampliaciones son
aquéllas que constituyen una inversión
complementaria para aumentar los equipos, edificios, etc.;
mientras que las mejoras son aquéllas que se introducen en
los elementos ya existentes sustituyendo ciertas piezas.
AMPLIACION A LA LINEA DE CREDITO
Cantidad adicional otorgada a los créditos autorizados.
Estas operaciones son utilizadas frecuentemente por las grandes
organizaciones
para financiar compromisos ya contraidos o futuras
adquisiciones.
AMPLIACION DE CAPITAL
Operación financiera consistente en aumentar los recursos
del capital de una empresa. Puede realizarse mediante
capitalización de utilidades, por suscripción o
reconociendo parte del superávit por
revaluación.
Operación mediante la cual la sociedad procede al aumento
de su capital social, emitiendo nuevas acciones.
AMPLIACION PRESUPUESTARIA
Es la modificación en aumento a la asignación de
una clave presupuestaria ya existente. Puede haber ampliaciones
compensadas o líquidas que son lo mismo que las adiciones
compensadas o líquidas.
ANALISIS
Examen detallado de los hechos para conocer sus elementos
constitutivos, sus características representativas, así
como sus interrelaciones y la relación de cada elemento
con él.
ANALISIS COSTO –
BENEFICIO
Procedimiento
para formular y evaluar programas o
proyectos,
consistente en la comparación de costos y
beneficios, con el propósito de que estos últimos
excedan a los primeros pudiendo ser de tipo monetario o social,
directo o indirecto.
Instrumento para formular y evaluar proyectos; trata
acerca de los costos y
beneficios de un plan,
cuantificando ambos en términos monetarios y sociales,
directos o indirectos, con el propósito de que los
beneficios sean mayores a los costos. Los
métodos
que se usan con mayor frecuencia en este tipo de análisis son: tasa de rentabilidad
interna, valor neto y actual, y análisis costo-eficiencia.
La diferencia esencial entre el análisis de costo – beneficio y los
métodos
ordinarios de evaluación
de inversiones que emplean las empresas, es el énfasis en
los costos y
beneficios sociales. El objetivo
consiste en identificar y medir las pérdidas y las
ganancias en el bienestar económico que recibe la sociedad
en su conjunto.
ANALISIS COSTO-EFICIENCIA
Procedimiento
a través del cual se busca el camino más
económico y expedito para alcanzar un objetivo; se
trata de obtener el máximo rendimiento de un volumen
determinado de recursos.
ANALISIS DE CORTE TRANSVERSAL
Estudio estadístico que se realiza tomando información de un conjunto de unidades en
un punto determinado en el tiempo y examinando las variaciones en
la información a través de las
unidades.
Análisis de costo y ganancia de las
desventajas.
Método
utilizado en todo sistema
económico para proyectos y
programas a
futuro y para racionalizar las decisiones de inversión;
implica dar coherencia a los objetos y los medios
disponibles, comparando los costos con las expectativas de
ganancia.
ANALISIS DE ESTABILIDAD
Estudio del comportamiento
de las variables de
un sistema
económico, cuando se encuentra fuera de equilibrio; su
principal objetivo es
determinar en forma específica si un conjunto de variables
convergen o divergen de sus valores de equilibrio a
través del tiempo.
ANALISIS DE INVENTARIOS
Técnica para determinar el nivel óptimo de inventarios que
se deben mantener en cualquier situación
específica. El problema esencial es determinar el nivel
óptimo de éstos con la finalidad de encontrar la
forma en que pueden cambiar con ciertas variables
clave.
ANALISIS DE REGRESION
Técnica estadística que se utiliza para medir la
relación cuantitativa entre dos o más variables. Se
utiliza para estimar o predecir los valores de
una variable con base en valores conocidos, o para explicar
los valores de
una variable en términos de la otra.
ANALISIS DE RIESGO
Cálculo
de la probabilidad de
que los rendimientos reales futuros estén por abajo de los
rendimientos esperados, esta probabilidad se
mide por la desviación estándar o por el
coeficiente de variación de los rendimientos
esperados.
ANALISIS DE VALORES
Estudio de los factores legales, económicos, financieros y
bursátiles de los títulos mobiliarios para explicar
su comportamiento
en el mercado y pronosticar su tendencia. El análisis de los valores
puede ser fundamental y técnico.
ANALISIS DEL PUNTO DE
EQUILIBRIO
Método
para analizar las relaciones existentes entre el costo fijo, el
costo variable y las utilidades. Representa el volumen de
ventas al cual
los costos totales son iguales a los ingresos totales, es decir
el punto en que las utilidades son cero. En periodos
inflacionarios su precisión disminuye si se utilizan
cifras a precios corrientes.
ANALISIS DEL SECTOR PUBLICO
PRESUPUESTAL
Examen detallado del comportamiento
y evolución de la Administración
Pública Federal, que comprende tanto al sector
central, como al sector paraestatal. Contiene dos tipos
diferentes y complementarios de investigaciones;
uno referente a la estructura
interna del sector público y otro, relativo a la
repercusión de sus acciones sobre el sistema
económico general.
ANALISIS E INTERPRETACION DE ESTADOS FINANCIEROS
Consiste en la compilación y estudio de los datos contables,
así como la preparación e interpretación de
razones
financieras, tendencias y porcentajes. Es el proceso
mediante el cual los diferentes interesados en la marcha de una
empresa podrán evaluar a la misma, esto implica realizar
un método de
estudio de la empresa y de las variables
macro y microeconómicas que la afectan para determinar los
aspectos que la hacen una opción sólida y las
posibilidades de enfrentar situaciones futuras adversas.
ANALISIS ECONOMICO
Método
para separar, examinar y evaluar tanto cuantitativa como
cualitativamente, las interrelaciones que se dan entre los
distintos agentes económicos, así como los
fenómenos y situaciones que de ella se derivan; tanto al
interior de la economía, como en su relación con el
exterior.
ANALISIS FINANCIERO
Procedimiento utilizado para evaluar la estructura de
las fuentes y usos
de los recursos financieros. Se aplica para establecer las
modalidades bajo las cuales se mueven los flujos monetarios, y
explicar los problemas y
circunstancias que en ellos influyen.
ANALISIS FUNDAMENTAL (BURSATIL)
Estudio de los valores con base en factores inherentes a la
emisora como la estructura de
capital, ventas,
utilidades y número de acciones en circulación.
ANALISIS PRESUPUESTARIO
Es el examen y explicación de los principales componentes
del gasto público, y su impacto en las actividades
económicas, políticas
y sociales del país, expresados en el Presupuesto de
Egresos de la Federación aprobado.
ANALISIS SECTORIAL
Es el examen programático y financiero, que incluye las
condiciones de organización y operación de las
entidades, que por la afinidad de sus funciones
conforman un sector económico o administrativo dentro de
la administración pública.
ANALITICO DE INGRESOS
Estado
presupuestario que muestra la
ejecución de la Ley de Ingresos de la Federación al
mayor detalle, separando los ingresos efectivos de los virtuales,
y comparando lo real con lo estimado, en un periodo
determinado.
ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO
Estimación de los gastos a efectuar para el desarrollo de
los programas
sustantivos y de apoyo de las dependencias y entidades del Sector
Público Presupuestario; para su elaboración se
deben observar las normas,
lineamientos y políticas
de gasto que fije la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público; la información permite a esta dependencia
integrar el proyecto de
Presupuesto de Egresos de la Federación.
ANTICIPOS A PROVEEDORES
Pagos previos que en ocasiones, por las características de la demanda de
ciertos productos, los
proveedores
exigen a sus clientes a cuenta
de sus pedidos. Las empresas que tengan que efectuar desembolsos
por este concepto, deberán registrarlos dentro del
capítulo general de inventarios en
una cuenta específica. Esta operación de anticipo
también puede ser con el agente aduanal.
ANTIGÜEDAD DE CUENTAS POR COBRAR
Análisis de los débitos que integran cada uno de
los saldos a cargo de clientes, tomando
como base la fecha de la factura o la
fecha de vencimiento. Este análisis se utiliza como
auxiliar en la determinación de saldos vencidos y de
dudosa recuperación.
AÑO FISCAL
Año presupuestario y contable para los cuales se
presupuestan los ingresos y gastos brutos, y para los que se
presentan cuentas, sin incluir ningún periodo
complementario durante el cual puedan mantenerse abiertos los
libros contables después del comienzo del periodo fiscal
siguiente. En México el
año fiscal abarca
del 1 de enero al 31 de diciembre.
AÑO PRESUPUESTARIO
Periodo para el cual se aprueba, por parte de las Cámaras
de Diputados y Senadores que integran el H. Congreso de la
Unión, las asignaciones, compromisos, aprovisionamientos y
pagos destinados para la ejecución de los programas
previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Comprende el periodo del año fiscal.
APALANCAMIENTO
Se refiere a las estrategias
relativas a la composición de deuda y capital para
financiar los activos, cuando en forma más
específica se aplica a la razón resultante de
dividir el pasivo entre el capital contable.
Se concibe como el mejoramiento de la rentabilidad
de una empresa a través de su estructura financiera y
operativa.
APARATO PRODUCTIVO
Conjunto de medios e
instrumentos con que cuenta una economía nacional para
producir los bienes y servicios que demanda la
sociedad en su conjunto.
APERTURA COMERCIAL
Proceso mediante el cual se eliminan las barreras que inhiben el
comercio exterior
de un país, como puede ser permisos previos o licencias de
importación, por aranceles.
APERTURA DE CREDITO
Contrato por el cual el acreditante se obliga a poner una suma de
dinero a disposición del acreditado o contraer una
obligación por cuenta de éste para que él
mismo haga uso del crédito concedido en la forma y en los
términos y condiciones convenidos, quedando obligado el
acreditado a restituir al acreditante las sumas de que se
disponga, o a cubrirlo oportunamente por el importe de la
obligación que contrajo y en todo caso a pagarle los
intereses, prestaciones,
gastos y comisiones que se estipulen.
APERTURA ECONOMICA
Proceso a través del cual la economía se ajusta a
las nuevas realidades del mercado y sus relaciones sociales,
así como a las transformaciones comerciales y
tecnológicas mundiales. Implica homologación de la
economía con la de los principales centros de desarrollo
económico, para lo cual requiere fortalecer la
inversión privada e incentivar la inversión
foránea eliminando regulaciones y control de precios
nacionales e internacionales y reduciendo restricciones en los
campos financieros, fiscales, comerciales, de inversión y
monetarios.
APLICACION DE LOS RECURSOS
Destino específico que se le da al uso de los recursos
(compra de maquinaria y equipo, compra de materias primas, pago
de pasivo, capital de
trabajo, etc.).
Término utilizado en el Estado de
origen y aplicación de recursos. Las aplicaciones de
recursos se encuentran representadas por: a) la pérdida
neta de la empresa; b) aumentos de activo; c) disminuciones de
pasivo; y d) disminución de capital.
APORTACIONES
Recursos canalizados para crear o incrementar el patrimonio de
ciertas entidades que laboran con fines de utilidad
pública y cuyos ingresos son insuficientes para mantener
sus servicios.
Son los recursos que se otorgan a las unidades productoras de
bienes y servicios, con la finalidad de financiar la
adquisición de activos fijos,
activos financieros, o apoyar la liquidación de
pasivos.
APORTACIONES DE CAPITAL
Las sumas pagadas en efectivo o aportadas en bienes o derechos
por los socios o accionistas de una sociedad, para integrar el
capital de ésta.
Son las entregas en bienes de capital o en dinero, para financiar
gastos de capital a las empresas de participación estatal
y organismos descentralizados, que producen bienes y/o servicios
para su venta en el
mercado.
APORTACIONES DE SEGURIDAD
SOCIAL
Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de
personas, cuyo pago lo hace el Estado para
cumplir con las obligaciones
fijadas por la ley por servicios de seguridad
social proporcionados por el mismo Estado.
APOYOS A ESTADOS Y MUNICIPIOS
Son las asignaciones extraordinarias que la Administración
Pública Federal otorga a los estados, municipios y el
Distrito Federal con la finalidad de apoyarlos en su
fortalecimiento financiero y en caso de desastres
naturales o por contingencias económicas, así
como para dar cumplimiento a los Convenios de Cooperación
que se suscriban.
APOYOS FISCALES
Son las asignaciones de recursos o exenciones de impuestos que se
otorgan a las entidades en las que el Gobierno Federal tiene
participación, destinándose los mismos a gastos de
operación, inversión o de algún otro tipo,
según las necesidades.
APROVECHAMIENTOS
Son ingresos ordinarios provenientes de las actividades de
derecho público que realiza el gobierno, y que recibe en
forma de recargos, intereses moratorios o multas, o como
cualquier ingreso no clasificable, como impuestos, derechos o
productos.
ARANCEL
Tarifa oficial para el pago de impuestos o contribuciones y tasas
o derechos; aquélla que se fija oficialmente para el pago
de los honorarios correspondientes a determinadas actividades
profesionales, como contraprestación a un servicio
recibido.
Impuesto que
se debe pagar por concepto de importación de bienes.
Pueden ser "ad valorem" (al valor), como un porcentaje del valor
de los bienes, o "específicos" como una cantidad
determinada por unidad de peso o volumen. Los
aranceles se
emplean para obtener un ingreso gubernamental o para proteger a
la industria
nacional de la competencia de
las importaciones.
Impuesto o
tarifa que grava los productos transferidos de un país a
otro. El incremento de estas tarifas sobre los productos a
importar elevan su precio y los hacen menos competitivos dentro
del mercado del país que importa, tendiendo con esto a
restringir su comercialización.
ARANCEL DISCRIMINATORIO
Impuesto a la
importación que se establece a nivel diferente de otros
comparables, para impedir la entrada de una mercancía de
un determinado país de origen.
ARBITRAJE BURSATIL
Operación bursátil que se realiza cuando un mismo
valor opera en dos mercados
diferentes a precios distintos, para comprar donde esté a
un precio menor y vender a donde el precio sea mayor y
viceversa.
AREA DE RESPONSABILIDAD
Departamento, centro o nivel jerárquico de
administración, dirección y ejecución del trabajo,
organizado para intervenir directamente en la formulación
de objetivos y en la comparación de los mismos con los
resultados obtenidos, con el objeto de establecer su responsabilidad en las desviaciones habidas por
distintos conceptos y causas.
AREAS DE RESPONSABILIDAD, ADMINISTRACION POR
Enfoque de administración en el cual se analiza y
cuantifica la responsabilidad (obligación de una persona
de desempeñar lo mejor posible las funciones que se
le asignen), identificando la actuación con los resultados
obtenidos. Permite que las operaciones se registren y se informe por
niveles de responsabilidad dentro de la
organización.
AREAS DE RESPONSABILIDAD, CONTABILIDAD
POR
Es aquélla que clasifica la información contable y estadística de las actividades de una
empresa, de acuerdo con la autoridad y
responsabilidad de los gerentes o los responsables de ellas.
Es una técnica que sirve para controlar los ingresos,
costos y gastos, tomando en consideración las
responsabilidades asignadas a cada funcionario o supervisor de
área o departamento.
AREAS ESTRATEGICAS Y PRIORITARIAS DEL SECTOR PUBLICO
Son aquellas actividades económicas que por su naturaleza
cumplen una función impulsora y dinamizadora del sistema
económico general, y que por lo mismo forman un
ámbito cuyo control está reservado exclusivamente
al Estado para garantizar su explotación y uso racionales.
Los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los
Estados Unidos
Mexicanos establecen las áreas estratégicas y
prioritarias reservadas al Estado Mexicano.
ARQUEO DE CAJA
Es el corte de caja complementado con el recuento o
verificación de las existencias en efectivo y de los
documentos que
forman parte del saldo de la cuenta respectiva, a una fecha
determinada.
ARRENDADORAS FINANCIERAS
Son organizaciones
que mediante un contrato de arrendamiento se obligan a adquirir
determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal a plazo
forzoso a una persona física o moral,
obligándose ésta a realizar pagos parciales por una
cantidad que cubra el costo de adquisición de los bienes,
los gastos financieros y otros gastos conexos, para adoptar al
vencimiento del contrato cualquiera de las tres opciones
siguientes: a) comprar el bien a un precio inferior a su valor de
adquisición, fijado en el contrato, o inferior al valor de
mercado; b) prorrogar el plazo del uso o goce del bien, pagando
una renta menor; c) participar junto con la arrendadora de los
beneficios que deje la venta del bien,
de acuerdo a las proporciones y términos establecidos en
el contrato.
ARRENDAMIENTO
Cesión de una persona (arrendadora) a otra (arrendatario),
del uso de un bien mueble o inmueble, terreno, edificio,
automóvil, maquinaria o de una parte de uno o de otro,
durante un periodo especificado de tiempo a cambio de una
renta u otra compensación.
ARRENDAMIENTO A LARGO PLAZO
Obligación por el alquiler de propiedad, mueble o inmueble
que cubre un largo periodo de años. En su uso actual, ese
término no sólo se aplica al arrendamiento
obligatorio u ordinario, sino también a los contratos de
renta y arrendamiento con opción de compra y a los
contratos que
se asemejan a los de arrendamiento, pero que de hecho son
compras a
plazo. Debido a la importancia y el carácter
frecuentemente complicado de este tipo moderno de financiamiento, los estados
financieros que contienen estas partidas se complementan con
notas detalladas.
ARRENDAMIENTO FINANCIERO
Es el contrato por virtud del cual se otorga el uso o goce
temporal de bienes tangibles, siempre que se cumpla con los
siguientes requisitos: 1.- que se establezca un plazo forzoso que
sea igual o superior al mínimo para deducir la
inversión en los términos de las disposiciones
fiscales o cuando el plazo sea menor, se permita a quien recibe
el bien, que al término del plazo ejerza cualquiera de las
siguientes opciones: a) transferir la propiedad del bien objeto
del contrato mediante el pago de una cantidad determinada, que
deberá ser inferior al valor del mercado del bien al
momento de ejercer la opción; b) prorrogar el contrato por
un plazo determinado durante el cual los pagos serán por
un monto inferior al que se fijó durante el plazo inicial
del contrato; y c) obtener parte del precio por la
enajenación a un tercero del bien objeto del contrato; 2.-
que la contraprestación sea equivalente o superior al
valor del bien al momento de otorgar su uso o goce; y 3.- que se
establezca una tasa de interés
aplicable para determinar los pagos y el contrato se celebre por
escrito.
ARRENDAMIENTO PURO
Operación por contrato que establece el uso o goce
temporal de un bien, con la característica de que no existe
opción de compra al término de la vigencia del
contrato. Por lo tanto, la arrendadora no contrae
obligación alguna de enajenar el bien, ni de hacerle
partícipe al arrendatario del importe de la venta que se
haga del bien a un tercero. En el caso de que al término
del contrato exista un contrato de compra-venta del bien entre el
arrendador y el arrendatario, el bien tendrá que ser
enajenado al valor comercial o de mercado.
ASAMBLEA DE ACCIONISTAS
Reunión de los accionistas de una empresa que
señala la Ley General de Sociedades
Mercantiles en forma ordinaria o extraordinaria. Para que se
pueda celebrar la ordinaria, es necesario que se reúnan
los accionistas que posean, por lo menos, la mitad del capital
social y para la extraordinaria son necesarias las tres cuartas
partes representativas del capital.
ASIENTO COMPUESTO
Aquél en que hay varias cuentas deudoras, varias
acreedoras o a la vez varias deudoras y acreedoras.
ASIENTO CONTABLE
Registro de
una operación real o virtual en el libro
correspondiente.
Registro de
las operaciones financieras y presupuestarias ejercidas que se
realiza en los libros autorizados a las dependencias y entidades
del Gobierno Federal.
ASIENTO CORRELATIVO
El que se hace para relacionar los movimientos deudores o
acreedores de una o varias cuentas para que sean
recíprocos.
ASIENTO DE AJUSTE
El que se hace para igualar varias cuentas o para conciliar una
cuenta con otra, o bien para que indique su saldo verdadero en la
fecha del estado de situación financiera.
ASIENTO DE APERTURA
Aquél con que se inicia el registro de las
operaciones de una empresa. Es el balance inicial registrado como
asiento, en los libros contables.
ASIENTO DE CAJA
El que debe anotarse o se encuentra anotado en el libro de
caja.
ASIENTO DE CIERRE
Registro que se realiza al final del ejercicio, el cual sirve
para liquidar todas las cuentas (activo, pasivo y capital) que
muestren saldo; para que las mismas queden saldadas se requiere
acreditar el saldo que tengan las cuentas de activo y cargar el
saldo que tengan las de pasivo y capital.
ASIENTO DE COMPLEMENTO
El que se hace para incluir en una o varias cuentas todo el
movimiento que
corresponda a un periodo determinado.
ASIENTO DE CONCENTRACION
El que sirve para asentar en resumen, un conjunto de cargos y
abonos tomados de un libro de primera entrada.
ASIENTO DE DIARIO
Registro de un libro diario, de cargos y abonos iguales, con una
explicación de la transacción, cuando el caso lo
requiere.
ASIENTO DE MAYOR
El que debe anotarse o se encuentra anotado en el libro
mayor.
ASIENTO DE TRASPASO
Aquél que tiene por objeto trasladar ciertas partidas de
una o varias cuentas a otra u otras. En la contabilidad bancaria
un asiento de traspaso significa "asiento de diario".
ASIENTO VIRTUAL
Aquél que se formula sin haberse recibido ni entregado
materialmente nada, pero que es necesario para que las cuentas
respectivas arrojen su saldo verdadero. Los "asientos de
complemento" se consideran dentro de esta
clasificación.
ASIENTOS DE AJUSTE
Son los registros
requeridos al final de un periodo para actualizar las cuentas
antes de la preparación de los estados
financieros. Los asientos de ajuste sirven para prorratear
adecuadamente ciertas transacciones entre los periodos contables
afectados y para registrar aquellos ingresos devengados o los
gastos que no han podido registrarse con anterioridad al cierre
del periodo.
ASIENTOS EN AUXILIARES
Son los registros que
deben anotarse o se encuentran anotados en libros auxiliares.
ASIGNACION
Es el importe previsto en partidas, guiones, subguiones y/o
incisos presupuestarios destinados a sufragar las erogaciones que
según el objeto del gasto les corresponde.
ASIGNACION MODIFICADA
Importe de la asignación original, más o menos los
importes de las afectaciones presupuestarias que pueden ser
compensadas o líquidas. Se le denomina también como
asignación neta o presupuesto modificado.
ASIGNACION ORIGINAL
Importe consignado en el Presupuesto de Egresos de la
Federación aprobado por la H. Cámara de
Diputados.
ASIGNACION PRESUPUESTARIA
Importe destinado a cubrir las erogaciones previstas en
programas, subprogramas, proyectos y
unidades presupuestarias, necesarias para el logro de los
objetivos y metas programadas. Esta se divide en
asignación original y asignación modificada.
ASOCIACION
Contrato en virtud del cual varios individuos convienen en
reunirse de manera permanente para realizar un fin común
que no esté prohibido por la ley y que no tenga
carácter preponderantemente económico. La palabra
asociación tiene un doble significado: el lato y el
restringido. El significado lato comprende toda agrupación
de personas físicas, realizada con un cierto
propósito de permanencia para el cumplimiento de una
finalidad cualquiera, de un interés
común para los asociados, siempre que sea lícito.
El significado restringido de la palabra asociación se
entiende, a su vez, de dos maneras, como asociación de
interés
público y como asociación de interés
privado. Acción de formar una compañía
llevando a cabo las formalidades legales necesarias.
ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI)
Asociación creada en 1980, para sustituir a la ALALC
(Asociación Latinoamericana de Libre Comercio),
cuyo principal objetivo es
impulsar la integración y desarrollo
económico de los países miembros. Está
constituida por once naciones latinoamericanas: Argentina,
Bolivia,
Brasil,
Colombia,
Chile,
Ecuador,
México,
Paraguay,
Perú, Uruguay y
Venezuela. Las
funciones
básicas de la ALADI son:
promover y regular el comercio en
forma recíproca entre los países de la
región; buscar la complementación económica
entre los países miembros; y desarrollar acciones de
cooperación que contribuyan a la ampliación de los
mercados
nacionales.
ASUNCION DE LA DEUDA (ASUNCION DE PASIVO)
Mecanismo a través del cual el Gobierno Federal asume como
propios, para su pago, el conjunto de empréstitos de
terceros a entidades de la Administración Pública
Paraestatal, con el fin de sanear su estructura financiera. No
constituye un requerimiento de efectivo y sí un doble
registro de ingreso-gasto, ya que al ser autorizado, se registra
virtualmente un financiamiento
y una aportación del Sector Central, así como una
amortización y una aportación al patrimonio de
la entidad beneficiada.
AUDITOR
Persona capacitada y designada por parte competente, para
examinar determinadas cuentas e informar o dictaminar acerca de
ellas. Originalmente la palabra que se define significa "oidor" u
"oyente". El origen de su uso en la contaduría puede
encontrarse en épocas remotas en Inglaterra,
cuando pocas personas sabían leer y las cuentas de los
grandes propietarios eran "oídas" (escuchadas) en vez de
ser examinadas como se hace en la actualidad.
AUDITOR INTERNO
Es responsable de la dirección y conducción de la
auditoría
interna de una dependencia o entidad.
AUDITORIA
Es el examen objetivo y
sistemático de las operaciones financieras y
administrativas de una entidad, practicado con posterioridad a su
ejecución y para su evaluación.
Revisión, análisis y examen periódico
que se efectúa a los libros de contabilidad, sistemas y
mecanismos administrativos, así como a los métodos de
control
interno de una organización administrativa, con el
objeto de determinar opiniones con respecto a su
funcionamiento.
AUDITORIA ADMINISTRATIVA
Es una revisión sistemática y evaluatoria de una
entidad o parte de ella, que se lleva a cabo con la finalidad de
determinar si la
organización está operando eficientemente.
Constituye una búsqueda para localizar los problemas
relativos a la eficiencia dentro
de la
organización. La auditoría
administrativa abarca una revisión de los objetivos,
planes y programas de la empresa; su estructura orgánica y
funciones; sus sistemas,
procedimientos
y controles; el personal y las
instalaciones de la empresa y el medio en que se desarrolla, en
función de la eficiencia de
operación y el ahorro en los costos. La auditoría
administrativa puede ser llevada a cabo por el licenciado en
administración de empresas y otros
profesionales capacitados, incluyendo al contador público
adiestrado en disciplinas administrativas o respaldado por otros
especialistas. El resultado de la auditoría
administrativa es una opinión sobre la eficiencia
administrativa de toda la empresa o parte de
ella.
AUDITORIA CONTINUA
Cualquier auditoría de trabajo detallado que se hace
continuamente o a ciertos intervalos durante un ejercicio fiscal,
con el objeto de descubrir y corregir, antes de finalizar el
ejercicio, procedimientos
ineficaces o erróneos, reduciendo en esta forma el trabajo del
auditor externo al cierre del ejercicio.
AUDITORIA DE BALANCE
Revisión, por un contador público, de los registros de
contabilidad de una empresa y de sus métodos
internos de control, que sirve a dicho profesional para expresar
su opinión acerca de los estados
financieros de aquélla. Entre los objetivos
principales de una auditoría de balance, se encuentran los
siguientes directamente relacionados con los estados
financieros que examina: certeza de que no se omitió
alguna partida de importancia del activo, del pasivo, o del
capital; que las declaraciones informativas son razonablemente
correctas y no fueron incluidas en los estados con la
intención de dificultar la interpretación de
éstos; que el activo que se muestra a la
fecha del balance es realmente de la empresa y el pasivo
representa sus obligaciones reales o contingentes; que las
partidas del capital se clasificaron correctamente conforme a su
naturaleza; que el superávit se analizó en sus
componentes principales; y que el estado de
ingresos y gastos refleje razonablemente los resultados de las
operaciones por el periodo indicado.
AUDITORIA DE CAJA
Examen limitado a las operaciones de caja (dinero en efectivo y
cuentas de cheques con
los bancos) durante el periodo determinado, llevada a cabo con el
fin de cerciorarse de que todo el dinero
recibido ha sido debidamente asentado en las cuentas y de
comprobar que todos los pagos han sido autorizados y registrados
en modo apropiado. La auditoría de caja implica un trabajo
detallado, pero limitado en cuanto a su programa, ya que
se refiere exclusivamente a la fuente de origen de los ingresos y
a la naturaleza de los egresos, con objeto de comprobar su
exactitud. Además de la verificación de ingresos y
egresos, incluye la comprobación material de las
existencias en caja por medio de un arqueo y la
confirmación directa de los saldos en cuenta de cheques, por
medio de correspondencia con las instituciones bancarias
respectivas. Una auditoría de esta especie determina las
responsabilidades de las personas encargadas del manejo de
fondos, en caso de que las hubiera.
AUDITORIA DE OBRA PUBLICA
Se orienta a verificar el cumplimiento de los programas de obra
pública; la correcta aplicación del presupuesto
asignado, en términos de eficiencia, economía y
honradez; la observancia de las disposiciones legales aplicables
en la materia; la
comprobación del cumplimiento a los programas de obra
establecidos en el contrato; la revisión de que las obras
contratadas se inicien y concluyan en las fechas pactadas; y que
se supervisen en todas las fases conforme a las normas y procedimientos
que al efecto se establezcan, entre otros aspectos.
AUDITORIA DE RESULTADO DE PROGRAMAS
Examen para verificar si las actividades de las dependencias y
entidades del Sector Público se realizaron con
oportunidad, para el logro de los objetivos y metas programadas
en relación con el avance del ejercicio
presupuestario.
AUDITORIA DE SISTEMAS
Está dirigida a evaluar los sistemas y
procedimientos
de uso en una empresa, con el propósito de determinar si
su diseño
y aplicación son correctos; y comprobar el sistema de
procesamiento de información como parte de la
evaluación de control
interno; así como para identificar aspectos
susceptibles de mejorarse o eliminarse.
AUDITORIA ESPECIAL
La que se lleva a cabo con una finalidad distinta a la de
dictaminar los estados
financieros de fin de ejercicio. En una auditoría de este tipo, puede ser necesario
comprobar detalladamente las operaciones o bien puede ser
suficiente llevar a cabo pruebas
selectivas de ciertas partes de la contabilidad. Generalmente
este tipo de auditoría implica el examen y
comprobación particular de alguna cuenta o cuentas.
AUDITORIA EXTERNA
Revisión, análisis y examen contable y de control
general practicado por un contador público independiente,
ajeno a empresas privadas y a las entidades de la
Administración Pública Federal.
AUDITORIA FINANCIERA
Examen y comprobación de las operaciones, registros,
informes y los
estados financieros de una entidad correspondientes a determinado
periodo, la determinación de las disposiciones legales,
políticas y otras normas aplicables, y la
revisión y evaluación del control
interno establecido.
Revisión, análisis y examen de las transacciones,
operaciones y requisitos financieros de una entidad con objeto de
determinar si la información financiera que se produce es
confiable, oportuna y útil.
AUDITORIA GUBERNAMENTAL
Revisión y examen que llevan a cabo la Secretaría
de Contraloría y Desarrollo Administrativo y la
Contaduría Mayor de Hacienda a las operaciones de
diferente naturaleza, que realizan las dependencias y entidades
del Gobierno Federal, Estatal y Municipal en el cumplimiento de
sus atribuciones.
AUDITORIA INTEGRAL
Revisión global de las actividades financieras, contables
y administrativas que realizan las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, que incluye
auditoría financiera, operacional, de resultados de
programas y de legalidad.
AUDITORIA INTERNA
Revisión, análisis y examen que se efectúa a
los controles y la contabilidad de una entidad, con objeto de
diagnosticar y evaluar su funcionamiento, proporcionando
información que apoye el resultado de la gestión, practicado por personal
perteneciente a la propia entidad.
AUDITORIA OPERACIONAL
Es una revisión y evaluación parcial o total de las
operaciones y procedimientos adoptados en una empresa, con la
finalidad principal de auxiliar a la dirección a eliminar
las deficiencias por medio de la recomendación de medidas
correctivas.
Comprende además de la financiera, el examen y
evaluación de la planeación, organización,
dirección y control
interno administrativo; de la eficiencia, eficacia y
economía con que se han empleado los recursos
humanos, materiales y financieros; y de los resultados de las
operaciones programadas para saber si se han logrado o no los
objetivos propuestos.
AUDITORIA PRESUPUESTARIA
Proceso de examen y revisión en detalle de las actividades
de gobierno para verificar la eficiencia, honestidad y
legalidad con que se emplean los recursos del Estado.
AUMENTO DE PASIVO
Significa un incremento en las obligaciones de la entidad y puede
tener su origen en tres causas principales: a) aumento del
activo; b) disminución del capital; y c)
sustitución del mismo pasivo.
AUMENTO NETO DE LA DEUDA
Diferencia existente entre la colocación de los nuevos
empréstitos o aumentos en el pasivo fijo, y la
amortización en efectivo o con otros activos asignados
para el pago de la deuda en un mismo año. También
se le conoce como endeudamiento neto.
AUMENTO NETO DE LAS CUENTAS POR PAGAR
Incremento contable de los adeudos. Diferencia entre el valor de
los bienes y servicios comprados y los pagos hechos por esos
conceptos durante el ejercicio, así como los pagos
recibidos a título de anticipo por las ventas de
bienes y servicios y la diferencia entre los intereses devengados
y las cantidades pagadas por concepto de intereses de las
obligaciones que el sector del gobierno central adeuda a otros
sectores, salvo en los casos en que tales intereses se agreguen a
la obligación respectiva.
AUMENTOS DE ACTIVO
Adición de bienes que posee una entidad. Esta
adición puede derivarse por tres motivos: a)
capitalización de beneficios; b) aumento del pasivo
(ejemplo: compra de mercancías a crédito); y c)
disminución del mismo activo (compra en efectivo).
AUMENTOS DE CAPITAL
Incrementos de las acciones de una empresa. Estos pueden
originarse por : a) aumentos en el capital; b) conversión
de capital contable a capital social; y c) combinación de
los dos casos anteriores.
AUTOEVALUACION
Es la herramienta más práctica con que cuenta una
dependencia o entidad para conocer los avances y las desviaciones
de sus objetivos, planes y programas, sobre todo de la
operatividad de aquellas acciones que se emprenden con la
finalidad de mejorar la funcionalidad de los sistemas y
procesos que
regulan el quehacer de la propia entidad. Revisión
detallada y periódica del propio responsable de las
acciones emprendidas para mejorar el funcionamiento de
determinada área, unidad, órgano, sistema o
procedimiento, a fin de medir el grado de eficiencia, eficacia y
congruencia en su operación.
AUTONOMIA DE GESTION
Mayor margen de maniobra otorgado a las empresas públicas
que les permite tener más agilidad para adecuarse a las
nuevas circunstancias para el desarrollo pleno de la capacidad
gerencial de los niveles de dirección, reformulando el
sistema de relaciones existentes entre el sector central y el
paraestatal.
Proceso mediante el cual las empresas públicas deciden
responsablemente la adquisición o enajenación de
productos, el ejercicio de los recursos propios, su estructura
administrativa y los niveles de remuneración del personal cuya
fijación no sea competencia de
otras instancias, para cumplir más eficaz y eficientemente
con los objetivos estratégicos que le asigna el Estado.
Supone el desarrollo de un sistema de evaluación que pone
énfasis en los resultados, para lo cual es necesario
establecer indicadores de
gestión. De esta forma, la evaluación se
convierte en apoyo sustancial de las funciones de
dirección.
AUTORIDAD
Atribución conferida por la ley a ciertas personas, para
que éstas puedan ejercer la función de mando,
encaminada a lograr el cumplimiento de la ley o funciones de las
instituciones.
AUTORIDAD FISCAL
Dícese del representante del poder público que
está facultado para recaudar impuestos, controlar a los
causantes, imponer sanciones previstas por el Código
Fiscal, interpretar disposiciones de la ley, etc.
AUTORIDAD RECAUDADORA
La constituyen las unidades del Servicio de Administración
Tributaria que comprende las aduanas y
oficinas de este órgano desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
las autoridades fiscales de las entidades federativas
coordinadas, los organismos descentralizados y bancos comerciales
competentes para recaudar la contribución federal de que
se trate, para llevar a cabo el procedimiento administrativo de
ejecución.
Las autoridades recaudadoras federales son de conformidad con la
Ley del Servicio de la Tesorería de la Federación y
la Ley del Servicio de Administración Tributaria las
encargadas de los servicios de "recaudación", provenientes
de la aplicación de la Ley de Ingresos de la
Federación y de otros conceptos que deba percibir el
Gobierno Federal.
AUTORIDADES ADMINISTRADORAS
Son las autoridades fiscales de la Secretaría de Hacienda
y Crédito Público, de las entidades federativas
coordinadas y de los organismos descentralizados, competentes
para conceder la autorización de que se trate.
AUTORIZACION DE CARGO
Documento presupuestario que se usa cuando hay necesidad de
gravar el presupuesto de egresos, sin que materialmente exista
erogación de fondos públicos.
Operación a través de la cual se realizan prestaciones
de servicios de una entidad a otra, sin que efectúen
erogaciones efectivas que signifiquen una disminución de
sus asignaciones presupuestarias.
AUTORIZACION DE CREDITO
Otorgamiento de anuencia de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público a las solicitudes para contratar
créditos, presentados por los organismos descentralizados,
empresas de participación estatal mayoritaria y los
fideicomisos creados por el Gobierno Federal.
AUTORIZACION DEFINITIVA
Documento mediante el cual la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público autoriza la inversión
física a las dependencias y entidades. Esta
autorización se da a nivel de programa,
subprograma y proyecto
(prioritario o estratégico). Por lo que se refiere a estos
últimos se considera tanto los que hayan sido objeto de
autorización especial, y que pudieran ser modificados o no
durante el proceso de sanción legislativa del Presupuesto
de Egresos de la Federación, como los no incluidos en esta
fase.
AUTORIZACION ESPECIAL
Documento mediante el cual la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público autoriza la inversión
física y tiene por objeto que las dependencias y entidades
puedan comprometer anticipadamente recursos para proyectos nuevos
o en proceso, considerados como estratégicos o
prioritarios a efecto de asegurar la oportunidad o continuidad de
las obras o de las adquisiciones. Esta autorización se
originó con base en el acuerdo conocido como de
"secas".
AVAL
Garantía total o parcial de pago prestada por un tercero,
que se obliga solidariamente con el deudor, para el caso de que
éste no lo realice. El aval se hace constar en los propios
títulos de crédito o bien en un oficio, contrato o
cualquier otro instrumento, en forma genérica.
La obligación contraida por alguno de los signatarios de
un título de crédito o por un extraño, de
pagar dicho título en todo o en parte, en defecto de
alguno de los obligados en el título mismo. El aval se
hace constar en el propio documento o en hoja que se le adhiera.
Se expresa con la fórmula "por aval", u otra equivalente y
debe llevar la firma de quien lo presta. Legalmente, la sola
firma en el documento puede tenerse como aval, en algunos
casos.
AVALISTA
Persona que otorga el aval. Para efectos de la deuda
pública el avalista oficial es la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.
AVALUO
Estimación o dictamen pericial que se hace del valor o
precio de una cosa.
AVALUO CATASTRAL
La valuación oficial de un inmueble para fines de
contribuciones prediales.
AVANCE FINANCIERO
Reporte que permite conocer la evolución y ejercicio del gasto
público en un periodo determinado para su
evaluación.
AVANCE FISICO
Reporte que permite conocer en una fecha determinada el grado de
cumplimiento en términos de metas que van teniendo cada
uno de los programas de la Administración Pública y
que posibilita a los responsables de los mismos conocer la
situación que guardan durante su ejecución.
AVANCE FISICO FINANCIERO
Reporte que permite conocer los resultados de las metas
programadas en relación con los recursos del gasto
utilizados en un periodo determinado.
AVISO DE CARGO
Operación a través de la cual se realizan funciones
de regularización y pago de las operaciones efectuadas con
cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación.
AVISO DE PAGO
Cuenta por liquidar certificada sin previa radicación de
orden de pago, cuya finalidad es justificar las erogaciones que
se cubran con cargo a las partidas que al efecto autorice la
Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
AVISO DE REINTEGRO (DOCUMENTO MULTIPLE)
Modalidad del documento múltiple, por medio del cual las
dependencias reintegran recursos presupuestarios a la
Tesorería de la Federación, o a las instituciones
bancarias con abono al Presupuesto de Egresos de la
Federación, por concepto de pagos en demasía o
indebidos.
AYUDAS
Asignaciones que la Administración Pública Federal
otorga a los diferentes sectores de la población e instituciones sin fines de
lucro, en forma directa o mediante fondos y fideicomisos. Incluye
las asignaciones que el Gobierno Federal destina para apoyar a la
población.
Es el traslado de recursos en dinero o en especie que recae
directamente en los individuos o familias para incrementar su
ingreso disponible.
AYUDAS A LOS SECTORES SOCIAL Y
PRIVADO
Agrupa las asignaciones corrientes que
otorga la Administración Pública Central sin
contraprestación alguna, ya sea en forma directa o
mediante fondos fideicomitidos, a los sectores social y privado y
al exterior.
Son los recursos que se otorgan con el
objeto de financiar la adquisición de activos fijos y/o
apoyar la liquidación de pasivos, a algunas entidades que
laboren con fines de utilidad pública y cuyos ingresos son
insuficientes para mantener sus servicios.
B
BAJO LA PAR
Expresión utilizada en
títulos de crédito especialmente en los emitidos en
serie, cuando su valor efectivo es inferior a su valor nominal,
bien sea en el momento de su emisión o posteriormente, en
su negociación.
Se dice con referencia a los
títulos de crédito que se cotizan con descuento
sobre su valor nominal.
BALANCE DE LA RENTA
NACIONAL
Es un apartado del balance de una
economía nacional, que registra el movimiento de los
ingresos, desde la formación de los mismos como resultado
de la realización de la producción, hasta su
distribución entre los distintos sectores
económicos.
BALANCE
DICTAMINADO
Estado financiero que se acompaña
del dictamen de un contador público titulado; dictamen que
consiste en la opinión emitida por el profesional de
referencia en cuanto si el balance presenta de una manera
razonable la situación financiera de la empresa, conforme
a principios de
contabilidad generalmente aceptados. A este estado se le
denomina también estado de situación financiera
dictaminado.
BALANCE
ECONOMICO
Resultado positivo (superávit), o
negativo (déficit), de la confrontación entre los
ingresos y los egresos del Gobierno Federal y de las entidades
paraestatales de control presupuestario directo e indirecto. El
balance económico se divide en presupuestario y
extrapresupuestario.
BALANCE FINANCIERO O BALANCE DEL
SECTOR PUBLICO
Resultado que se obtiene de sumar el
balance económico y el resultado del uso de recursos para
financiar a los sectores privado y social (déficit o
superávit por intermediación
financiera).
Resultado que se obtiene de sumar al
balance del Gobierno Federal, el déficit o
superávit de las entidades paraestatales de control
presupuestario directo e indirecto y el resultado del uso de
recursos para financiar a los sectores privado y
social.
BALANCE GENERAL
Es el estado
básico demostrativo de la situación financiera de
una empresa, a una fecha determinada, preparado de acuerdo con
los principios
básicos de contabilidad gubernamental que incluye el
activo, el pasivo y el capital contable.
BALANCE GENERAL
COMPARATIVO
Estado financiero en el que se comparan
los diferentes elementos que lo integran en relación con
uno o más periodos, con el objeto de mostrar los cambios
ocurridos en la posición financiera de una empresa y
facilitar su análisis.
BALANCE GENERAL
CONSOLIDADO
Es aquél que muestra la
situación financiera y resultados de operación de
una entidad compuesta por la compañía tenedora y
sus subsidiarias, como si todas constituyeran una sola unidad
económica.
Se formula sustituyendo la
inversión de la tenedora en acciones de
compañías subsidiarias, con los activos y pasivos
de éstas, eliminando los saldos y operaciones efectuadas
entre las distintas compañías, así como las
utilidades no realizadas por la entidad.
BALANCE GENERAL
ESTIMATIVO
Es un estado financiero preparado con
datos
preliminares, que usualmente son sujetos de
rectificación.
BALANCE GENERAL
PROFORMA
Estado contable que muestra
cantidades tentativas, preparado con el fin de mostrar una
propuesta o una situación financiera futura
probable.
BALANCE, METODOS DE PRESENTACION
DEL
La presentación de las diferentes
cuentas que integran el balance se puede realizar en
función de su orden creciente o decreciente de liquidez.
El método es creciente cuando se presentan primero los
activos de mayor liquidez o disponibilidad y a
continuación en este orden de importancia las demás
cuentas. Se dice que el balance está clasificado en orden
de liquidez y de exigibilidad decreciente, cuando los activos
inmovilizados se presentan primero y finalmente, observando ese
orden los activos realizables o corrientes.
BALANCE OPERACIONAL FINANCIERO DEL
SECTOR PUBLICO
Estado que muestra las
operaciones financieras de ingresos, egresos y déficit de
las dependencias y entidades del Sector Público Federal
deducidas de las operaciones compensadas realizadas entre ellas.
La diferencia entre gastos e ingresos totales genera el
déficit o superávit
económico.
BALANCE
PRESUPUESTARIO
Saldo que resulta de comparar los
ingresos y egresos del Gobierno Federal más los de las
entidades paraestatales de control presupuestario
directo.
BALANCE PRIMARIO DEL SECTOR
PUBLICO
El balance primario es igual a la
diferencia entre los ingresos totales del Sector Público y
sus gastos totales, excluyendo los intereses. Debido a que la
mayor parte del pago de intereses de un ejercicio fiscal
está determinado por la acumulación de deuda de
ejercicios anteriores, el balance primario mide el esfuerzo
realizado en el periodo corriente para ajustar las finanzas
públicas.
BALANZA
COMERCIAL
Es la parte de la balanza de pagos
que contempla las importaciones y
exportaciones de
mercancías o bienes tangibles. Se utiliza para registrar
el equilibrio o
desequilibrio en el que se encuentran estas transacciones
respecto al exterior y se expresan en déficit o
superávit; el primero cuando son mayores las importaciones; y
el segundo cuando son mayores las exportaciones.
BALANZA DE
COMPROBACION
Es un estado contable que se formula
periódicamente, por lo general al fin de cada mes, para
comprobar que la totalidad de los cargos es igual a la totalidad
de los abonos hechos en los libros durante cierto periodo. La
"balanza" casi siempre contiene los siguientes datos: a) folios
de las cuentas; b) nombres de éstas; c) saldos deudores y
acreedores debidamente clasificados; y d) sumas de saldos
deudores y acreedores, las cuales deben ser iguales entre
sí.
Conjunto de datos que arroja
el libro mayor antes de que se registren los asientos de
liquidación de cuentas de los presupuestos y
de resultados de cada uno de los siguientes grupos: erario,
administración e inventario. La
forma contiene tres grandes divisiones: a) cuentas,
números y títulos de las mismas; b) movimientos,
subdivisiones y cuentas generales, cada una con dos columnas que
corresponden a "debe" y "haber"; y c) saldos, subdivisiones y
cuentas generales, cada una con dos columnas correspondientes a
"deudores" y "acreedores". En consecuencia, es la lista o
extracto de saldos o total de los débitos y de los
créditos de las cuentas de un mayor que tiene por objeto
determinar la igualdad de
cargos y abonos asentados y fijar un resumen básico para
los estados financieros.
BALANZA DE PAGOS
Registro sistemático de todas las
transacciones económicas efectuadas entre los residentes
del país que compila y los del resto del mundo. Sus
principales componentes son la cuenta corriente, la cuenta de
capital y la cuenta de las reservas oficiales. Cada
transacción se incorpora a la balanza de pagos
como un crédito o un débito. Un crédito es
una transacción que lleva a recibir un pago de
extranjeros; un débito es una transacción que lleva
a un pago a extranjeros.
Las transacciones económicas que
se incluyen en la balanza de pagos
son: las operaciones de bienes y servicios y renta entre una
economía y el resto del mundo; los movimientos de activos
y pasivos financieros de esa economía con el resto del
mundo; los traspasos de propiedad y otras variaciones de oro
monetario; los derechos especiales de giro (DEG); y las
transferencias unilaterales.
BALANZA DE RENTA
Pagos a factores de la producción,
que por definición no acarrea ninguna
transformación, antes de convertirse en renta o ingreso de
sus propietarios; intereses devengados por depósitos
bancarios, títulos de la deuda y otros préstamos y
dividendos percibidos por participación del capital,
utilidades reinvertidas y crédito a la inversión
directa.
BALANZA DE
SERVICIOS
Es el registro sistemático del
total de pagos realizados por los servicios de los residentes de
un país a los del exterior, y los que éstos a su
vez cubrieron. A estos ingresos y egresos también se les
denomina importaciones y
exportaciones de
servicios.
BALANZA EN CUENTA
CORRIENTE
Esta cuenta agrupa los bienes, servicios,
rentas y transferencias netas unilaterales efectuadas mediante
transacciones bilaterales o unilaterales con el exterior en un
período determinado. Cabe señalar que en las
transferencias netas unilaterales se incluyen las corrientes y
las de capital. Sin embargo es útil separar las
transferencias corrientes de las transferencias de capital, ya
que las primeras permiten determinar el ingreso nacional
disponible y las segundas el ahorro.
BALANZA EN LA CUENTA DE
CAPITAL
La cuenta de capital registra
básicamente cambios en los activos y pasivos financieros
internacionales que permiten determinar la formación bruta
de capital y su financiamiento. Esta cuenta tiene tres grupos
componentes: a) los movimientos de capital, b) los movimientos en
los pasivos específicos, y c) los movimientos en las
reservas.
El primero se integra por tres rubros: la
inversión directa, la inversión de cartera y la de
capital a largo plazo.
El segundo grupo
está constituido por capital a corto plazo, que
está vinculado a los procesos de
financiamiento de los desequilibrios en las relaciones
económicas con el exterior que se destinan a fortalecer
las reservas internacionales y a financiar la deuda existente
vinculada al sector oficial.
El tercero incluye las reservas
internacionales y conceptos afines relativos a la tenencia de
estos activos y las contrapartidas contables de las
modificaciones originadas por las revalorizaciones o
desvalorizaciones.
BALANZA DE TRANSFERENCIAS UNILATERALES
NETAS
Es el registro de los activos financieros
que no tienen contraprestación entre ellos, y de las
cuales se conocen dos tipos: privadas y gubernamentales. En el
primer tipo de transferencias se encuentran las transferencias de
emigrantes y remesas de trabajadores, los llevados por
inmigrantes al exterior, y los egresos de activos financieros
originados por remesas de trabajadores al resto del mundo; y la
de segundo tipo comprende créditos y donaciones del
gobierno de un país a otro sean otorgados o
recibidos.
BANCA
Se denomina con este término a la
actividad que realizan los bancos comerciales y de desarrollo en
sus diferentes modalidades que conforman el sistema bancario y
constituyen instituciones de intermediación financiera.
Esto es que admiten dinero en forma de depósito, otorgando
por ello un interés (tasa pasiva), para posteriormente, en
unión de recursos propios, conceder créditos,
descuentos y otras operaciones financieras por las cuales cobra
un interés (tasa activa), comisiones y gastos en su
caso.
BANCA COMERCIAL
Se denomina así a las
instituciones de crédito autorizadas por el Gobierno
Federal para captar recursos financieros del público y
otorgar a su vez créditos, destinados a mantener en
operación las actividades económicas. Por estas
transacciones de captación y financiamiento, la banca comercial
establece tasas de interés activas y
pasivas.
BANCA DE
DESARROLLO
Instituciones que ejercen el servicio de
banca y
crédito a largo plazo con sujeción a las
prioridades del Plan Nacional de
Desarrollo y en especial al Programa Nacional
de Financiamiento del Desarrollo, para promover y financiar
sectores que le son encomendados en sus leyes
orgánicas de dichas instituciones. Por ejemplo a Nacional
Financiera (NAFIN), se le encomienda promover el ahorro y la
inversión, así como canalizar apoyos financieros y
técnicos al fomento industrial y en general, al desarrollo
económico nacional y regional del país. Las
instituciones de banca de
desarrollo tienen por objeto financiar proyectos prioritarios
para el país.
BANCA EXTRANJERA
Está constituida por el conjunto
de entidades financieras cuyas oficinas matrices
radican en el exterior y son regidas por las leyes de los
países a los que pertenecen.
BANCA MIXTA
Son instituciones financieras
constituidas con aportaciones del Gobierno Federal, así
como de particulares. Es a esta conformación de capital a
la que debe su nombre.
BANCA MULTIPLE
Situación jurídica especial
que permite a las instituciones de crédito realizar por
sí solas todas las funciones de banco,
financiera, hipotecaria , fiduciaria y compraventa de
valores.
BANCA PRIVADA
Son las instituciones financieras de
propiedad particular que realizan funciones de captación y
financiamiento de recursos, persiguiendo con ello una utilidad o
beneficio como resultado del diferencial entre las tasas de
interés activas y pasivas.
BANCO
Institución que realiza
operaciones de banca, es decir
es prestatario y prestamista de crédito; recibe y
concentra en forma de depósitos los capitales captados
para ponerlos a disposición de quienes puedan hacerlos
fructificar.
BANCO CENTRAL
El banco de propiedad y/o control
público que actúa como autoridad monetaria de un
país; posee y administra las reservas internacionales y
tiene pasivos en forma de depósitos a la vista de otros
bancos y de las entidades públicas del país o de
particulares.
Institución pública cuya
finalidad primordial es proponer y aplicar las medidas de
política
monetaria y crediticia de un país con el objeto de
coadyuvar al buen funcionamiento de la economía nacional;
constituye el centro financiero del país y es normalmente
controlada total o parcialmente por el gobierno, aunque en
algunos casos es autónomo. Las funciones principales de un
banco central son: mantener y regular la reserva monetaria del
país; emitir moneda en forma exclusiva; fijar las tasas de
interés que operen en el sistema monetario; regular la
circulación monetaria y el volumen del
crédito; actuar como banco de bancos y cámara de
compensaciones; controlar a los bancos comerciales para apoyar la
política
monetaria del gobierno; fungir como representante del
gobierno ante instituciones financieras internacionales; realizar
operaciones de mercado abierto; y administrar la deuda
pública; excepcionalmente realiza negocios
bancarios ordinarios.
BANCO DE MEXICO
Es el banco central de la nación.
Fue creado por la ley del 15 de agosto de 1925 y constituido por
escritura
pública el 1 de septiembre de ese mismo año.
Actualmente se rige por la Ley del Banco de México
publicada el 23 de diciembre de 1993 correspondiéndole
desempeñar las siguientes funciones:
a) Regular la emisión y
circulación de la moneda, los cambios, la
intermediación y los servicios financieros, así
como los sistemas de pagos.
b) Operar con las instituciones de
crédito como banco de reserva y acreditante de
última instancia.
c) Prestar servicios de tesorería
al Gobierno Federal y actuar como agente financiero del
mismo.
d) Fungir como asesor del Gobierno
Federal en materia
económica y particularmente financiera.
e) Participar en el Fondo Monetario
Internacional y en otros organismos de cooperación
financiera internacional o que agrupen a bancos centrales y con
otras personas morales extranjeras que ejerzan funciones de
autoridad en materia
financiera.
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID)
Institución financiera
internacional fundada el 30 de diciembre de 1959 por veinte
naciones de América: Estados Unidos y
diecinueve países latinoamericanos. Actualmente pertenecen
al BID 26 naciones americanas y 15 países extra
regionales. Los recursos del BID se originaron con las
aportaciones ordinarias de capital de cada país miembro y
con un fondo para operaciones especiales.
Funciones del
BID:
a) Promover la inversión de
capitales públicos y privados para fortalecer el
desarrollo de los países miembros.
b) Estimular las inversiones privadas en
proyectos que impulsan el desarrollo.
c) Utilizar los fondos para contribuir al
crecimiento de los países que lo
integran.
BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION
Y FOMENTO (BIRF)
Institución especializada de las
Naciones Unidas
fundada en 1945 según los acuerdos de la Conferencia
Internacional de Bretton Woods (1944), con el propósito
fundamental de asignar capitales para fomentar la
reconstrucción de las regiones afectadas por la segunda guerra
mundial, y acelerar el desarrollo de aquéllas en que
la producción industrial y agrícola esté
retrasada.
El BIRF obtiene sus fondos de las
ventas de sus
títulos a los países miembros y de la
comisión de bonos en los mercados
financieros internacionales. Otorga préstamos en forma
directa a los gobiernos, más frecuentemente a las empresas
o instituciones privadas bajo la garantía del gobierno;
también puede garantizar préstamos realizados por
prestamistas privados. Suministra también servicios
consultivos sobre desarrollo
económico.
BANDA DE
FLOTACION
Rango en el que el Banco Central limita
la fluctuación del tipo de
cambio. En un sistema eficaz de bandas de flotación,
los gobiernos deben de sincronizar tanto su política
monetaria como su política
fiscal.
La banda de flotación tiene como
propósitos, por una parte, lograr una mayor flexibilidad
para que los costos de las transacciones cambiarias se reflejen
en los tipos de cambio y, por
otra, promover un funcionamiento más eficiente del mercado
cambiario con menor intervención del Banco de
México.
BASE CONTABLE
Método empleado para el registro y
la información sobre las transacciones. Dos bases se
conocen comúnmente; el método o base de
acumulación y la base de efectivo; esta última,
especialmente en organizaciones
pequeñas, contabilidades personales y casos similares. Las
dos bases no pueden considerarse independientes una de la otra y
frecuentemente se dice que la base de contado es un método
"incompleto" de acumulación. Cuando los valores a cobrar,
los inventarios, el activo fijo y el pasivo en un negocio
representan cantidades no relevantes en comparación con
los gastos de operación, ambas bases arrojan resultados
similares.
BASE DE ACUMULACION O DE
DEVENGADO
Significa que los ingresos se consideran
en el periodo en el que se ganan (independientemente de cuando se
cobran), y los gastos, cuando se contratan en algo
(independientemente de su pago).
BASE DE CAJA O DE
EFECTIVO
Significa que los ingresos se consideran
en el periodo en que el dinero
entra en caja, y los gastos cuando se hace el
desembolso.
BASE DE DATOS
Elementos de información que deben
ser almacenados con objeto de satisfacer las necesidades del
proceso de información en una organización. El
término implica un archivo integrado
utilizado para muchas aplicaciones de procesamiento en
oposición a un archivo
individual de datos para una aplicación
particular.
BASE DE REGISTRO
Principio de contabilidad gubernamental
que establece que los gastos deben ser reconocidos y registrados
como tales en el momento que se devenguen y los ingresos cuando
se generen.
BASE MONETARIA
Este concepto corresponde al pasivo
monetario del "Banco Central". En el caso de México este
pasivo está formado principalmente por los rubros
siguientes: billetes y monedas en poder del público y las
reservas de la banca comercial, éstas se integran por la
cuenta corriente de valores y depósitos en el Banco de
México, circulante en caja y la inversión en
Certificados de Tesorería (CETES) de la banca
comercial.
La base monetaria puede definirse por sus
fuentes y por
sus usos. Tiene como fuentes: a)
disponibilidad en oro, plata y divisas del banco central; b)
financiamiento neto del banco central al sector público; y
c) financiamiento del banco central al sistema
financiero. Estos tres conceptos se denominan base monetaria,
cuando se trata de una cantidad en una fecha determinada; y
expansión primaria de dinero, cuando se refiere a
variaciones entre balances. Existe creación primaria de
dinero cuando aumenta cualquiera de las tres fuentes
mencionadas, y contracción en el caso
contrario.
Los usos de la base monetaria son: a)
billetes y monedas en poder del público, y b)
depósitos de la banca comercial que incluyen: cuentas
corrientes de valores y depósitos en el banco central,
más billetes y monedas metálicas en
caja.
BENEFICIARIO
La persona a cuyo favor se expide o cede
un título de crédito. El que adquiere una utilidad,
beneficio o ventaja que se origina en un contrato o en una
sucesión hereditaria. El que goza de alguna manera de un
bien o usufructo. Persona, agrupación o entidad que es
favorecida con cualquier tipo de transferencias, sean
éstas explícitas o
implícitas.
BENEFICIO VIRTUAL POR LA RECOMPRA DE
BONOS EN EL EXTERIOR
Aprovechamientos derivados de las
operaciones de recompra de bonos que hace el Gobierno Federal de
su propia deuda, aprovechando el descuento que existe en los
mercados
financieros internacionales. El beneficio y ahorro obtenido
por el descuento se registra contablemente como un ingreso
mediante un asiento virtual, sin embargo, para efectos de
análisis de la Ley de Ingresos de la Federación
contenido en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal se
deduce de los ingresos corrientes, ya que no implica movimiento
de flujo de
efectivo.
BIEN
Todo aquello que puede ser objeto de
apropiación, empleado para satisfacer alguna necesidad.
Cosas o derechos susceptibles de producir beneficios de
carácter patrimonial.
BIEN ECONOMICO
Es una mercancía capaz de
proporcionar la satisfacción directa o indirecta, mediata
o inmediata de las necesidades humanas. Existen diferentes tipos
de bienes económicos: de consumo, de inversión,
bienes duraderos y no duraderos, bienes de capital y bienes
intermedios.
Los bienes de consumo son los más
apetecidos, en tanto los bienes de inversión no dan una
satisfacción inmediata, pero son necesarios para producir
satisfactores a futuro.
BIENES DE
CAPITAL
Aquéllos que no se destinan al
consumo, sino a seguir el proceso productivo, en forma de
auxiliares o directamente para incrementar el patrimonio
material o financiero (capital).
Término aplicado comúnmente
al activo fijo, que abarca algunas veces partidas o elementos que
contribuyen a la producción. Es sinónimo de capital
(o bienes) de producción; es decir, el capital empleado en
la producción. Estos términos se refieren
también a las formas materiales de los elementos de
producción, tales como las máquinas, el equipo,
etc., en contraste con valores de capital (o de
capitalización) que es la medida monetaria de dichos
elementos. Son los activos destinados para producir otros
activos.
BIENES DE
CONSUMO
Son todas aquellas mercancías
producidas por la sociedad en el territorio del país o
importadas para satisfacer directamente una necesidad como:
alimentos,
bebidas, habitación, servicios personales, mobiliario,
vestido, ornato, etc.
Cualquier mercancía que satisface
una necesidad del público consumidor. Estos
bienes constituyen lo opuesto a bienes de producción o de
capital, que son los que se utilizan para producir otros bienes,
como la maquinaria de una fábrica.
BIENES DE CONSUMO
DURADERO
Son las mercancías que tienen una
vida útil mayor a un año y que son demandadas por
los agentes económicos: familias, empresas y gobierno,
para su funcionamiento y/o manutención, tales como casa
habitación, automóviles y enseres
domésticos, entre otros.
BIENES DE CONSUMO NO
DURADERO
Son todas las mercancías cuya vida
útil es menor a un año, que demandan los agentes
económicos: familias, empresas y gobierno, para su
funcionamiento y/o manutención, tales como alimentos,
bebidas, materias primas, combustibles, etc.
BIENES INMUEBLES
Se tienen como tales aquéllos que
no se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar, en
algún modo, su forma o sustancia, siéndolo unos por
su naturaleza, otros por disposición legal expresa en
atención a su destino. El concepto de bienes inmuebles ha
sufrido una honda transformación en nuestro tiempo, merced
a los adelantos técnicos que permiten trasladar, de un
lugar a otro, sin alteración, por ejemplo monumentos
históricos arquitectónicos.
BIENES
INTERMEDIOS
Son todos aquellos recursos materiales,
bienes y servicios que se utilizan como productos intermedios
durante el proceso productivo, tales como materias primas,
combustibles, útiles de oficina, etc. Se
compran para la reventa o bien se utilizan como insumos o
materias primas para la producción y venta de otros
bienes.
BIENES MUEBLES
Son mercancías cuya vida
útil es mayor a un año y son susceptibles de ser
trasladadas de un lugar a otro sin alterar ni su forma ni su
esencia, tal es el caso del mobiliario y equipo de oficina,
maquinaria, automóviles, etc.
BIENES MUEBLES E
INMUEBLES
Conjunto de activos fijos de
una entidad o dependencia. Su importe queda consignado en el
capítulo presupuestario del mismo
nombre.
Capítulo de la
clasificación por objeto del gasto presupuestario que
agrupa las asignaciones destinadas a la adquisición de
toda clase de bienes muebles e inmuebles, requeridas en el
desempeño de las actividades de la Administración
Pública Federal. Incluye el mobiliario y equipo propio
para la administración; maquinaria y equipo de
producción; las refacciones, accesorios y herramientas
mayores indispensables para el funcionamiento de los bienes; la
adquisición de animales de
trabajo y reproducción, y la adquisición de
inmuebles.
BIENES
NACIONALES
Son aquéllos cuyo dominio pertenece
a la nación, es decir, aquellos bienes que estando
situados dentro del territorio nacional, pertenecen a todos sus
habitantes.
BIENES
SEMOVIENTES
Los ganados y animales de
cualquier especie.
BIENES Y SERVICIOS
ESTRATEGICOS
Son aquéllos cuya
producción se reserva el Estado por ser fundamentales en
el desarrollo del país, que la Constitución Política de los
Estados Unidos
Mexicanos señala en el Artículo 28, tales como:
correos, telégrafos,
radiotelegrafía, petróleo,
y los demás hidrocarburos,
petroquímica básica, generación de energía
nuclear, minerales
radioactivos, electricidad y
los que expresamente señalen las leyes.
BIENESTAR SOCIAL
Se refiere al nivel alcanzado en la
satisfacción de las necesidades básicas
fundamentales de la sociedad, que se expresan en los niveles de
educación,
salud, alimentación,
seguridad
social, vivienda, desarrollo urbano y medio
ambiente.
El bienestar social, en términos
económicos se puede medir en función del incremento
del producto per
cápita real; el aumento en la participación del
gasto social respecto al total de egresos, mejoría en la
distribución del ingreso, aumento del
empleo y
fortalecimiento en la balanza de pagos; en el ámbito
social se mediría por el incremento en los niveles de
salud, educación, vivienda,
alimentación y erradicación de
la pobreza
extrema; desde el aspecto ecológico a través del
combate a la contaminación, reforestación de
áreas verdes y fortalecimiento de la red hidráulica y su
dosificación, entre otros.
BIENESTAR, ECONOMIA
DEL
Rama reciente del estudio
económico dedicada a los llamados óptimos sociales.
En contraposición al óptimo de bienestar
individual, opta por valores que generalmente son de tipo
colectivo.
BILATERAL
Se le llama así a la reciprocidad
que define las obligaciones y derechos de dos partes involucradas
en un contrato.
BILATERALIDAD
Se reconoce con este término a
aquellas normas jurídicas cuyas características otorgan facultades y
definen obligaciones a un mismo tiempo para dos partes
actuantes.
BOLSA DE VALORES
Institución privada, constituida
como Sociedad
Anónima de Capital Variable, que tiene por objeto
facilitar las transacciones con valores y procurar el desarrollo
del mercado respectivo; establecer locales, instalaciones y
mecanismos que faciliten las relaciones y operaciones de valores;
proporcionar y mantener a disposición del público,
información sobre los valores inscritos en la bolsa, los
listados del sistema de cotizaciones y las operaciones que en
ella se realicen; velar por el estricto apego de la actividad de
sus socios a las disposiciones que les sean aplicables;
certificar las cotizaciones en bolsa; y realizar aquellas otras
actividades análogas o complementarias a las anteriores
que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
La Ley del Mercado de
Valores establece que es facultad del Estado, por medio de la
SHCP, otorgar la concesión para el funcionamiento de las
Bolsas de Valores. En la actualidad la única
autorización vigente es la de la Bolsa Mexicana de
Valores.
BONIFICACION
La deducción obtenida o concedida
en los precios de compra o de venta, por concepto de diferencias
en calidad o peso,
por mercancías dañadas, por dilación en la
entrega, por infracción a las condiciones del contrato
respectivo, etc. Las deducciones concedidas en el monto de
honorarios o cuotas por servicios (agua, luz,
teléfono, etc.), motivadas por faltas a los contratos o
convenios respectivos.
BONIFICACIONES SOBRE
VENTAS
Las rebajas que se concedan sobre los
precios de venta, independientemente de las fechas de vencimiento
de los pagos respectivos.
BONO
Título-valor que otorga al tenedor
(acreedor) el derecho a reclamar un flujo específico de
pagos por el emisor (deudor). Es un valor por el que se paga un
interés a una tasa fija.
Título de crédito que
representa la participación individual en un
crédito colectivo a cargo del emisor. Los bonos pueden ser
emitidos a la orden del portador y deben expresar la
obligación de pagarlos a sus tenedores en los plazos,
términos y demás condiciones relativas a su
emisión; el interés pactado se cubre por medio de
cupones que van adheridos a los propios
títulos.
BONO HIPOTECARIO
Título-valor al portador o
nominativo emitido por una institución de crédito
hipotecaria; está sujeto a una amortización por
sorteo. Reditúa una tasa de interés fija que se
paga mensualmente. Están garantizados por créditos
hipotecarios otorgados por la institución
emisora.
BONOS AJUSTABLES DEL GOBIERNO FEDERAL
(AJUSTABONOS)
Son títulos de crédito de
largo plazo (3 y 5 años) emitidos por el Gobierno Federal
y denominados en moneda nacional, en los cuales se consigna la
obligación directa e incondicional del Gobierno Federal de
pagar una tasa de interés en forma trimestral más
el capital ajustado por los aumentos registrados en el
índice nacional de precios al consumidor, al
vencimiento de los títulos, por lo que en términos
reales su valor se mantiene constante.
BONOS CARRETEROS
Son bonos bancarios de largo plazo
emitidos por las instituciones de banca múltiple en moneda
nacional, destinados a captar recursos para financiar la construcción de
carreteras.
BONOS DE DESARROLLO DEL GOBIERNO
FEDERAL (BONDES)
Títulos de crédito
nominativos y negociables, emitidos por el Gobierno Federal y
colocados a descuento por el Banco de México a un plazo no
menor de un año.
BONOS CUPON CERO
Títulos de crédito emitidos
por el Departamento del Tesoro Norteamericano (1988), a plazo de
20 años, con una tasa de descuento capitalizable que al
vencimiento hace que su valor sea equivalente al pago de la deuda
pública reestructurada del Gobierno Mexicano por este
concepto.
Son bonos del Tesoro de los Estados
Unidos de América
y otros países industrializados que adquirió
México, constituyendo con estos documentos, un activo de
su propiedad que reinvertirá durante 30 años a una
tasa fija; al final del periodo pagará totalmente el
principal de los nuevos bonos, creando paralelamente otro fondo,
también de su propiedad, que garantiza 18 meses de pago de
intereses sobre dichos bonos y reduce el costo de
operación para México.
Estos títulos se conocen
también como "bonos garantizados", siendo un mecanismo de
"extinción" de deuda externa.
Por este medio se ofrece un activo que se mantiene en una cuenta
de fideicomiso,
como colateral al monto del principal.
El valor y el plazo de vencimiento del
instrumento colateral o "bono cupón cero" están
determinados de manera que sean iguales a los de la deuda sujeta
a transformación. De esta manera, los rendimientos del
instrumento colateral en su fecha de vencimiento pueden ser
utilizados para amortizar el principal en un sólo pago. La
tasa de interés se fija al momento de su compra y no
varía durante la tenencia del título, gozando de
confiabilidad para el inversionista.
BONOS DE
DESCUENTO
Documentos emitidos por bancos que son
negociados en el mercado secundario por debajo de su valor
nominal.
Son también los bonos negociados
de la deuda en los que se reduce un porcentaje del principal de
la deuda original.
BONOS DE INDEMNIZACION BANCARIA
(BIB)
Son títulos que documentan la
deuda contraida por el Gobierno Federal con motivo de la
nacionalización de la banca en 1982. Sirven como medio de
pago de la indemnización por la expropiación de las
acciones emitidas por instituciones de crédito
privadas.
BONOS DE LA TESORERIA
(TESOBONOS)
Títulos de crédito (con un
valor nominal de 100 dólares de E.U.A.) emitidos por el
Gobierno Federal negociables a la orden del Banco de
México, los cuales se pueden colocar a descuento o bajo la
par, y se amortizan al tipo de cambio
libre, vigente en la fecha de pago.
Son títulos de crédito
denominados en moneda extranjera (dólares estadounidenses)
a seis meses o menos, en los cuales el Gobierno Federal se obliga
a pagar una suma en moneda nacional equivalente al valor de dicha
moneda extranjera, en una fecha determinada. Estos títulos
de crédito se pueden colocar a descuento y son indizados
al tipo de cambio
libre de venta valor 48 hrs. que da a conocer la Bolsa Mexicana
de Valores en su publicación denominada "Movimiento Diario
del Mercado de
Valores".
BONOS DE PRENDA
Son títulos de crédito
expedidos por almacenes
generales de depósito que comprueban la
constitución de un crédito sobre las
mercancías o bienes indicados en el certificado de
depósito correspondiente.
BONOS DE
PRIVATIZACION
Instrumento mediante el cual el Gobierno
Federal sustituyó papel de deuda
no garantizada por papel
garantizado y que éste a su vez se utilizó para la
compra de los bancos nacionalizados.
BONOS EN
TESORERIA
Aquéllos cuya emisión ha
sido autorizada y que no son puestos en circulación o bien
aquéllos que, habiendo sido colocados en el mercado, son
readquiridos posteriormente por la misma institución
emisora, con el propósito de conservarlos en su caja y de
volverlos a vender si ello fuera posible y conveniente.
Preferentemente, el importe de los "bonos en tesorería"
debe mostrarse en el balance general como una deducción
del pasivo correspondiente y no como un renglón del
activo.
BONOS
FINANCIEROS
Son los títulos de crédito,
que emiten las sociedades financieras. Estos bonos deberán
tener garantía específica; asimismo tendrán
preferencia sobre todo el activo de las sociedades emisoras en
caso de saldo insoluto después de realizada la
garantía específica. Además de los intereses
podrá pactarse para los tenedores una participación
en las utilidades de la emisora.
BONOS
GUBERNAMENTALES
Son títulos emitidos por el
Gobierno Federal que generan un interés pagadero
periódicamente y su garantía está respaldada
con rentas del patrimonio
nacional (petróleo,
etc.). La deuda contraida por esta vía se divide en
externa e interna. Esta última con distinción en
moneda nacional y extranjera. En el caso de México, la
colocación pública de bonos gubernamentales
está autorizada, pero es más común su
colocación regular en reserva del banco central y con
tasas de interés especiales.
BONOS PARA FOMENTO
ECONOMICO
Son valores de renta fija emitidos por el
Gobierno Federal que se colocan a través de instituciones
financieras en el extranjero o en el país, para obtener
recursos destinados al fomento
económico.
BONOS PRIVADOS
Valores o títulos crediticios
emitidos por empresas privadas con el fin de obtener recursos
financieros; en la colocación de estos bonos participa un
número reducido de bancos y se da una distribución limitada de estos valores
entre inversionistas selectos, principalmente instituciones como
compañías de seguros o fondos
de pensiones.
BONOS PUBLICOS
Títulos crediticios a
través de los cuales el Gobierno Federal obtiene recursos
para financiar una parte de sus actividades; la colocación
de estos bonos se hace mediante una oferta
pública en el mercado por medio de un grupo de
bancos y/o casas de bolsa que colocan el papel entre
los inversionistas. Es práctica normal el inscribir los
bonos en una bolsa de valores
para su cotización.
BRUTO
Es el monto total que está sujeto
a ciertas deducciones. Dícese de las cosas que se toman
por su peso o monto total sin hacer rebaja por ningún
concepto.
BUROCRACIA
Es la estructura de organización
del personal mediante
la cual se realizan actividades gubernamentales, a través
de una división de tareas basadas en la
especialización funcional, establece una jerarquía
bien delimitada que opera según el conjunto de normas y
reglamentos que definen los derechos y deberes de los
participantes.
BURSATIL
Concerniente a las operaciones de la
bolsa y a los valores cotizables. Cuando se usa para calificar un
título o valor, se pretende significar su bursatilidad, es
decir, la relativa facilidad con la que pueden comprarse o
venderse y proporcionar liquidez.
BURSATILIDAD
Grado de negociabilidad de un valor
cotizado a través de la bolsa. Significa la posibilidad de
encontrar compradores o vendedores del mismo con relativa
facilidad.
C
CADUCIDAD
Extinción de un derecho, una
facultad, una instancia o un recurso, por haber transcurrido el
tiempo dado para ejercitarlo.
CAJA
Cuenta que sirve para asentar las
entradas y salidas de dinero. Libro de Caja en el que se anota
detalladamente el movimiento de fondos. Existencias en efectivo
en una oficina o
dependencia encargada de efectuar los cobros, los pagos y en
general el manejo de fondos.
CAJA CHICA
(FONDO)
Cantidad relativamente pequeña de
dinero en efectivo que se asigna a un empleado, en caja o en
depósitos, disponible para desembolsos menores, que
generalmente se lleva bajo el sistema de fondo fijo; el monto de
los gastos que se realizan con este fondo son tan pequeños
que no es conveniente pagarlos con cheques.
CAJA Y BANCOS
Representa el dinero en
efectivo y el valor de los depósitos a favor del negocio,
hechos en distintas instituciones bancarias, manejándose
en éstas la mayor parte de su
tesorería.
CALENDARIO DE DISPOSICIONES DEL
CREDITO
Son las fechas en que un crédito
va a ejercerse. Es de suma importancia conocer cuando el
financiamiento se ejerce en más de un ejercicio fiscal,
para efectos de la autorización, ya que ésta se
otorga por la totalidad de la línea de crédito,
pero limitado su ejercicio a la cifra que se vaya a disponer
durante el año en curso.
CALENDARIO DE
METAS
Instrumento de programación y presupuestación a
través del cual se establecen fechas y periodos de avance
físico, en los que deben cumplirse las metas programadas
por las dependencias y entidades.
CALENDARIO DE
PAGOS
Instrumento que estipula el periodo en
que deben ministrarse los fondos presupuestarios autorizados,
necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas del
Presupuesto de Egresos de la Federación.
CALENDARIO DE PAGOS DEL
CREDITO
Documento que contiene la programación de los pagos de un
crédito, de acuerdo con las fechas de su vencimiento, en
un ejercicio fiscal determinado.
CALENDARIZACION
FINANCIERA
Cálculo que realizan las
dependencias y entidades del Gobierno Federal, a fin de
compatibilizar el conjunto de ingresos con los egresos
presupuestarios, necesarios para financiar la ejecución de
los programas.
CALENDARIZACION
PRESUPUESTARIA
Es la dosificación temporal de los
gastos; que realizará la Administración
Pública Federal para la ejecución de sus programas.
Los gastos recurrentes o fijos constituyen erogaciones
relativamente estables, pero existen otros gastos como los
destinados a la inversión que se asignan de acuerdo al
grado de avance en la ejecución del proyecto, o se
asignan en temporadas determinadas, "acuerdos de secas", con el
fin de evitar liquidez ociosa y aprovechar condiciones
climatológicas favorables.
CAMARA DE
COMPENSACION
Institución establecida por los
bancos del sistema y administrada por el Banco de México
para intercambiar cheques y efectos comerciales a cargo de cada
uno de ellos, liquidándose los saldos resultantes del
conjunto de operaciones. De esta manera, los bancos mantienen un
contacto permanente para liquidar los efectos comerciales que
representen movimientos del fondo y/o cartera, compensando los
créditos recíprocos y satisfaciéndose en
dinero únicamente las diferencias. Disminuye, de este
modo, el movimiento innecesario de numerario y, al suprimir los
pagos directos, facilita las liquidaciones y evita riesgos y
pérdidas de tiempo.
Las cámaras de compensación
canalizan aquellos documentos que se entregan a un banco para ser
cargados en una cuenta abierta en otro banco; no discurren a
través de las cámaras aquellos documentos que
afectan a los clientes del mismo banco, que son objeto de una
compensación interna.
CAMBIO
El trueque o permuta de una cosa por
otra. En términos de banca es la operación por
medio de la cual una persona cede a otra los fondos que tiene en
un punto diferente de aquél en el que se recibe. Valor
relativo de las monedas de dos países.
CAMBIO
ESTRUCTURAL
Proceso estratégico que persigue
propiciar un conjunto de transformaciones en la estructura
económica y en la participación social, a
través de cambios de fondo que corrijan desequilibrios
estructurales fundamentales del aparato productivo y distributivo
tales como: la falta de ahorro interno y los desequilibrios de la
balanza de pagos, modernización del aparato productivo y
distributivo; descentralización de actividades
productivas y de bienestar social; orientar el financiamiento a
las prioridades del desarrollo; fortalecer al Estado impulsando
al sector privado y social; saneamiento de las finanzas
públicas, y preservar, movilizar y proyectar el
potencial de desarrollo nacional.
CAMBIO ESTRUCTURAL EN LAS EMPRESAS
PUBLICAS
Proceso dirigido a mejorar
sustancialmente la eficiencia productiva de las entidades
paraestatales y a reorganizar financiera y
tecnológicamente las actividades estratégicas y
prioritarias para el país.
CAMINO CRITICO
Ruta oportuna que debe aprovecharse o
atenderse, para alcanzar un fin. En la administración de empresas es la secuencia
óptima de eventos para la
realización de determinado fin.
CANCELACION
COMPENSADA
Supresión total de los recursos
asignados a una clave presupuestaria, por el traspaso de dichos
recursos a otra u otras claves presupuestarias de la misma
entidad.
CANCELACION DE
PASIVO
Operación mediante la cual se
destina una erogación al pago del capital, intereses,
comisiones y gastos de la deuda pública con el fin de
anular total o parcialmente un adeudo determinado derivado de la
emisión y/o colocación de créditos a cargo
del Gobierno Federal.
CANCELACION
LIQUIDA
Supresión total de los recursos
asignados a una o varias claves presupuestarias que afectan el
total del presupuesto de egresos de una entidad. Por su
procedencia, puede ser derivada de un incremento a la
asignación de una o varias claves presupuestarias de otras
entidades o una disminución en los ingresos de la
Federación.
CANCELACION
PRESUPUESTARIA
Acto de suprimir todos los elementos de
una clave presupuestaria, y su correspondiente asignación
del gasto.
CAPACIDAD DE
PAGO
Principio fiscal según el cual los
impuestos deben estar relacionados con el ingreso o la riqueza de
los contribuyentes.
CAPACIDAD
INSTALADA
Volumen de producción de bienes
y/o servicios que le es posible generar a una unidad productiva
del país de acuerdo con la infraestructura
disponible.
CAPACIDAD NO
UTILIZADA
Proporción de la capacidad
instalada de una empresa que no se utiliza. También se
considera a la parte de la capacidad para producir no
empleada.
CAPACITACION Y
ADIESTRAMIENTO
Norma establecida en la Ley Federal del
Trabajo que obliga a toda entidad o empresa a proporcionar
capacitación y adiestramiento a
sus trabajadores, para elevar la producción y productividad y
contribuir al logro de objetivos institucionales o empresariales,
para lo cual es necesario que todo el personal participe
activamente.
La capacitación y adiestramiento
tiene los siguientes objetivos:
1) Incrementar la productividad
institucional a partir de un aumento de su
eficacia.
2) Preparar al trabajador para
desarrollar en forma óptima las funciones en su
puesto.
3) Actualizarlos e incorporarlos en los
últimos cambios de la ciencia y
tecnología relativos a sus funciones
institucionales.
4) Promover en la institución a
los recursos
humanos más calificados para su estímulo y
mejoramiento de la productividad.
5) Procurar a la institución los
recursos
humanos calificados que garanticen la mejor
operación.
6) Integrar y desarrollar grupos por
áreas de trabajo eficientes y eficaces.
7) Optimizar la imagen
institucional ante las entidades y público en
general.
CAPITAL
Total de recursos físicos y
financieros que posee un ente económico, obtenidos
mediante aportaciones de los socios o accionistas destinados a
producir beneficios, utilidades o ganancias.
CAPITAL
AMORTIZABLE
Activo fijo sujeto a amortización.
Puede decirse también del capital social representado por
acciones, susceptibles de amortización anticipada a la
liquidación de la sociedad. Cualquier cantidad susceptible
de amortización.
CAPITAL APORTADO
Pagos hechos en efectivo o con otros
bienes que hacen a una compañía sus accionistas por
los siguientes conceptos: a) cambio de acciones; b) cumplimiento
de un gravamen sobre las acciones; c) donativo; d) capital
pagado.
CAPITAL CONTABLE
Es la diferencia entre los activos y
pasivos de la empresa y está constituido por la suma de
todas las cuentas de capital, es decir, incluye capital social,
reservas, utilidades acumuladas y utilidades del
ejercicio.
CAPITAL DE
TRABAJO
Diferencia del activo circulante respecto
al pasivo circulante, cuyo margen positivo permite a las empresas
cumplir con sus obligaciones a corto plazo.
CAPITAL EMITIDO
Aquella parte del capital social
autorizado, cuyas acciones pueden ser
suscritas.
CAPITAL EXHIBIDO
Es aquél que se habían
comprometido a aportar los socios o accionistas, y ha sido
pagado, ya sea en efectivo o en bienes. El capital exhibido
será igual al capital social cuando éste
último haya sido liquidado totalmente, y será
inferior cuando se haya pagado parcialmente.
CAPITAL
FINANCIERO
Montos de recursos monetarios de las
distintas instituciones bancarias, comerciales e industriales
utilizados para fomentar e impulsar las actividades
económicas.
CAPITAL NO
EMITIDO
Aquella parte del capital social
autorizado cuyas acciones no han sido puestas aún en
circulación.
CAPITAL NO
EXHIBIDO
La parte del capital de una sociedad que
no ha sido pagada todavía, aun cuando puede estar o no
suscrita.
CAPITAL PAGADO
Es aquél que siendo parte del
capital social, se encuentra suscrito, pero además ya ha
sido aportado por los accionistas; también se puede
presentar la situación de que esta última
clasificación forme una sola partida con las dos
anteriores, por ser el capital
social suscrito y pagado un sólo
monto.
CAPITAL SIN DERECHO A
RETIRO
Sinónimo de capital fijo. Aquella
parte del capital variable de una sociedad que no puede retirarse
sin reformar previamente sus estatutos.
CAPITAL SOCIAL
Es el conjunto de aportaciones suscritas
por los socios o accionistas de una empresa, las cuales forman su
patrimonio, independientemente de que estén pagadas o no.
El capital social puede estar representado por: capital
común, capital preferente, capital comanditario, capital
comanditado, fondo social (en sociedades cooperativas o
civiles), etc.
Cuando el capital social acumula
utilidades a pérdidas, recibe el nombre de capital
contable.
CAPITAL SOCIAL
FIJO
Se dice del capital de una sociedad o de
aquella parte de él, que no puede ser aumentado ni
disminuido sin reformar previamente los estatutos
respectivos.
CAPITAL SOCIAL
VARIABLE
Se dice de aquella parte del capital
autorizado de una sociedad, que puede ser aumentada o disminuida
de acuerdo con las condiciones relativas del contrato
correspondiente.
CAPITAL SUSCRITO
Es el capital que se han comprometido a
pagar los socios o accionistas en una sociedad de capital
variable. El capital suscrito es igual al capital social de las
sociedades constituidas bajo el régimen de capital
fijo.
CAPITAL VARIABLE
Es el que puede ser aumentado o
disminuido en cualquier época, siempre y cuando se llenen
los requisitos que establece el contrato
social.
CAPITALIZACION
Proceso para determinar el valor futuro
de un pago o serie de pagos cuando se aplica el interés
compuesto.
CAPITALIZAR
Fijar el capital que corresponde a
determinado rendimiento o interés. Agregar al capital el
importe de los intereses devengados, para computar sobre las
sumas los réditos ulteriores, cosa que se denomina
interés compuesto. Considerar dentro del activo fijo
algunas erogaciones o inversiones adicionales a su monto
original.
CAPITULOS DE
GASTO
Son elementos de la clasificación
por objeto del gasto que constituyen un conjunto
homogéneo, claro y ordenado de los bienes y servicios que
el Gobierno Federal y las entidades paraestatales adquieren para
la consecución de sus objetivos y metas. La unidad
básica de registro que conforma un capítulo
presupuestario es la "partida", un conjunto de partidas forman un
"concepto" y un grupo de
conceptos integran un "capítulo". Este nivel de
agregación hace posible el análisis retrospectivo y
prospectivo de los planes o programas de acuerdo con la
naturaleza del gasto a realizar:
1000 SERVICIOS
PERSONALES
2000 MATERIALES Y
SUMINISTROS
3000 SERVICIOS
GENERALES
4000 AYUDAS, SUBSIDIOS Y
TRANSFERENCIAS
5000 BIENES MUEBLES E
INMUEBLES
6000 OBRAS
PUBLICAS
7000 INVERSION FINANCIERA Y OTRAS
EROGACIONES
8000 PARTICIPACIONES DE INGRESOS
FEDERALES
9000 DEUDA
PUBLICA
CAPTACION
Proceso mediante el cual el sistema
financiero recoge recursos del público ahorrador y los
utiliza como fuente del mercado financiero. En el caso de la
captación bancaria son todos los recursos que la banca
obtiene a través de sus instrumentos de captación
(cuenta de cheques, cuenta de ahorros, depósitos a plazo
fijo, etc.), que conforman los pasivos del sistema bancario e
incluyen recursos en moneda nacional y
extranjera.
CAPTACION INTEGRAL DE LA BANCA
COMERCIAL
La captación integral comprende la
realizada vía instrumentos tradicionales de la banca,
aceptaciones bancarias y los valores gubernamentales que la banca
maneja por sus clientes o intermediaciones por cuenta de
terceros.
CARGA FISCAL
Es la parte del producto
social generado que toma el Estado, mediante los impuestos
federales, estatales y municipales, así como los derechos,
productos y aprovechamientos para cumplir con sus funciones. Se
mide comparando el total de ingresos fiscales (IF) con el valor
del producto interno
bruto (PIB), Carga
Fiscal =IF/PIB.
CARGAR
Es anotar en las cuentas diferentes
partidas que correspondan al debe. Una cuenta se carga cuando
aumenta el activo, cuando disminuye el pasivo o cuando disminuye
el capital.
CARGO
Acción y efecto de asentar un
débito en una cuenta determinada. Sinónimo de
"débito". Implica un costo o gasto adjudicado a una cuenta
específica.
CARGO DIFERIDO
Aquella parte de los gastos que habiendo
sido pagados en un periodo determinado, no corresponden a los
resultados de éste, sino a ejercicios posteriores y por lo
tanto, su absorción en la cuenta de pérdidas y
ganancias se difiere para el periodo o periodos
respectivos.
CARGOS DIRECTOS
El importe de la materia prima,
de la mano de obra y de los gastos que son aplicables a la
producción de un artículo determinado o al costo de
un proceso de manufactura
perfectamente definido.
CARGOS FIJOS
Cargos o gastos necesarios, cuyo importe
no varía relativamente aun cuando el volumen de las
operaciones de una entidad aumente o disminuya, tales como las
rentas, las contribuciones prediales, los intereses,
etc.
CARGOS VARIOS
Diversos tipos de erogaciones que llevan
implícito el costo del crédito, diferentes a los
intereses y a las comisiones, particularmente en el caso de
emisiones de bonos (gastos de representación, de
impresión, de autentificación de firma,
etc.).
CARTA CONFIRMATORIA DE CUENTAS Y
DOCUMENTOS POR COBRAR
Es aquel documento proporcionado por
escrito a los auditores por los funcionarios o empleados de una
empresa que tengan a su cargo la concesión o vigilancia de
los créditos abiertos a sus deudores y la contabilidad
relativa a los mismos. En la carta y como
prueba adicional del resultado de la auditoría respectiva,
se hace constar lo siguiente: a) un resumen clasificado del
importe de las cuentas y documentos por cobrar, así como
de las reservas para créditos malos o dudosos; b) si se
pidió o no a los auditores que obtuvieran confirmaciones
directas de los deudores acerca del estado de sus cuentas; c) si
las cuentas o documentos se encontraban o no gravados en la fecha
del balance, o bien si habían sido dados en prenda,
descontados, etc; d) que las cuentas y documentos provienen de
transacciones legítimas, por ventas realmente consumadas y
correspondientes al periodo respectivo; e) que se incluyen todos
los adeudos de accionistas, funcionarios y empleados; f) si las
cuentas y documentos están o no sujetos a bonificaciones,
rebajas o descuentos de alguna especie, para los cuales no se
hayan hecho las provisiones correspondientes; g) y si las
reservas para pérdidas por cobranza de créditos
malos o dudosos son suficientes en opinión de los
firmantes, para el objeto que se persigue con
ellas.
CARTA CONFIRMATORIA DE
INVENTARIOS
Es el documento proporcionado por escrito
a los auditores, por los funcionarios o empleados de una empresa
que tuvieron a su cargo la formación de los inventarios y
la guarda de los almacenes. Como
una prueba adicional del resultado de la auditoría
respectiva, se debe hacer constar en ella lo siguiente: a) los
nombres y empleos o puestos de los firmantes; b) la fecha y el
importe total del inventario; c)
que las cantidades en existencia son correctas y cómo
fueron determinadas; d) las bases tomadas para marcar los
precios; e) si el inventario
comprende o no mercancía en comisión, en
consignación o en tránsito; f) si las
mercancías se encuentran o no en buenas condiciones para
su venta; g) si las existencias son o no propiedad exclusiva de
la empresa y si se encuentran o no gravadas en alguna forma; h)
si se tomaron o no toda clase de precauciones al formar el
inventario y
si, según el leal saber y entender de los firmantes, los
resultados que aparecen en el mismo son
correctos.
CARTA CONFIRMATORIA DEL ACTIVO
FIJO
Es el documento proporcionado por escrito
a los auditores por los funcionarios o empleados de una empresa
encargados de la construcción, instalación y
conservación de las propiedades que constituyen su activo
fijo. En el cual y como prueba adicional del resultado de la
auditoría respectiva se hace constar lo siguiente: a) que
los cargos hechos durante el ejercicio a las cuentas respectivas,
corresponden a las adiciones y mejoras efectivas, consideradas o
no en su costo real; b) que los gastos de reparación y de
conservación se hayan cargado o no, a las cuentas de
resultados; c) si la depreciación y amortización que se
haya asignado en el ejercicio, se fijó sobre las mismas
bases de ejercicios anteriores y si, en opinión de los
firmantes, son suficientes para su objeto; d) si los bienes que
forman el activo fijo se encuentran o no, en buenas condiciones
para las operaciones de la empresa; e) si únicamente se
incluyen en el balance las propiedades legítimas de la
compañía; f) y si las propiedades están o no
gravadas.
CARTA CONFIRMATORIA DEL
PASIVO
Es el documento proporcionado por escrito
a los auditores, por los funcionarios o empleados de una empresa,
generalmente el presidente, el gerente, el
contador, el tesorero o el abogado, los cuales tienen un conocimiento
más completo de las obligaciones y responsabilidades en
que ésta haya incurrido. En la cual y como una prueba
adicional de la auditoría respectiva, se hace constar lo
siguiente: a) si en el balance se han incluido o no todas las
obligaciones y exigibilidades a cargo de la empresa, ya sean de
naturaleza real o contingente, con respecto a compras, sueldos,
salarios,
pensiones, jubilaciones, contribuciones, gastos, juicios, etc; b)
si las manifestaciones de la compañía para el pago
del impuesto sobre la
renta, han sido o no examinadas por las autoridades
respectivas y en caso de que hubiere obligaciones resultantes, si
se han asentado en los libros; c) algunas otras cuestiones
análogas a las ya descritas.
CARTA DE CREDITO
Documento escrito en que se ordena a uno
o varios corresponsales que entreguen a una persona determinada,
en tiempo también determinado, cierta cantidad o
cantidades de dinero sujetas al máximo que se
indique.
Documento que se utiliza para dar forma a
una apertura de crédito bancario en favor de un
exportador, que será efectiva en relación con la
importación de mercancías de un comprador
nacional.
CARTERA
Designación genérica que
comprende los valores o efectos comerciales y documentos a cargo
de clientes que forman parte del activo circulante de una empresa
comercial, de un banco o de una sociedad en
general.
CARTERA DE
CREDITO
Es el conjunto de documentos que amparan
los activos financieros o las operaciones de financiamiento hacia
un tercero y que el tenedor de dicho (s) documento (s) o cartera
se reserva el derecho de hacer valer las obligaciones estipuladas
en su texto.
CARTERA DE CREDITO
PREFERENCIAL
Conjunto de créditos otorgados a
tasas de interés inferiores al costo del fondeo y de
operación expresado por la tasa de
referencia.
CARTERA VENCIDA
Es la parte del activo constituida por
los documentos y en general por todos los créditos que no
han sido pagados a la fecha de su vencimiento.
CASA DE BOLSA
Institución privada que
actúa en el mercado de
capitales, y que opera por una concesión del Gobierno
Federal. Su finalidad principal es la de auxiliar a la bolsa de valores
en la compra y venta de diversos tipos de títulos
mercantiles tales como bonos, valores, acciones,
etc.
CASAS DE CAMBIO
Son las organizaciones privadas que la
Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del
Crédito faculta como las únicas responsables de la
actividad auxiliar del crédito. Sus actividades se definen
en el Art. 82 de dicha ley de la siguiente forma: " que su objeto
social sea exclusivamente la realización de compra, venta
y cambio de divisas; billetes y piezas metálicas
nacionales o extranjeras, que no tengan curso legal en el
país de emisión; piezas de plata conocidas como
onzas troy y piezas metálicas conmemorativas
acuñadas en forma de moneda", "que estén
constituidas como sociedades mexicanas con cláusulas de
exclusión de extranjeros".
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