(1988-1998)
El presente trabajo pretende ser un ensayo de
análisis sobre el respeto a la
constitución venezolana de 1961 desde la
perspectiva de los derechos humanos.
Este ensayo abarca
el decenio 1988-1998, considerando como sujetos protagonistas de
los hechos más resaltantes acaecidos en este espacio de
tiempo, a la
sociedad
venezolana y a los gobiernos presididos por Carlos Andrés
Pérez y Rafael Caldera Rodríguez.
El año de 1988,cuando aun era presidente de la
República Jaime Lusinchi, culmina con el acostumbrado
festín electoral y el duelo que embargaba a un grupo de
humildes familias venezolanas de la población El Amparo, Municipio
Páez del Estado
Apure.
En esta región fronteriza de Venezuela
fueron masacrados un grupo de 14
pescadores por la las fuerzas del Comando Específico
José Antonio Páez (CEJAP). Estos pescadores
acusados de guerrilleros colombianos fueron conducidos a una
brutal y premeditada masacre, en virtud de la necesidad
perentoria del CEJAP de justificar su presupuesto y
supervivencia. Este hecho popularmente conocido como la
"Masacre de El Amparo" ha
sido intensamente cubierto por los medios de
comunicación social, razón por la cual no es
objetivo del
presente ensayo ahondar
en sus detalles.
Así, comenzaba el año de 1989 con un duelo
a cuestas que nuca terminaría y que además
tendría que cruzar un largo espacio de tiempo para que
en 1995, se dictaminara sentencia a favor de los dos
sobrevivientes y de las familias de los caídos en esa
masacre, pronunciándose un fallo en el que quedaba
esclarecida la inocencia de los presuntos "guerrilleros" y la
culpabilidad del teniente coronel Hugo Camejo Arias y los
demás militares cómplices.
Esta masacre puso al descubierto la flagrante
violación del derecho a la vida y a la justicia
consagrados en la Constitución Nacional en sus
artículos 58, 60 y 68. La carencia de un sistema judicial
que garantizara estos derechos llevó a que
se introdujera una demanda ante
la Comisión Interamericana de Derechos Humano contra
Venezuela, la
cual falló en 1997 a favor de las víctimas y
constituyó el primer juicio internacional contra la
impunidad en Venezuela.
En ese año de 1989 se iniciaba el interrumpido y
traumático periodo presidencial de Carlos Andrés
Pérez quien, veinte días después de su toma
de posesión y de anunciar su "Paquete Económico",
enfrentaba una de las peores convulsiones sociales que haya
vivido Venezuela
después del 23 de enero de 1958. Este "sacudón"
como fue posteriormente llamado, fue provocado por la gran
cantidad de frustraciones acumuladas por un pueblo que
recién había cifrado sus esperanzas en un nuevo
gobernante que iniciaba su periodo con una anuncio de medidas
económicas muy lejano a la tan ansiada mejoría de
la calidad de
vida.
Esta convulsión social fue diezmada con una
incruenta represión policial y militar que ocasionó
una gran cantidad de muertos nunca precisada, pues las estadísticas oficiales distaban mucho de
las suministradas por Organizaciones No
Gubernamentales (ONG's). Los
resultados de la violenta represión fueron posteriormente
evidenciándose al descubrirse un número importante
de fosas comunes donde yacían los cadáveres de los
"desaparecidos", principalmente en el sector conocido como "La
Peste" en la ciudad de Caracas, sin considerar los desaparecidos
en la provincia.
El gobierno para ese
entonces presidido por Carlos Andrés Pérez
decidió la suspención de las garantías
constitucionales convirtiendo así, a esta revuelta social,
en pasto fértil para la violación del derecho a
la vida, a la justicia, la
integridad personal, la
inviolabilidad del domicilio y al amparo entre muchos otros,
todos ellos consagrados en nuestra carta magna en
los artículos 49,58, 60 y 62.
Se daba inicio este año de 1989 al "Plan de Ajuste
Estructural", como comienzo de las más duras políticas
neoliberales recetadas por el Fondo Monetario
Internacional (FMI). Las
políticas derivadas de este
plan
contribuyeron a aumentar la pobreza y
aunado a ella la desprotección de la salud con el
comienzo de iniciativas privatizadoras y con la tan citada
flexibilización laboral, que no
es más que el abandono de conquistas laborales con
el propósito de seducir a los inversionistas extranjeros
con mano de obra barata. Nuevamente nos encontramos ante la
violación de los derechos consagrados en la
Constitución Nacional en los
artículos 76, 84, 85, 86, 87 y 92.
Posteriormente en el año de 1992 el periodo
"carlos andrecista", tendría que enfrentar dos intentonas
golpistas, el 4 de febrero y el 27 de noviembre, en las cuales la
brutal represión y violación del derecho a la vida
y la justicia no se
hicieron esperar nuevamente, lo que además contó
con el grito ensordecedor y brutal del parlamentario David
Morales Bello quien en el Congreso de la República, es
decir en la sede de la máxima institución
constitucional y política encargada de
legislar en Venezuela,
expresó vehementemente "… muerte a los
golpistas"; demasiado ilustrativo del respeto por los
derechos
humanos que sienten nuestros gobernantes como para hacer
mayores comentarios al respecto.
Producto de las intentonas golpistas, se generó
una gran persecución cuasi masiva a la población, pues indistintamente de quienes
apoyaron o no al movimiento de
"insurrectos", la gran mayoría de la población incluyendo ricos y pobres vieron
en estos hechos la posibilidad de una salida, aunque violenta, a
la profunda crisis social
y económica.
En consecuencia, no sin justificadas razones, la
actitud
paranoica del gobierno no se
hizo esperar y durante el periodo 1993-1995, desarrollando
actividades persecutorias contra estudiantes y para todos
aquellos de quienes el
régimen sospechase de pretensiones
desestabilizadoras y/o subversivas, señalándose
incluso importantes allanamientos de domicilios y el castigo a la
reunión y a la asociación, además de la
sostenida prohibición a la manifestación
pacífica. Todo ello amparado, al igual que en 1989 durante
y después del 27 de febrero (27-F), en una nueva
suspensión de las garantías constitucionales en
especial aquellas referidas a la libertad de
tránsito, la libertad
personal, la
inviolabilidad del domicilio, y el derecho a reunión y
asociación. Todas ellas consagrados en la Constitución de la República como
derechos de los
ciudadanos en los artículos 60, 62, 71, 114 y
115.
Finalizando el año de 1995 con nuevas elecciones
presidenciales, el país comenzaba a vivir la más
grande crisis
financiera, como resultado de la discrecionalidad de los
banqueros para disponer de los dineros de los cuenta-habientes,
al destinar los ahorros de la población a inversiones
monetarias que generaron una situación de iliquidez en el
sistema
financiero provocada por unas altas tasas de interés
que frenaron la inversión y por ende la demanda de
dinero por
parte de los pequeños y grandes inversionistas.
Así, una gran cantidad de instituciones
bancarias tuvieron que paralizar sus actividades e incluso cerrar
sus puertas, generando un cataclismo económico para
quienes habían depositado además de su dinero, su
confianza. Ello ocasionó que gran cantidad de la población quedara desguarnecida
económicamente porque un grupo de
irresponsables banqueros abusaron de su poder y del
dinero que les
era ajeno. Así, la seguridad
social, no la que ofrecía el Estado
sino, aquella que de manera privada se procuraba la
población a través de sus ahorros, quedó a
merced de manos nada pulcras.
No conforme con ello, el Estado no
solo no castigo a estos banqueros sino, que ya bien entrado el
año de 1996 con un nuevo mandatario de Estado, Rafael
Caldera Rodríguez, se otorgó una gran cantidad de
auxilios financieros al sistema bancario,
con el objetivo de
que resolviera su crisis de
iliquidez, los cuales dramáticamente fueron apropiados por
estos "Señores" quienes se radicaron en el extranjero
huyendo de la "justicia"
venezolana.
Una vez más, la confianza de la población
fue violentada y la mayoría de ésta quedó
desguarnecida económicamente, es decir la seguridad
social y la responsabilidad del Estado por
procurar ésta para la población fue burlonamente
evadida y pareciera que incluso promovida. De nuevo la
Constitución Nacional dormía el
"sueño de los justos" en su artículo 18, 19 y
94.
Ese mismo año de 1996 se daba inicio a la
ejecución de la Agenda Venezuela, suerte de
Plan de Ajuste
Estructural Carlos Andrecista pero con nuevo y más ligero
nombre.
Esta Agenda Venezuela contemplaba una
desestatización casi total, es decir, el desmantelamiento
a precio de
"Gallina Flaca" de las propiedades de la Nación, cuyos
ingresos
fueron destinados a cubrir las exigencias presupuestarias del
déficit fiscal.
Así, los indicadores
macroeconómicos comenzaron "por si solos" a regir los
destinos del país y comenzamos a vender los activos para
consumir más gastos.
Los programas
sociales compensatorios o paliativos de la pobreza se
constituyeron en uno de los ejes fundamentales de este nuevo
plan
económico por exigencia del Fondo Monetario
Internacional (FMI), como forma
de contener la presión social, pero que estaban muy lejos
de contribuir a resolver las causas estructurales de la
pobreza.
El tono imperativo, autoritario y descalificador de los
personeros gubernamentales ocuparon la palestra pública a
través de vehementes discursos; no
sería diferente la manera de conducir los asuntos
públicos y de manejar la crisis social.
Así, cualquier opinión que disintiera de la
expresada por el gobierno fue
silenciada física o
psicológicamente a través de la persecución
o de la descalificación pública.
La libertad de
expresión fue duramente cercenada a través de actos
directos o indirectos, llegando incluso el ministro Petkoff a
realizar un llamado a los anunciantes de los medios de
comunicación a "ejercer sus derechos " y en
consecuencia a no publicar en aquellos medios que
fueran adversos a las políticas
gubernamentales. Un astrólogo fue hecho prisionero por
vaticinar la posible muerte del
presidente. Al final no supimos si efectivamente era una
profecía o un deseo.
En 1996-1997 quien había sido autor de la reforma
de la Ley del Trabajo
en años pasados, Rafael Caldera Rodríguez, en la
cual se reconocían importantes derechos al trabajador,
desarrollaba y finalmente promulgaba una reforma laboral que
atentaba contra las prestaciones
sociales, adoptándose finalmente un régimen que
implicaba la cuasi desaparición de este
derecho.
Finalmente, en el año 1997 el presidente de nuevo
protagonizaba un intento para violentar los derechos consagrados
en nuestra carta magna al
intentar cercenar la libertad de
expresión pretendiendo "legislar" sobre la "información veraz". Propuesta que impulso
no solo en el ámbito nacional sino incluso a escala
internacional en la "VII Cumbre Iberoamericana de Jefes de
Estado y de
Gobierno". Para
tranquilidad del régimen democrático dicha
propuesta no logró la viabilidad social y política de la que
requería.
En fin, el actual gobierno del
presidente Rafael Caldera se ha caracterizado por no
garantizar e irrespetar los derechos consagrados en la
Constitución Nacional en especial aquellos referidos al
derecho a la seguridad
social, al trabajo, y a la libertad de
expresión. (Artículos66,84, 85, 86 y
87).
Autor:
Heiber Barreto Sánchez
C.I. 10.776.980
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